Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2008 (24/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de enero de 2008

de la legislacion pesquera vigente, se ha determinado que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos y establecidos en el procedimiento 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2005PRODUCE, publicado mediante la Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y asimismo, se ha determinado que el transferente de la mencionada embarcacion no cuenta con sanciones de multa que no han sido cumplidas, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano mediante el Informe Nº 010-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dch del 8 de enero del 2008, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y publicado por la Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; En uso de las facultades establecidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de MORDAZA MORDAZA HUAYNA CORBACHO identificado con DNI Nº 04622307 y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificada con DNI Nº 04630423, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a la EMPRESA PESQUERA PEMARO S.R.Ltda. por la Resolucion Directoral Nº 383-98-PE/DNE, de la embarcacion pesquera artesanal RONY, con matricula CO-16603-CM y 22.08 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos, con destino exclusivo al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 383-98-PE/DNE a la EMPRESA PESQUERA PEMARO S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera artesanal RONY, con matricula CO-16603-CM. Articulo 3º.- Incorporar al senor MORDAZA MORDAZA HUAYNA CORBACHO y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como titulares del permiso de pesca otorgado para operar a la embarcacion pesquera artesanal RONY, con matricula CO-16603-CM, y la presente Resolucion, en el listado de embarcaciones pesqueras que cuentan con permiso de pesca. Articulo 4º.- Excluir a la EMPRESA PESQUERA PEMARO S.R.Ltda., como titular del permiso de pesca otorgado para operar a la embarcacion pesquera artesanal RONY, con matricula CO-16603-CM, y la presente Resolucion, en el listado de embarcaciones pesqueras que cuentan con permiso de pesca. Articulo 5º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Visto los escritos con Registro Nº 00077911 de fechas 13 de noviembre del 2007 y 7 de enero del 2008, presentados por la empresa MARICULTURA EL MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 417-94-PE del 13 de octubre de 1994, se otorgo permiso de pesca, entre otros, a PESQUERA TACAYNAMO S.A. para operar la embarcacion pesquera GUANAPE 1 con matricula CE-1248-PM y 200 TM de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de los recursos con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que con Resolucion Ministerial Nº 354-98-PE de fecha 30 de noviembre de 1998 se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a UNION FISHING S.A. para operar una embarcacion pesquera de bandera nacional denominada DON LUCHO II de matricula CE-15791-PM de 732.38 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion RSW y 542.35 m3 de carga efectiva de pescado en la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) de abertura de malla segun corresponda, en el ambito del litoral y fuera de las diez (10) millas costeras; Que por Resolucion Directoral Nº 244-99-PE/DNE del 19 de octubre de 1999, se aprobo el cambio de titular a favor de PESQUERA ARYAL S.A., de los permisos de pesca otorgados mediante Resoluciones Ministeriales Nº 41794-PE, Nº 023-95-PE, y la Resolucion Directoral Nº 35498-PE/DNE, para operar, entre otras, las embarcaciones GUANAPE 1 de matricula CE-1248-PM, GUANAPE 8 de matricula CE-0225-PM y DON LUCHO II de matricula CE-15791-PM, de 223.36 m3, 206.0 m3 y 732.28 m3 de capacidad de bodega respectivamente;; Que por Resolucion Directoral Nº 323-2001-PE/ DNEPP del 12 de diciembre del 2001, se aprobo el cambio de titularidad de los permisos de pesca otorgados para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas, entre otros, GUANAPE 1 de matricula CE-1248-PM, y DON LUCHO II de matricula CE-15791-PM, a favor de PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C., de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada resolucion; asimismo dispuso que se incluya dicha resolucion y la nueva titular de los permisos de pesca de las referidas embarcaciones, en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 339-2001-PE, asi como en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 340-2001-PE, con excepcion de la embarcacion pesquera GUANAPE 1 dado que esta no contaba con el respectivo derecho de sustitucion; Que a traves del Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 446-2006-PRODUCE/DGEPP del 22 de noviembre del 2006, se aprobo el cambio de titular de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras GUANAPE 1 de matricula CE-1248-PM, y DON LUCHO II de matricula CE-15791-PM, a favor de la empresa MARICULTURA EL MORDAZA S.A.C, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados inicialmente. Asimismo, mediante el Articulo 5º de la precitada Resolucion Directoral, se suspendio por razones de caracter economico y por un periodo de un (1) ano, contados a partir de la vigencia de la citada resolucion, los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras GUANAPE 1 de matricula CE1248-PM y DON LUCHO II de matricula CE-15791-PM; Que actualmente, las embarcaciones GUANAPE 1 de matricula CE-1248-PM, y DON LUCHO II de matricula CE-15791-PM, se encuentran con permiso de pesca suspendidos por razones de caracter economico, consignados en la relacion de embarcaciones publicado en el Anexo VI de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE; Que el numeral 33.4 del Articulo 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que estan exceptuados de acreditar la realizacion de actividades extractivas, los armadores de embarcaciones que por razones de caracter economico decidan no realizar faenas de pesca en un periodo mayor de un (1) ano, y comuniquen tal circunstancia a la Direccion Nacional, Hoy General de Extraccion y Procesamiento Pesquero Pesquero, en un plazo no mayor de a los 30 dias calendario siguientes al cese de operaciones. En este caso se suspendera

155252-4

Prorrogan plazo de suspension de permisos de pesca otorgado mediante R.D. Nº 446-2006-PRODUCE/DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 014-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 9 de enero de 2008

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