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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387282 DEPARTAMENTO RVM Nº BANDA LOCALIDAD ANCASH- HUANCAVELICAHUANUCO-ICA-JUNIN-LIMAPASCO-UCAYALI415-2005-MTC/03 OCI ANCASH-HUANCAVELICA- HUANUCO-ICA-JUNIN-LIMA-PASCO-UCAYALI APURIMAC- AREQUIPAAYACUCHO-CUSCO-MADREDE DIOS-MOQUEGUA-PUNO-TACNA415-2005-MTC/03 OCI APURIMAC-AREQUIPA- AYACUCHO-CUSCO-MADRE DE DIOS-MOQUEGUA-PUNO-TACNA LORETO 415-2005-MTC/06 OCI LORETO 294227-1 VIVIENDA Autorizan transferencia financiera del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales DECRETO SUPREMO Nº 033-2008-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales -SBN, es un organismo público descentralizado y constituye un pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; asimismo es el ente rector responsable tanto de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente, gozando de autonomía económica, presupuestal, fi nanciera, técnica y funcional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 689- 2007-VIVIENDA, se constituyó la Comisión encargada de elaborar el Plan de Reubicación de las Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo, a fi n de establecer un diagnóstico de la situación inmobiliaria actual, el uso efi ciente de la infraestructura pública, la rebaja en los costos de su mantenimiento y administración, y el acceso centralizado e inmediato a los servicios que brindan dichas entidades a los administrados; Que, por Decreto de Supremo Nº 008-2008- VIVIENDA, se crea en el ámbito de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales -SBN, el “Proyecto Especial para la Reubicación de Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo”, denominado PROSEDE, el mismo que tiene como fi nalidad diseñar y desarrollar los Proyectos Arquitectónicos para la Reubicación de las Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1009 dispone que las entidades y organismos públicos del Poder Ejecutivo que tengan en propiedad o en uso bienes inmuebles en calidad de sedes institucionales, inicien un programa de ordenamiento de las mismas, con el objeto de ponerlas en venta mediante subasta pública y a valor comercial; asimismo, el artículo 5º establece que para la adquisición y construcción de la nueva sede institucional, las entidades y organismos del Poder Ejecutivo deberán considerar los Proyectos Arquitectónicos diseñados y desarrollados por el Proyecto Especial para la Reubicación de Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo -PROSEDE, creado por el Decreto Supremo Nº 008-2008-VIVIENDA; Que, por Resolución Ministerial Nº 293-2008- VIVIENDA, se aprobó el Plan de Reubicación de las Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo, el cual constituye un instrumento orientador para la elaboración del diagnóstico de la infraestructura de las sedes institucionales y para la propuesta de venta comprendidos en el marco del Decreto Legislativo Nº 1009; Que, mediante el Ofi cio Nº 6394-2008/SBN-GG, el Gerente General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, informa a la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que la Ofi cina de Programación e Inversiones de la Presidencia del Consejo de Ministros, ha aprobado el Perfi l del Proyecto con Código SNIP Nº 88834 “Reubicación de Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo 1 era Etapa”, y a fi n de implementar dicho Proyecto solicita una transferencia fi nanciera de recursos por un monto de S/. 3 130 936,00 (TRES MILLONES CIENTO TREINTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al fi nanciamiento de la elaboración del Estudio de Factibilidad y del Expediente Técnico del citado Proyecto; Que, con el Memorándum Nº 1139-2008/VIVIENDA- OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, a través del Informe Nº 327-2008-VIVIENDA-OGPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto, emite opinión de disponibilidad presupuestal por el monto de S/. 3 130 936,00 (TRES MILLONES CIENTO TREINTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la transferencia fi nanciera a favor de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales para ser destinados al fi nanciamiento de la elaboración del Estudio de Factibilidad y del Expediente Técnico del Proyecto con Código SNIP Nº 88834 “Reubicación de Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo 1 eraEtapa”; Que, conforme al numeral 75.2 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional se aprueban mediante Decreto Supremo, con refrendo del Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, mediante el Ofi cio Nº 585-2008-EF/76.15 la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, opina que la transferencia fi nanciera a favor del Pliego Superintendencia Nacional de Bienes Estatales por el monto de S/. 3 130 936,00 (TRES MILLONES CIENTO TREINTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, debe efectuarse sin alterar el límite de gasto anual previsto en el Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, el Decreto Legislativo Nº 1009 y el Decreto Supremo Nº 008-2008-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 –Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA:Artículo 1º- Transferencia Financiera Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a favor del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, hasta por la suma de S/. 3 130 936,00 (TRES MILLONES CIENTO TREINTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la elaboración del Estudio de Factibilidad y del Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 88834 “Reubicación de Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo 1 era Etapa”. Artículo 2º- Términos y Condiciones de la Transferencia Financiera La transferencia fi nanciera aprobada por el presente Decreto Supremo se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN. Artículo 3º- Órgano responsable El órgano responsable del cumplimiento del presente Decreto Supremo, así como de los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co, es la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 4º- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por el Ministro de Economía y Finanzas. Descargado desde www.elperuano.com.pe