Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2008 (21/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

367004

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2008

183-2008-OI-GG-PJ de la Oficina de Infraestructura de la Gerencia General, el Informe Nº 003-2008-LARL-GIGG/PJ y el Memorandum Nº 052-2008-GI-GG-PJ de la Gerencia de Informatica, los Memorandums Nºs. 431 y 489-2008-SL-GAF-GG-PJ, de la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas, asi como el Informe Legal Nº 088-2008-OAL-GG-PJ que sustentan la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, se concluye la conveniencia de aprobarse la misma, como una medida temporal; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del respectivo MORDAZA de seleccion, se realizaran mediante acciones inmediatas, debiendo remitirse MORDAZA de la Resolucion y los informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, segun lo dispuesto por el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la resolucion que aprueba la exoneracion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision; y, adicionalmente, debera publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 148º del citado Reglamento, precisa que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, como parte del MORDAZA de desconcentracion de las adquisiciones y contrataciones implementada en nuestra Institucion, la Subgerencia de Logistica senala que las contrataciones materia de la presente exoneracion MORDAZA llevados a cabo por la Administracion de las Cortes Superiores de Justicia de Tacna y MORDAZA, respectivamente, dada la inmediatez y la urgencia con que se requiere realizar dichas contrataciones; Que, de otro lado, el inminente desabastecimiento exige disponer el inicio de las medidas conducentes a la determinacion de las responsabilidades que pudieran recaer en los funcionarios y/o servidores de la Institucion que pudieran resultar involucrados, de acuerdo a lo previsto por el articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo previsto por los articulos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, en concordancia con los articulos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente la contratacion de los siguientes servicios, para la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal en los Distritos Judiciales de Tacna y Moquegua: Servicio de acondicionamiento de ambientes en la Sede Central del Distrito Judicial de Tacna, por el valor referencial ascendente a S/. 133 028,02 (Ciento Treintitres Mil Veintiocho y 02/100 Nuevos Soles); Servicio de cableado estructurado para la Sede Judicial de Tacna, por el valor referencial de S/. 130 000,00 (Ciento Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles); Servicio de acondicionamiento de ambientes en la provincia de Mariscal MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, por el valor referencial de S/. 149 874,19 (Ciento Cuarentinueve Mil Ochocientos Setenticuatro y 19/100 Nuevos Soles); Servicio de interconexion de dependencias jurisdiccionales en la Corte Superior de MORDAZA por el valor referencial de S/. 32 725,00 (Treintidos Mil Setecientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles), asi como el servicio de cableado estructurado (adquisicion e instalacion de Red LAN) para las areas administrativas y jurisdiccionales de la Sede Judicial

de MORDAZA, por el valor referencial de S/. 80 000,00 (Ochenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios y por el periodo de 25 dias calendario. Articulo Segundo.- DISPONER que la Administracion de las Cortes Superiores de Justicia de Tacna y MORDAZA realicen las contrataciones correspondientes a sus Sedes, conforme al detalle referido en el Articulo Primero de la presente resolucion, a traves de acciones inmediatas, debiendo observar para ello lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y demas modificatorias. Articulo Tercero.- Los Contratos que se suscriban como consecuencia de la presente exoneracion, por la Presidencia de las Cortes Superiores MORDAZA citadas, deberan observar las disposiciones referidas en el articulo anterior, debiendo ademas cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades y garantias que establece la ley. Articulo Cuarto.- La Gerencia de Personal y Escalafon Judicial debera iniciar las acciones conducentes a la determinacion de las responsabilidades que pudieran recaer en los funcionarios y/o servidores cuya conducta hubiese originado la configuracion de esta causal, de acuerdo a lo previsto por el articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 166794-1

ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Modifican Art. 2º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU
RESOLUCION Nº 028-2008-CONAFU MORDAZA, 29 de enero del 2008 VISTOS; la Resolucion N° 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo del 2005, la Ley N° 27444 de fecha 10 de MORDAZA del 2001, el Informe Legal N° 336-2007-CONAFUCJ de fecha 23 de Octubre del 2007 y el Acuerdo Nº 0042008-CONAFU de la Sesion Extraordinaria del Pleno del CONAFU de fecha 9 de enero del 2008, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades

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