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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2008 364949 Anexos Nº 1, Nº 2 y Nº 3, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar la Minuta a suscribirse entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, a fin que se inscriba en los Registros Públicos de Lima y Callao, la transferencia en la modalidad de donación de los bienes inmuebles, que se ha efectuado a favor de este Ministerio. Artículo 3°.- Autorizar al Director General de la Oficina General de Administración para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba la minuta a que se hace referencia en el artículo precedente, así como los demás documentos que resulten necesarios para la formalización de dicho acto. Artículo 4º.- Disponer que el Comité de Gestión Patrimonial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones proceda a la suscripción del Acta de Entrega-Recepción, en la que se deberá especificar las características y el valor de los bienes muebles. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución así como del Acta de Entrega-Recepción a la Superintendencia de Bienes Nacionales, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 154990-1 Aprueban donación de bienes muebles a favor del Gobierno Regional de Tacna RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 067-2008 MTC/01 Lima, 17 de enero de 2008 VISTO: El Memorándum Nº 007-2008-MTC/CGP de la Ofi cina General de Administración, por medio del cual solicita que se apruebe la transferencia en la modalidad de donación de treinta y ocho (38) bienes muebles a favor del Gobierno Regional de Tacna; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 1141-2007-GGR/GOB.REG. TACNA, el Gobierno Regional de Tacna solicitó que se le transfi era en la modalidad de donación, los siguientes bienes: Cuatro coches de pasajeros (Registros N° 1563, N° 1569, N° 1575 y N° 1921), Tres plataformas planas (Registros N° 8701, N° 8703 y N° 8706), Veintinueve bodegas (Registros N° 3502, N° 3503, N° 3506, N° 3515, N° 3518, N° 3519, N° 3521, N° 3527, N° 3528, N° 3530, N° 3532, N° 3535, N° 3537, N° 3539, N° 3540, N° 3541, N° 3542, N° 3552, N° 3557, N° 3559, N° 3562, N° 3572, N° 3577, N° 3581, N° 3582, N° 3583, N° 3584, N° 3586 y N° 3587), así como seis motores de la marca General Electric; Que, mediante Resoluciones Directorales Nº 0819 y N° 1005-2007-MTC/10, se aprobaron la Baja en los inventarios de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General, de treinta y ocho (38) bienes muebles patrimoniales, correspondientes a los bienes solicitados por el Gobierno Regional de Tacna, con excepción de la bodega identifi cada con Registro N° 3528 y de las tres (3) plataformas identifi cadas con Registros N° 8701, N° 8703 y N° 8706; Que, mediante Informes Técnico-Legales Nº 073- 2007 y N° 002-2008-MTC/CGP e Informe Nº 088-2007- MTC/CGP, el Comité de Gestión Patrimonial recomendó efectuar la transferencia en la modalidad de donación, a favor del Gobierno Regional de Tacna, de los bienes dados de baja mediante Resoluciones Directorales Nº 0819 y N° 1005-2007-MTC/10;Que, mediante Informe Nº 003-2008-MTC/CGP, el Comité de Gestión Patrimonial señaló que la bodega identificada con Registro N° 3528 forma parte de los bienes que van a ser transferidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante permuta autorizada por Decreto Supremo N° 039-2006-MTC. En relación a las tres (3) plataformas solicitadas por el Gobierno Regional de Tacna, el referido Comité señaló que las mismas no pueden ser materia de transferencia, por cuanto son bienes que han sido concesionados a la empresa Ferrocarril Transandino S.A.; Que, el artículo 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, en concordancia con lo establecido en el numeral 2.1.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN: “Procedimiento para la Donación de Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donación de Bienes Muebles a favor del Estado”, aprobada mediante Resolución Nº 031-2002-SBN, establece que la donación de bienes muebles dados de baja, de una entidad pública a favor de otra entidad pública, debe aprobarse mediante Resolución del titular de la entidad pública donante. Asimismo, en el numeral 2.2.7 de la citada Directiva, se indica que dicha Resolución deberá ser transcrita, sin excepción alguna, a la Superintendencia de Bienes Nacionales – SBN, dentro de los veinte (20) días siguientes a su emisión; Que, según los numerales 1.4.1, 1.4.2 y 2.1.3 de dicha Directiva, la potestad decisoria de impulsar el trámite de donación queda reservada, según sea el caso, a la entidad propietaria y a la Superintendencia de Bienes Nacionales, respecto de los bienes muebles dados de baja que se encuentren en el ámbito de su administración. Además, dispone que la donación de bienes muebles dados de baja por las entidades públicas se rige por las disposiciones contenidas en ella, según la cual se requiere de un informe favorable del Comité de Gestión Patrimonial, señalando igualmente, que las resoluciones deberán aprobar la donación bajo el término de “Transferencia en la Modalidad de Donación” y especificar las características y el valor de los bienes muebles objeto de donación; Que, dado que se cuenta con la opinión favorable del Comité de Gestión Patrimonial, sobre la disponibilidad de los bienes muebles solicitados, con excepción de la bodega identificada con Registro N° 3528 y de las plataformas identificadas con Registros N° 8701, N° 8703 y N° 8706, resulta procedente emitir el resolutivo que apruebe la donación de los bienes muebles a favor del Gobierno Regional de Tacna; Que, de conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 009-2002/SBN, aprobada mediante Resolución Nº 031- 2002-SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donación, a favor del Gobierno Regional de Tacna, de treinta y ocho (38) bienes muebles, cuyas características y valores se encuentran descritos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Comité de Gestión Patrimonial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones proceda a la formalización de la entrega física de los bienes materia de transferencia en la modalidad de donación con la entidad beneficiaria. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 175º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones