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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387263 2 Desembarcadero Pesquero Artesanal “Los ChimúsAncash 2’064,832.80 Informe Final Nº 002-2008-CTE/ PRODUCE/DPA 3 Desembarcadero Pesquero Artesanal “Puerto Casma”Ancash 243,540.78 Informe Final Nº 003-2008-CTE/ PRODUCE/DPA 4 Desembarcadero Pesquero Artesanal “Culebras”Ancash 0 Informe Final Nº 004-2008-CTE/ PRODUCE/DPA (*) 5 Desembarcadero Pesquero Artesanal “Los Órganos”Piura 1’509,803.89 Informe Final Nº 017-2008-CTE/ PRODUCE/DPA 6 Desembarcadero Pesquero Artesanal “Lobitos”Piura 961,817.11 Informe Final Nº 018-2008-CTE/ PRODUCE/DPA 7 Desembarcadero Pesquero Artesanal “Paita”Piura 2’675,693.313 Informe Final Nº 019-2008-CTE/ PRODUCE/DPA 8 Desembarcadero Pesquero Artesanal “Yacila”Piura 810,849.01 Informe Final Nº 020-2008-CTE/ PRODUCE/DPA 9 Desembarcadero Pesquero Artesanal “Las Delicias”Piura 4’044,852.29 Informe Final Nº 022-2008-CTE/ PRODUCE/DPA 10 Desembarcadero Pesquero Artesanal “Parachique”Piura 1’897,997.88 Informe Final Nº 023-2008-CTE/ PRODUCE/DPA (*) Valor contable de infraestructura y equipamiento depreciado al 30 de mayo de 2008 en su totalidad. GOBIERNO LOCAL QUE RECIBE EL MÓDULO DE COMERCIALIZACIÓN DE ESPECIES HIDROBIOLÓGICAS DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Nº Módulos de ComercializaciónGobiernos LocalesValorización de Infraestructura y Equipamiento al 30.05.08 (S/.)Referencia 1 Módulo de Comercializaciónde CantaMunicipa- lidad Provincial de Canta106,662.79 Informe Final Nº 004-2008-CTE/ PRODUCE/SC-MC 296230-6 Aprueban el documento denominado “Guía para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en la actividad de Acuicultura de Mayor Escala” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 871-2008-PRODUCE Lima, 30 de diciembre del 2008Vistos: el Ofi cio Nº 1685-2008-PRODUCE/DIGAAP de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, que propone la aprobación del documento denominado “Guía para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) para proyectos en la actividad acuícola de Mayor Escala”, y el Informe Nº 140-2008-PRODUCE/OGAJ-JCF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1032 se declaró de interés nacional a la inversión y facilitación administrativa de la actividad acuícola, con la fi nalidad de promover la participación de las personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras en dicha actividad, como fuente de alimentación, empleo e ingresos; Que, en este contexto, dicho Decreto Legislativo creó la Ventanilla Única de Acuicultura para asegurar la transparencia y rapidez en los procesos administrativos, relacionados con los trámites para la obtención de derechos para el acceso a la actividad de acuicultura; declaró al Ministerio de la Producción como autoridad competente que gestiona los procedimientos a su cargo, así como, los procedimientos y actuaciones de las demás instituciones públicas competentes involucradas; y declaró en proceso de simplifi cación y racionalización administrativa, los procedimientos y requisitos administrativos aplicables a la actividad acuícola; Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2008- PRODUCE se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1032 citado precedentemente, en cuyo artículo 2º se dispuso que el Ministerio de la Producción aprobará mediante Resolución Ministerial la “Guía para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en la actividad de Acuicultura de Mayor Escala”, con la participación de los sectores involucrados en la actividad acuícola, a más tardar el 31 de diciembre de 2008; Que, de acuerdo a lo informado en el ofi cio de vistos, el proyecto normativo en mención ha sido revisado con participación de funcionarios de las dependencias competentes de los Ministerios de Salud, de Agricultura, de Defensa, del Ambiente y de Producción, tomando como base la Guía que fuera aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 352-2004-PRODUCE, habiéndose incluido los aportes correspondientes; Con los visados del Despacho Viceministerial de Pesquería, las Direcciones Generales de Asuntos Ambientales de Pesquería, de Acuicultura y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción, y de conformidad con lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 020-2008-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el documento denominado “Guía para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en la actividad de Acuicultura de Mayor Escala”, que en anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo Segundo.- El documento al que hace referencia el artículo precedente será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, publíquese y comuníquese.ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 296257-1 Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta en zona del litoral RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 872-2008-PRODUCE Lima, 30 de diciembre de 2008VISTOS: el Ofi cio N° DE-100-293-2008-PRODUCE/ IMP del 29 de diciembre de 2008, mediante el cual el Instituto del Mar del Perú alcanza el “Reporte sobre incidencia de juveniles de anchoveta en la región sur al 28 de diciembre del 2008”, el Informe N° 833-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 30 de diciembre de 2008 de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 097-2008-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9° de la citada ley contempla que, sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, el Ministerio de la Producción determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de Descargado desde www.elperuano.com.pe