Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 133

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

387331

ANEXO 2 TABLA DE VENCIMIENTOS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS

FECHA DE REALIZACION DE ULTIMO DIA PARA OPERACIONES REALIZAR EL PAGO DEL AL 01/01/2009 15/01/2009 22/01/2009 16/01/2009 31/01/2009 06/02/2009 01/02/2009 15/02/2009 20/02/2009 16/02/2009 28/02/2009 06/03/2009 01/03/2009 15/03/2009 20/03/2009 16/03/2009 31/03/2009 07/04/2009 01/04/2009 15/04/2009 22/04/2009 16/04/2009 30/04/2009 08/05/2009 01/05/2009 15/05/2009 22/05/2009 16/05/2009 31/05/2009 05/06/2009 01/06/2009 15/06/2009 22/06/2009 16/06/2009 30/06/2009 07/07/2009 01/07/2009 15/07/2009 22/07/2009 16/07/2009 31/07/2009 07/08/2009 01/08/2009 15/08/2009 21/08/2009 16/08/2009 31/08/2009 07/09/2009 01/09/2009 15/09/2009 22/09/2009 16/09/2009 30/09/2009 07/10/2009 01/10/2009 15/10/2009 22/10/2009 16/10/2009 31/10/2009 06/11/2009 01/11/2009 15/11/2009 20/11/2009 16/11/2009 30/11/2009 07/12/2009 01/12/2009 15/12/2009 22/12/2009 16/12/2009 31/12/2009 08/01/2010 296271-1

para la mejor aplicacion del Reglamento en mencion; Que, de otro lado, el inciso a) del articulo 3° de la Ley MORDAZA de Comprobantes de Pago ­ Decreto Ley N° 25632 establece que la SUNAT senalara las caracteristicas y los requisitos minimos de los comprobantes de pago; Que, en consecuencia, es necesario dictar las normas que permitan una adecuada aplicacion de las disposiciones MORDAZA mencionadas; En uso de las facultades conferidas por el articulo 20° de la Ley N° 27688 y modificatorias, el articulo 11°A y la Decimo MORDAZA Disposicion Final y Transitoria del TUO del Reglamento de la Ley N° 27688, el inciso a) del articulo 3° del Decreto Ley N° 25632, el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DEFINICIONES Para efecto de la presente resolucion, se entiende por:
a) b) Administracion de la : A la administracion a que se refiere el ZOFRATACNA inciso f) del articulo 1° del Reglamento. Reglamento : Al TUO del Reglamento de la Ley N° 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2006MINCETUR y MORDAZA modificatoria. Reglamento de : Al Reglamento de Comprobantes de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolucion de Pago Superintendencia N° 007-99/SUNAT y normas modificatorias. RUC : Al Registro Unico de Contribuyentes. Usuario : A la persona a que se refiere el inciso e) del articulo 1° del Reglamento. ZOFRATACNA : A la MORDAZA MORDAZA de Tacna a que se refiere el articulo 3° de la Ley N° 27688 y normas modificatorias. MORDAZA Comercial : A la MORDAZA Comercial de Tacna a que se refiere el articulo 4° de la Ley N° 27688 y normas modificatorias.

c)

d) e) f) g)

Dictan normas relativas al control de las actividades desarrolladas en la MORDAZA MORDAZA y en la MORDAZA Comercial de Tacna
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 238-2008/SUNAT MORDAZA, 30 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que el articulo 20° de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna - Ley N° 27688 y normas modificatorias dispone que la SUNAT establecera los mecanismos necesarios para la adecuada aplicacion de los beneficios tributarios previstos en el referido articulo, entre ellos el correspondiente a la primera venta de mercancias identificables entre usuarios de la MORDAZA Comercial, los cuales incluiran la facturacion y los medios de pago vigentes; Que el articulo 11°-A del Texto Unico Ordenado (TUO) del Reglamento de la Ley N° 27688, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2006-MINCETUR y MORDAZA modificatoria, dispone que el Comite de Administracion de la ZOFRATACNA establecera el procedimiento para identificar a las mercancias sujetas a primera venta y que los usuarios proporcionaran informacion referente a la primera venta, mediante medios impresos, soportes opticos, magneticos y/o electronicos dentro de los diez primeros dias de cada mes. Del mismo modo, senala que la informacion obtenida por el Comite de Administracion conforme a lo indicado precedentemente sera puesta a disposicion de la SUNAT en la forma y condiciones que establezca esta ultima; Que la Decimo MORDAZA Disposicion Final y Transitoria del TUO del Reglamento de la Ley N° 27688 faculta a la SUNAT a dictar las normas complementarias necesarias

Articulo 2°.- DE LA INFORMACION A SER REMITIDA POR LA ADMINISTRACION DE LA ZOFRATACNA A LA SUNAT La Administracion de la ZOFRATACNA debera remitir a la SUNAT la informacion que se senala a continuacion: a) Respecto del ingreso de mercancias a la MORDAZA Comercial provenientes de la ZOFRATACNA: (i) Numero de RUC del usuario que ingreso la mercancia a la ZOFRATACNA. (ii) Datos del usuario que ingresa la mercancia de la ZOFRATACNA a la MORDAZA Comercial: - Numero de RUC. - Codigo de usuario. (iii) Datos de la mercancia ingresada a la MORDAZA Comercial: - Subpartida NANDINA del bien. - Descripcion del bien. - Serie y numero del Distintivo de Identificacion. (iv) Numero de la Declaracion de Salida del Deposito MORDAZA o de la Declaracion Simplificada de Importacion, segun corresponda, asi como la fecha de levante consignada en dichas declaraciones. (v) Datos del comprobante de pago emitido en caso el bien que ingrese a la MORDAZA Comercial hubiera sido adquirido por un usuario de dicha MORDAZA a un usuario de la ZOFRATACNA: - MORDAZA de comprobante de pago. - Numero de serie y numero correlativo. - Fecha de emision. La informacion a que se refiere el presente literal debera ser presentada a la SUNAT hasta el ultimo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.