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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de diciembre de 2008 385546 del CPM de Saltur”, del Distrito de Saña, así como su supervisión, hasta Cinco millones ciento noventa y cuatro mil novecientos y 05/100 nuevos soles (S/. 5, 194, 900.05), de los cuales: - Cuatro millones ochocientos veinticuatro mil quinientos cuarenta y ocho y 25/100 nuevos soles (S/. 4’824,548.25), por ejecución de la obra. - Trescientos setenta mil trescientos cincuenta y uno y 80/100 nuevos soles (S/.370,351.80). Cuyas contrataciones se efectuarán conforme a los procedimientos previstos en los artículos 19º, 20º y 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM y artículos 142º, 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, con cargo a recursos provenientes de transferencia del Gobierno Central - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.Artículo Tercero.- Encargar al Señor Alcalde Sr. Marco Antonio Hernández Briones, la ejecución del mencionado proceso de exoneración en el marco de la normatividad del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo seleccionarse a un proveedor que cumpla con los requerimientos y las Bases que, como anexo, son parte del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Cuarto.- Autorizar al Señor Alcalde Sr. Marco Antonio Hernández Briones, la suscripción y fi rma del Contrato correspondiente y demás documentos que se requieren para dar cumplimiento al presente acuerdo. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. MARCO A. HERNÁNDEZ BRIONES Alcalde 292581-1 PROYECTOS TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba el “Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en los Servicios Públicos Móviles” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 902-2008-MTC/03 Lima, 18 de diciembre de 2008CONSIDERANDO:Que, el artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fi ja la política de telecomunicaciones a seguir y controla sus resultados; Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones mediante Informe Nº 329-2008-MTC/26 del 15 de diciembre de 2008, recomienda la prepublicación del proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba el “Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en los Servicios Públicos Móviles” en el marco del Decreto Supremo Nº 040-2007-MTC que aprobó las “Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica de los Servicios Públicos Móviles en el País”; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19º de los “Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expanción de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú”, aprobados por Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, la prepublicación de las propuestas normativas puede ser excluída para la formulación de comentarios, en casos de urgencia o necesidad; Que, en el presente caso, la necesidad de cumplir, de manera ineludible con el Cronograma y Etapas de Implementación de la Portabilidad Numérica establecidos en los artículos 7º y 16º del Decreto Supremo Nº 040-2007-MTC, amerita la exclusión de la prepublicación. Ello, toda vez que la Resolución Viceministerial que establezca el “Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en los Servicios Públicos Móviles”, debe ser aprobada antes del próximo 31 de diciembre del 2008, de conformidad con lo dispuesto por el referido Decreto Supremo Nº 040-2007-MTC; Que, si bien dicho Proyecto de Resolución Viceministerial se encuentra excluído de ser publicado, sin embargo, a efectos de dar una mayor participación del público en general, corresponde efectuar la prepublicación de la propuesta de Resolución Viceministerial que apruebe el proyecto de “Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en los servicios públicos móviles”, por un plazo de cinco (5) días calendario, a fi n de recibir los comentarios de los interesados; Que, de acuerdo a lo indicado por la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, mediante Informe Nº 329-2008-MTC/26, la referida prepublicación, constituye un segundo proceso de consulta para la mayoría de intervinientes en el proceso de Portabilidad Numérica; en tanto,el 09 de diciembre de 2008, se alcanzó a las empresas involucradas un anteproyecto de la citada norma; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 191-2008- MTC/01, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 342-2008-MTC/01, se aprobó la “Directiva que Establece el Procedimiento para Realizar la Prepublicación de Normas Legales” - Directiva Nº 003-2008-MTC/01, la misma que es de cumplimiento obligatorio para todos los casos, a fi n de garantizar que el proyecto de norma legal a prepublicar cuente con sufi ciente sustentación técnica y legal, y de facilitar su entendimiento por parte de los usuarios; Que, en tal sentido, es necesario disponer la prepublicación del referido proyecto en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nºs. 003-2007-MTC y 021-2007-MTC, y la Directiva Nº 003-2008-MTC/01 aprobada por Resolución Ministerial Nº 191-2008-MTC/01, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 342-2008-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la prepublicación del proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba el “Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en los Servicios Públicos Móviles”, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de cinco (5) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, Descargado desde www.elperuano.com.pe