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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2008 (24/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2008 364940 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la reapertura y funcionamiento y gestión de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), serán cubiertos con recursos que transferirá el Tesoro Público al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores a través de un crédito suplementario. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 155877-18 Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Francia, como representante Permanente del Perú ante la UNESCO RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2008-RE Lima, 23 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 005- 2007-RE, se nombró a partir del 11 de enero de 2007, al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Harry Augusto Beleván Mc Bride, como Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO); Que, por necesidad del Servicio, se ha dispuesto dar por terminadas las funciones como Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), que viene ejerciendo el citado funcionario diplomático; De conformidad con los artículos 7º y 13º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y el artículo 62º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por terminadas las funciones del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Harry Augusto Beleván Mc Bride, como Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Artículo Segundo.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo Tercero.- La fecha de término de funciones se fi jará por Resolución Ministerial. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 155877-19 Aprueban inafectación del IGV e ISC a donaciones efectuadas a favor de asociaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0044/RE Lima, 17 de enero de 2008Visto, los expedientes Nº 5011-2007 y Nº 8376- 2007, presentados por el INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES, mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de International Planned Parenthood Federation (IPPF), con sede en Nueva York, Estados Unidos de América. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES, se encuentra inscrito en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 26 de octubre de 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en Nueva York, se observa que International Planned Parenthood Federation (IPPF), ha efectuado una donación a favor del INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES; Que, los bienes donados consisten en 07 bultos conteniendo 04 unidades nuevas de equipos médicos de ecografía/ultrasonido, con un valor CIF de US$ 39,160.00, según Certifi cado de Donación y un valor FOB de US$ 38,160.00 (Treinta y ocho mil ciento sesenta y 00/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2007-10-007012 de fecha 22-Ene-07, con un peso bruto manifestado de 90 kilos, según Guía Aérea Nº 5476440519, y un peso bruto recibido de 100.35 kilos, amparados con la DUA antes indicada. Donación destinada para los servicios de asistencia social en el campo de la salud del Instituto Peruano de Paternidad Responsable; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por International Planned Parenthood Federation (IPPF) a favor del INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por International Planned Parenthood Federation (IPPF) a favor del INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES, consistente en 07 bultos conteniendo 04 unidades nuevas de equipos médicos de ecografía/ultrasonido, con un valor CIF de US$ 39,160.00, según Certifi cado de Donación y un valor FOB de US$ 38,160.00 (Treinta y ocho mil ciento sesenta y 00/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2007-10-007012 de fecha 22-Ene-07,