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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2008 364944 aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece la exoneración de procesos de selección para la contratación de los servicios personalísimos, siendo que el artículo 20º del citado cuerpo normativo exige, dentro de las formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de selección, que sean aprobados mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriéndose además el informe técnico-legal previo que sustente la exoneración así como la publicación de dicha Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece el procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas, indicando que la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas; Que, de conformidad con el citado dispositivo legal, la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente para cada caso, considerando que el costo de este servicio es de S/. 95 497,50 para Compañía Peruana de Radiodifusión S.A. – América Televisión (Canal 4) y de S/. 103 275,64 para Andina de Radiodifusión S.A.C.- ATV (Canal 9); Con el visto bueno de los Directores Generales de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, de la Ofi cina de Administración, de la Ofi cina de Comunicación Social y Relaciones Públicas, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por la Resolución Ministerial N° 173-2002-TR, y el artículo 20º inciso a) del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Modifi car el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Año Fiscal 2008, incluyendo en el mismo el proceso de selección para la contratación de los servicios de publicidad necesarios para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria de la Ofi cina de Comunicación Social y Relaciones Públicas, correspondiente al período Enero 2008, por el monto de S/. 198 774,00, con cargo a la Fuente de Financiamiento siguiente: Meta 00385 Conducción de la Gestión de los Sistemas Administrativos, RB 09 Recursos Directamente Recaudados, Específi ca 5.3.11.68 Publicidad. Artículo 2°.- APROBAR la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública, la contratación de los servicios personalísimos de publicidad de las empresas televisivas Compañía Peruana de Radiodifusión S.A. - América Televisión (Canal 4) y Andina de Radiodifusión S.A.C. - ATV (Canal 9), para la difusión de los cuatro spots señalados en la parte considerativa de la presente resolución, hasta por el monto ascendente a S/. 198 773,14 (Ciento Noventa y Ocho Mil Setecientos Setenta y Tres y 14/100 Nuevos Soles), de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3º.- Disponer que el funcionario a cargo de la Secretaría General realice las acciones pertinentes para la publicación de esta resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el SEACE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Asimismo, dicho funcionario deberá remitir la presente resolución a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) hábiles siguientes a su aprobación, adjuntando los informes que la sustentan. Artículo 4º.- La Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares será la encargada de tramitar esta adquisición de conformidad con el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 5.- Conforme lo expresado en el Informe Técnico Nº 001-2008/MTPE/4/1 y el Informe Técnico Nº 002-2008/MTPE/4/1, los medios de comunicación que se contratará para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria de la Ofi cina de Comunicación Social y Relaciones Públicas, correspondiente al período Enero 2008, es la empresa Compañía Peruana de Radiodifusión S.A. - América Televisión (Canal 4), S/. 95 497,50, y la empresa Andina de Radiodifusión S.A.C. – ATV (Canal 9), S/. 103 275,64, debiendo ser difundidos en los horarios indicados en el Anexo 02 del Informe Técnico Nº 002-2008/MTPE/4/1. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 155464-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban autorización de uso temporal de área acuática y franja costera otorgada a empresa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2008-MTC Lima, 23 de enero de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Carta Nº R&M-GIMT-026-2007, de fecha 3 de mayo de 2007, ampliada con Carta Nº R&M-GIMT-049-2007, de fecha 27 de junio de 2007, Refi nería La Pampilla S.A., en adelante La Pampilla, solicitó a la Autoridad Portuaria Nacional Autorización de Uso Temporal de Área Acuática y Franja Costera en un área de 95,389.00 m2, en la Bahía del Callao, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, por el plazo de seis meses, para el desarrollo de un proyecto portuario con el objeto de construir el nuevo Terminal Portuario Multiboyas Nº 3 de la Refi nería La Pampilla S.A. La recurrente adjuntó a su solicitud un Plan Maestro Portuario, copia simple de la escritura pública de constitución social y otorgamiento de poder a favor de su representante legal, así como copia del recibo de pago por derecho de tramitación; Que, mediante Informe Legal de fecha 11 de junio de 2007, la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional señaló que la documentación de índole legal presentada por La Pampilla cumple con los requisitos establecidos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2005-MTC, con relación a su solicitud de Autorización de Uso Temporal de Área Acuática y Franja Costera, recomendando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, se disponga la publicación de su solicitud en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, con fecha 22 de julio de 2007, la Autoridad Portuaria Nacional publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la solicitud de la recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; Que, mediante Informe Nº 129-2007-APN/DIPLA, de fecha 28 de agosto de 2007, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos indicó que la solicitante requiere la autorización temporal del uso de área acuática en un área de 95,389 m2, compuesta por un Área de Boyas de 76,829.18 m2 y un Área de Línea Submarina de 18,559.82 m2, con el objeto de desarrollar los estudios de factibilidad destinados a la construcción de un Terminal Portuario Multiboyas con líneas submarinas conformadas por tuberías de acero para movilizar su propia carga. La referida dirección técnica indica que el Plan Maestro presentado por La Pampilla cumple con todos los puntos considerados en el Capítulo 9 del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, habiendo sido presentado de acuerdo a lo indicado en los artículos 29º, 30º y 31º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria Nacional, por lo que recomienda que se proceda con el trámite respectivo para otorgar la autorización de uso temporal de área acuática y franja costera por seis meses de acuerdo a lo solicitado por la peticionaria, a efectos