Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

Asimismo, estableceran en su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA, los procedimientos directamente relacionados con las funciones sectoriales que les compete ejercer. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo ANEXO Nº 1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 410-2008-TR Funciones Acreditadas y Transferidas a los Gobiernos Regionales, de conformidad con la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales
TRABAJO, PROMOCION DEL EMPLEO Y LA PEQUENA Y MICROEMPRESA FUNCIONES ACREDITADAS (Art. 48º Ley Nº 27867) MORDAZA a,b,c,d,e,f,g,h,i,j,k,l,m,n,o,p,q,r

REGION

296312-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican el Plan Nacional de Desarrollo Portuario
DECRETO SUPREMO Nº 046-2008-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 2º de la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943, modificado por el Decreto Legislativo 1022, el ambito de aplicacion de la citada Ley son las actividades y servicios portuarios realizados dentro de las zonas portuarias, asi como las competencias y atribuciones de las autoridades vinculadas al Sistema Portuario Nacional; Que, el articulo 4º de la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943, modificado por el Decreto Legislativo 1022, senala que el Plan Nacional de Desarrollo Portuario es el documento tecnico normativo elaborado por la Autoridad Portuaria Nacional que tiene como objetivo orientar, impulsar, ordenar, planificar y coordinar el desarrollo, modernizacion, competitividad y sostenibilidad del Sistema Portuario Nacional. Dicho Plan es aprobado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones en el MORDAZA de la politica del sector transportes y comunicaciones; Que, el articulo 7º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, define al Plan Nacional de Desarrollo Portuario como aquel documento basado en criterios tecnicos que establecen, a mediano y largo plazo, los requerimientos del Sistema Portuario Nacional para cumplir los lineamientos de la politica portuaria nacional, en cuanto a su desarrollo y promocion, definiendo las areas de desarrollo portuario, la infraestructura, accesos e interconexiones con la red nacional de transporte y con el entorno MORDAZA y territorial, asi como con otros puertos nacionales y del extranjero, planteando objetivos, estrategias, metas y acciones para su concrecion; Que, en tal sentido, mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC se aprobo el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, el mismo que fue posteriormente modificado a traves de los Decretos Supremos Nº 011-2008-MTC y Nº 014-2008-MTC; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 516-11814/07/2008/D, adoptado en sesion de fecha 14 de MORDAZA de 2008, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional

aprobo modificar el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, en lo referido al desarrollo y construccion del Terminal Portuario de San MORDAZA de Marcona. Para tales efectos y conforme a los estudios realizados por la Autoridad Portuaria Nacional, se ha propuesto incluir en el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, una propuesta tecnica que facilite el desarrollo y la construccion del terminal portuario de San MORDAZA de Marcona; Que, asimismo, mediante Acuerdo de Directorio Nº 580-132-09/12/2008/D, adoptado en sesion de fecha 09 de diciembre de 2008, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional aprobo la reasignacion de areas del proyecto portuario de San MORDAZA de Marcona de acuerdo al Informe de la Direccion de Planeamiento y Estudios Economicos y en concordancia con el Acta Nº 001-2008 firmada entre representantes de la Autoridad Portuaria Nacional y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en la que se definen los limites perimetricos de las areas del terreno ubicado en San MORDAZA de Marcona a fin de viabilizar el proyecto portuario en dicha MORDAZA, sin que se superponga al proyecto de la Base MORDAZA de San MORDAZA de Marcona; Que, la modificacion del Plan Nacional de Desarrollo Portuario en lo referido al desarrollo y construccion del Terminal Portuario de San MORDAZA de Marcona, tiene como objeto principal sentar las bases para planificar el desarrollo y la construccion de infraestructuras portuarias nuevas, que se encuentren vinculadas al movimiento de carga generada por el comercio exterior peruano, concretamente con aquella carga que tiene como origen ­ destino el MORDAZA de los Estados Unidos de Norteamerica y los demas paises con los que el Peru viene desarrollando acuerdos comerciales; Al MORDAZA de lo dispuesto en el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica del Poder Ejecutivo - Ley Nº 29158, La Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - Ley Nº 27791, la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:

Articulo 1º.- Modificacion del Plan Nacional de Desarrollo Portuario Aprobar la modificacion del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2005MTC y modificado a traves de los Decretos Supremos Nº 011-2008-MTC y Nº 014-2008-MTC, en la parte relativa al desarrollo y construccion del terminal portuario de San MORDAZA de Marcona, conforme a lo indicado en el Anexo Unico del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Publicacion La modificacion al Plan Nacional de Desarrollo Portuario, contenida en el presente Decreto Supremo, debera ser publicada en el MORDAZA institucional de la Autoridad Portuaria Nacional y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 14º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC. Articulo 3º.- Derogatoria Dejense sin efecto todas las disposiciones del Plan Nacional de Desarrollo Portuario aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC, que se opongan a lo dispuesto en el Anexo Unico del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 296313-11

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