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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (31/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387285 a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN SONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANOENRIQUE RODAS RAMÍREZ 296308-1 Incorporan al distrito de Llama, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, a la competencia territorial del Distrito Judicial de Lambayeque RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 288 - 2008 - CE - PJ Lima, 11 de noviembre de 2008VISTOS: El Ofi cio N° 101-2007-CED-CSJLA/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y el Informe N° 024-2008-SEP-GP-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO:Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque somete a consideración de este Órgano de Gobierno, la solicitud formulada por las autoridades y pobladores del Distrito de Llama, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, a efectos de que el citado distrito que actualmente se encuentra bajo la jurisdicción del Distrito Judicial de Cajamarca sea incorporado a la del Distrito Judicial de Lambayeque; Segundo: Que, el pedido formulado por las citadas autoridades se fundamenta, conforme fl uye del Informe emitido por el magistrado Miguel Ángel Guerrero Hurtado, integrante del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en que para la población del Distrito de Llama resulta más fácil y cómodo trasladarse a la ciudad de Chiclayo, por cuanto existen medios de transporte fl uido, que ir a Chota, donde no existen medios directos, lo que en la práctica termina por demandar a sus pobladores mayor tiempo así como mayores costos para lograr acceder a los servicios de justicia, situación que resultaría distinta si el distrito en mención fuera incorporado a la competencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; Tercero: Que, al respecto, y teniendo en cuenta el análisis técnico efectuado por la Gerencia General del Poder Judicial mediante Informe N° 024-2008-SEP-GP-GG-PJ, fl uye que de procederse a la incorporación del Distrito de Llama al Distrito Judicial de Lambayeque, la carga de los órganos jurisdiccionales de la Provincia de Chiclayo como consecuencia de la población que se incorporaría a la referida Corte Superior de Justicia sólo se incrementaría en 1%, lo cual en modo alguno representa incremento signifi cativo, y por tanto un impedimento para la procedencia de la solicitud presentada; Cuarto: Que, en esa dirección se estima que de autorizarse la incorporación formulada, el tiempo que la población del Distrito de Llama actualmente emplea para acceder a una dependencia judicial, se reduciría en aproximadamente 50%, lo cual representa una ventaja muy importante para sus habitantes; en tal sentido, el informe técnico de la Gerencia General del Poder Judicial concluye que es factible incorporar el Distrito de Llama, Provincia de Chota, Departamento y Distrito Judicial de Cajamarca a la competencia territorial de los órganos jurisdiccionales de la Provincia de Chiclayo, Departamento y Distrito Judicial de Lambayeque; en tanto como resulta evidente dicha incorporación coadyuvará a un mejor acceso de la población a los servicios de justicia; Quinto: Por lo que siendo así, conforme al clamor de las autoridades y pobladores del Distrito de Llama, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, resulta conveniente en consecuencia proceder a la incorporación del citado Distrito de Llama a la competencia jurisdiccional del Distrito Judicial de Lambayeque; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo previsto en el inciso 26 del artículo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Incorporar el Distrito de Llama, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, que actualmente forma parte del Distrito Judicial de Cajamarca, a la competencia territorial del Distrito Judicial de Lambayeque. Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca y de Lambayeque, a adoptar las acciones administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, con la correspondiente y adecuada información a litigantes y abogados. Artículo Tercero.- La presente Resolución no irrogará mayores gastos al Pliego Presupuestal del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca y de Lambayeque, y a la Gerencia General, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN SONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANOENRIQUE RODAS RAMÍREZ 296308-2 Aprueban Directiva “Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 290- 2008 - CE - PJ Lima, 11 de noviembre de 2008VISTO: El proyecto de Directiva sobre “Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial”, presentado por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, la Gerencia General del Poder Judicial somete a consideración de este Órgano de Gobierno el proyecto de Directiva sobre “Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Descargado desde www.elperuano.com.pe