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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (31/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387257 Prueba de Conocimiento, Examinadoras y de Verifi cación y Control de Califi cación. d. Prueba de Conocimientos y publicación de la lista del personal aprobado. e. Publicación del promedio de notas de concepto y puntaje por tiempo de servicios de los Ofi ciales aprobados (mientras esté vigente el Cuadro de Mérito de Antigüedad). f. Designación y funcionamiento de las Juntas Selectoras. g. Publicación de los Cuadros de Mérito.h. Instalación de la Comisión Revisora encargada de conocer y solucionar en última instancia las solicitudes de Ofi ciales, sobre aspectos de califi cación del valor potencial para el servicio policial. Artículo 12º.- Anualmente, en el mes de enero del año del proceso se aprobará por Resolución Ministerial, el Cronograma que establece las fechas y plazos para el desarrollo de las fases del proceso de selección. Artículo 13º.- Los Factores que se consideran en los procesos de ascenso de Ofi ciales, son los siguientes: a. Rendimiento Profesional. b. Valor Potencial para el Servicio Policial.c. Tiempo de Servicios en el Grado. Artículo 14º.- La puntuación correspondiente al Factor Rendimiento Profesional, se obtiene del promedio aritmético centesimal de las notas de apreciación y califi cación anual del Ofi cial correspondientes a los cuatro (04) años anteriores al del proceso para Comandantes, Mayores y Capitanes; de los tres (03) años anteriores al proceso para Tenientes; y, de los dos (02) años anteriores al proceso para Alfereces. A falta de una o más de las califi caciones referidas, la Dirección de Recursos Humanos resolverá administrativamente mediante Resolución en el primer semestre del año del proceso, asignándole las notas correspondientes. A este Factor se aplica el coefi ciente UNO (1.00) para la determinación de la nota fi nal en el Cuadro de Méritos. Artículo 15º.- El Factor Valor Potencial para el Servicio Policial, será evaluado por la Junta Selectora teniendo en cuenta los méritos y deméritos acumulados por los postulantes hasta el 31 de diciembre del año anterior al del proceso. Sin embargo, los puntajes por deméritos de condena condicional o suspendida o sentencia judicial condenatoria efectiva que no sean Arresto, Disponibilidad y Sanción de Rigor, serán descontados hasta el 31 de diciembre del año del proceso. Este Factor estará conformado por los Sub Factores siguientes: a. PRUEBA DE CONOCIMIENTOS1) La prueba de conocimientos para el ascenso es obligatoria para todos los Ofi ciales Policías y de Servicios hasta el grado de Comandante inclusive y, en el caso del Personal con Status de Ofi cial hasta el grado de Mayor Maestro Armero inclusive. 2) Esta prueba es eliminatoria y su aprobación es requisito indispensable para continuar en el proceso de ascensos. 3) La prueba de conocimientos será de tipo objetiva con respuestas de selección múltiple. Las materias que comprende son determinadas por una Comisión Ad-hoc en el primer bimestre del año del proceso. Dichas materias se harán públicas a través de los medios de comunicación interna Institucional; las cuestiones de detalle se establecen en la Directiva correspondiente, que debe aprobarse y difundirse en el primer bimestre del año del proceso. 4) La nota aprobatoria de la prueba de conocimientos es no menor de SESENTA Y CINCO (65) puntos, los Ofi ciales que no alcancen esta nota, son eliminados del proceso de ascensos. 5) La califi cación máxima de esta prueba es de CIEN (100) puntos, a la que se le aplicará el coefi ciente de CUATRO (4) para la determinación de la nota fi nal en el Cuadro de Méritos. b. FORMACION ACADEMICA1) Este Sub Factor será evaluado por la Junta Selectora en base a la información que obra en los documentos contenidos en el Legajo Personal que administra la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú. 2) La califi cación máxima de este Sub Factor es de SETENTA Y NUEVE (79) puntos, aplicándose a la nota obtenida el coefi ciente DOS (2) para la determinación de la nota fi nal en el Cuadro de Méritos. 3) Este Sub Factor comprende lo siguiente: a) CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO Y FORMACION PROFESIONAL PARA OFICIALES POLICIAS: Puntuación para ascender a:Crnl. y Cmdte.Mayor Capitán Curso de O fi ciales de Estado Mayor (COEM) 30 x x Curso Avanzado de Capitanes (CAC) 10 30 xCurso Básico de Tenientes (CBT) x x 30Primer Quinto en cuadro de mérito de las Escuelas de Perfeccionamiento correspondiente a su grado.666 Primer quinto en cuadro de mérito en Escuelas de Formación.444 En el caso de certifi cados de cursos realizados en las Fuerzas Armadas del país o Militares y Policiales del extranjero, la Dirección de Recursos Humanos otorgará puntaje para el proceso de ascensos a aquellos que hayan sido convalidados por la Dirección de Educación y Doctrina mediante Resolución. La administración y otorgamiento de puntaje por el concepto “primer quinto” la efectuará la Dirección de Recursos Humanos en base al Cuadro de Méritos formulado por la Dirección de Educación y Doctrina. b) GRADOS ACADEMICOS DE POST GRADO Y OTROS TITULOS UNIVERSITARIOS RECONOCIDOS POR LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES, SOLO PARA OFICIALES POLICIAS (EXCLUYENTES): Puntuación para ascender a: Crnl. y Cmdte.Mayor Capitán Bachillerato (no de la profesión) 02 02 02 Titulo o Licenciatura 03 03 03Maestría (Grado Académico) 04 04 04Doctorado (Grado Académico) 05 05 05 c) CURSOS DE CAPACITACION Y ESPECIALIZACION. Computables uno (1) por año de especialidad policial, realizados en la Policía Nacional del Perú o Institutos de las Fuerzas Armadas con duración no menor de dos (2) meses y en el extranjero con una duración no menor de (1) mes. Solo será computado un (01) curso en el extranjero en toda la carrera del Ofi cial debidamente convalidado por la Dirección de Educación y Doctrina conforme a las normas vigentes. Puntuación para ascender a: Crnl. y Cmdte.Mayor Capitán Tres (3) puntos por curso en el grado (Máximo 3) 09 09 09 Dos (2) puntos por curso en otros grados (Máximo 2).444 d) GRADOS ACADEMICOS DE POST GRADO RECONOCIDOS POR LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES, SOLO PARA OFICIALES DE SERVICIOS: Puntuación para ascender a: Crnl. y Cmdte.Mayor Capitán Grado Académico de Magister en la especialidad con la que causó alta en la Policía Nacional. Treinta (30) puntos. (Máximo 1).30 30 30 e) A los Ofi ciales egresados de la Maestría de Escuela Superior de Policía, se les otorga SEIS (6.00) puntos para todos los grados. Para el otorgamiento de este Descargado desde www.elperuano.com.pe