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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (25/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de diciembre de 2008 386018 Que, el citado dispositivo legal exonera de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con dicha norma legal, contrataciones que en virtud del artículo 20º de la citada Ley se realizarán mediante acciones inmediatas, requiriendo un informe técnico-legal previo, debiendo ser aprobadas en el caso del Instituto Nacional Penitenciario mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, así como remitirse la Resolución y los respectivos informes técnico y legal a la Contraloría General de la República dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 21º de la referida Ley, establece que la situación de desabastecimiento inminente se produce ante una situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda, según sea el caso; Que, conforme lo dispone el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084–2004-PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o confi guración de la situación de desabastecimiento inminente; Que, en el artículo 148º de la normal legal acotada, se encuentran señalados los procedimientos para los procesos de selección exonerados, debiendo la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín sujetarse estrictamente a la norma indicada para la compra de lo indispensable a fi n de paliar la situación; sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones defi nitivas; Estando a lo solicitado por la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolución Suprema Nº 051-2008-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR, en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de pasajes aéreos para el personal y traslado de internos de la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, a partir del 20 de diciembre de 2008 por el período de sesenta (60) días calendario, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- EXONERAR, a la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín del INPE del correspondiente proceso de selección para la adquisición de pasajes a que se refi ere el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín del INPE para que a través del Comité Especial Permanente de Menor Cuantía realice la adquisición de pasajes aéreos para el personal y traslado de internos de la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, de acuerdo al siguiente detalle: Nº OFICINA REGIONAL NOR ORIENTE SAN MARTINPERIODO TOTAL S/. 1 ADQUISICIÓN DE PASAJES AEREOS (PERSONAL INPE E INTERNOS) 60 DIAS 14 279,00 TOTAL 14 279,00 Dicha autorización es por el período de sesenta (60) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiéndose efectuar la contratación del servicio mencionado en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º.- DISPONER, que la Ofi cina General de Administración del INPE comunique a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.- REMITIR, copias al Órgano de Control Institucional a fi n de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de la Situación de Desabastecimiento que se aprueba. Artículo 6º.- DISTRIBUIR, copia de la presente Resolución a la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín del INPE y a las instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.LEONARDO CAPARROS GAMARRA Presidente (e)Consejo Nacional Penitenciario 294059-2 Exoneran de proceso de selección la adquisición de diversos bienes para el Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios - CENECP RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 733-2008-INPE/P Lima, 22 de diciembre de 2008VISTO, el Informe Técnico Nº 002-2008-INPE/09 de fecha 19 de diciembre de 2008, de la Ofi cina General de Administración del INPE, por el cual solicita que se declare en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de diversos bienes para el Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios – CENECP, e Informe Nº 328-2008-INPE/08 de fecha 22 de diciembre de 2008 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29276, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 04 de noviembre de 2008, se exceptúa al Instituto Nacional Penitenciario durante el año fi scal 2008, de la prohibición de ingreso de personal dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2008, con el objeto de nombrar trescientos cuarenta y tres (343) nuevos agentes penitenciarios de seguridad, así como nombrar ciento veintisiete (127) profesionales para el tratamiento penitenciario, previo concurso público, para el proceso de admisión y formación a través del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios – CENECP; Que, el Instituto Nacional Penitenciario en observancia al dispositivo legal antes indicado, mediante Resolución Presidencial Nº 643-2008-INPE/P de fecha 04 de noviembre de 2008, designa a los miembros de la Comisión encargada de realizar el Proceso de Admisión – Convocatoria y Selección de los postulantes al Concurso Público para el Instituto Nacional Penitenciario, entre cuyas funciones se encuentra la realización de acciones necesarias para la efi ciente ejecución del Proceso de Admisión; Que, para el debido cumplimiento de sus funciones, la Comisión de Procesos de Admisión 2008, solicita