Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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- Los Alfereces que fueron eliminados en el MORDAZA del ano anterior por estas causales, solo se les debe considerar en la evaluacion del siguiente MORDAZA las sanciones correspondientes al ano en curso. CAPITULO V CUADRO DE MERITOS

Segunda.- Para el Personal de Oficiales de Servicios y Personal con Status de Oficial no contemplados en el presente Reglamento, se aplica la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28857 - Ley del Regimen de Personal de la Policia Nacional del Peru. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las disposiciones contenidas en el presente Decreto Supremo, se aplicaran a partir del MORDAZA de Ascensos de Oficiales de la Policia Nacional del Peru Promocion 2010. Segunda.Los Cursos de Perfeccionamiento, Capacitacion y Especializacion Institucional culminados al 31 de diciembre del ano anterior al del MORDAZA, seran validos para el otorgamiento de puntaje; para lo cual, la Direccion de Educacion y Doctrina remitira a la Direccion de Recursos Humanos la informacion para su registro y codificacion. 296313-10

Articulo 20º.- Se denomina Cuadro de Meritos, al documento en el cual se inscribe a los candidatos en orden decreciente del puntaje alcanzado, desde el MORDAZA al minimo puntaje. Articulo 21º.- Seran inscritos en el respectivo Cuadro de Meritos, todos los Oficiales que no hayan sido excluidos del MORDAZA de seleccion para el ascenso. Articulo 22º.- Los MORDAZA de Merito se publicaran en la pagina Web de la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru y otros medios de comunicacion interna institucional, en la fecha establecida en el Cronograma respectivo. Articulo 23º.- No se otorga bonificacion o factor similar que facilite la inscripcion en los MORDAZA de Merito, que no esten previstos en el presente Reglamento. Articulo 24º.- Para los efectos del ascenso, los MORDAZA de Merito de todos los MORDAZA tendran vigencia unicamente en el ano del MORDAZA para los que fueron formulados. CAPITULO VI JUNTAS SELECTORAS

JUSTICIA
Acceden a pedido de extradicion activa de procesado y disponen su MORDAZA al Gobierno de la Republica MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 204-2008-JUS MORDAZA, 30 de diciembre de 2008 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 124-2008/COE-TC del 15 de diciembre de 2008, sobre la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Huaura; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 01 de diciembre de 2008, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la MORDAZA sexual de menor de catorce anos en agravio de la menor con iniciales M.M.A.V y por la presunta comision del delito contra la MORDAZA sexual de menor de catorce anos en grado de tentativa en agravio de la menor con iniciales E.A.V. formulada por la Sala Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Huaura (Expediente Nº 98-2008); Que, mediante el Informe Nº 124-2008/COE-TC del 15 de diciembre de 2008, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires el 11 de junio de 2004, aprobado por el Peru mediante Resolucion Legislativa Nº 28433 del 03 de diciembre de 2004, ratificado por Decreto Supremo Nº 009-2005-RE del 25 de enero de 2005, y cuya vigencia se dio desde el dia 19 de MORDAZA de 2006; y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por la Sala Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Huaura y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de

Articulo 25º.- Las Juntas Selectoras son designadas anualmente por el Director General de la Policia Nacional del Peru, en la fecha que senala el Cronograma respectivo. Articulo 26º.- La mision de las Juntas Selectoras es elaborar los MORDAZA de Merito para el ascenso de los Oficiales declarados Aptos en cada grado, de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. Articulo 27º.- Las Juntas Selectoras estan conformadas por Oficiales de mayor graduacion a los postulantes del MORDAZA de ascensos. Articulo 28º.- Las Juntas Selectoras estaras integradas por los equipos siguientes:
a. Para el grado de MORDAZA : b. Para el grado de Comandante : c. Para el grado de Mayor : d. Para el grado de Capitan : e. Para el grado de MORDAZA : un (1) General y siete (7) Coroneles. un (1) General y siete (7) Coroneles. un (1) General y siete (7) Coroneles. un (1) MORDAZA y siete (7) Comandantes. un (1) MORDAZA y cuatro (4) Comandantes.

Articulo 29º.- Para la seleccion de los miembros de las Juntas Selectoras se tendra en cuenta las disposiciones siguientes : a. Que cada equipo este constituido por Oficiales Policias y uno de Servicios. b. El Secretario de cada equipo sera el Oficial menor antiguedad. c. Que los equipos esten conformados por Oficiales que no postulan al ascenso en el ano del proceso. Articulo 30º.- La Direccion General de la Policia Nacional del Peru, designara un Oficial Superior que actuara como coordinador entre las Juntas Selectoras y la Direccion de Recursos Humanos. Articulo 31º.- La Junta Revisora es presidida por el Director General de la Policia Nacional e integrada por el Jefe de Estado Mayor General, el Inspector General y el Secretario General de la Direccion General. Articulo 32º.- La Junta Revisora atendera las solicitudes de reclamos que presenten los Oficiales con relacion a los puntajes del Valor Potencial constituyendo instancia final y definitiva, publicandose los resultados en la pagina Web de la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru, de acuerdo al cronograma establecido. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- A los Oficiales de Servicios que han realizado estudios de perfeccionamiento policial en la Escuela Superior de Policia hasta la promocion 2009, se otorga el puntaje respectivo; siendo este excluyente del puntaje otorgado por MORDAZA academicos de post grado.

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