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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de febrero de 2008 367196 Autorizan emisión mecanizada de la Declaración Jurada del Impuesto Predial, actualización de valores, determinación del impuesto, fechas de vencimiento y monto mínimo a pagar para el año 2008 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 167-MVES Villa El Salvador, 8 de febrero de 2008 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión de Concejo de la fecha; Visto: El Memorándum N° 042-2008-GAT-MVES, suscrito por la Gerencia de Administración Tributaria; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo señalado en el Art. 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, así como en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, las Municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a cobrar por concepto de Impuesto Predial, equivalente al 0.6% de la UIT vigente al 1 de enero del año al que corresponde el Impuesto;. Que, el Artículo 15º de la Ley de Tributación Municipal establece en forma expresa la forma de pago del Impuesto Predial, pudiendo ser esta; al contado o en forma fraccionada, siendo esta última en cuatro cuotas, cuyas fechas de vencimiento corresponderían ser las establecidas expresamente en el artículo mencionado; Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria UIT, vigente a partir desde el 1 de Enero del Ejercicio Fiscal 2008, ha sido establecida por Decreto Supremo Nº 207-2007-EF, publicada el 22.12.2007; en S/. 3,500.00 (Tres Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles); Estando a lo expuesto, contando con la opinión legal favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, expresada mediante Informe Nº 041-2008-OAJ/MVES, y en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 9º, así como el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA Artículo 1º.- Autorizar a la Gerencia de Administración Tributaria, la emisión mecanizada de la Declaración Jurada del Impuesto Predial del año 2008, la actualización de valores, la determinación del Impuesto y su correspondiente recibo de pago, cuya fecha de vencimiento se indica a continuación: PAGO AL CONTADO : 29 DE FEBRERO PAGO FRACCIONADO : - Primera Cuota : 29 DE FEBRERO- Segunda Cuota : 30 DE MAYO- Tercera Cuota : 29 DE AGOSTO- Cuarta Cuota : 28 DE NOVIEMBRE Artículo 2 º.- Fijar en S/. 21.00 (Veintiún y 00/100 Nuevos Soles) el monto mínimo a pagar por el concepto del Impuesto Predial para el año 2008. Artículo 3º.- Recomendar a la administración municipal disponer se establezca un horario especial de atención al público, durante todo el año 2008, en las siguientes áreas: Gerencia de Administración y Finanzas y sus Sub- Gerencias de Personal y de Tesorería Secretaría General y su Unidad de Trámite y Archivo Documentario, Gerencia Municipal y su Unidad de Tecnología de la Información, y Unidad de Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Servicios a la Ciudad y sus Sub- Gerencias de Autorizaciones, Licencias, Comercialización y Defensa al Consumidor, y la Sub-Gerencia de Registros Civiles y Cementerio, Gerencia de Desarrollo Urbano y su Sub-Gerencia de Planeamiento, Catastro y Control Urbano, Gerencia de Administración Tributaria y su Sub- Gerencia de Administración y Orientación Tributaria, Agencias Municipales y similares entes que recauden ingresos para la Municipalidad, así como para el desarrollo de las actividades complementarias relacionadas a las mismas, tanto en la Nueva Casa Municipal como en las Agencias Municipales, sugiriéndose el siguiente horario: De Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00 Horas. Sábado de 09:00 a 12:00 Horas Asimismo, se sugiere que los titulares de las Gerencias serán los directamente responsables del cumplimiento del horario establecido en la presente Ordenanza, bajo supervisión de la Gerencia Municipal, quién dispondrá las medidas para la fl exibilización de la jornada laboral, a fi n de cumplir con el horario especial propuesto, y que dicha Gerencia sea la encargada de emitir el informe anual del cumplimiento o no del horario establecido a la Alcaldía, para su puesta en conocimiento del Concejo Municipal. Artículo 4º.- Dispensar del procedimiento de lectura y aprobación de Acta de Sesión de Concejo a la presente Ordenanza, a efectos de su inmediata ejecución y/o trámite pertinente. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con la Secretaría General de Concejo, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Agencias Municipales de Desarrollo el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 167258-1 Conforman Comisiones de Regidores para el ejercicio del año 2008 ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2008/MVES Villa El Salvador, 8 de febrero de 2008 El Alcalde de Villa El Salvador, en concordancia con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades; y, los señores Regidores que suscriben; presentan el siguiente proyecto de Acuerdo para la Constitución de las Comisiones de Regidores. CONSIDERANDO:Que, para el buen desempeño de la función de los señores Regidores, se crean Comisiones de trabajo de Acuerdo a lo estipulado en la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno vigente, con la fi nalidad de discutir y formular propuestas y proyectos de normas legales a favor de la Institución Municipal; Que de acuerdo a las necesidades que requiere esta gestión Municipal y garantizar el funcionamiento de las Comisiones; es necesario constituir siete Comisiones de trabajo para el ejercicio del año 2008; Estando a lo debatido y de conformidad con el inciso 15 del Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal; se expide el siguiente: ACUERDO: Artículo 1º.- Conformar las Comisiones de Regidores de carácter permanente, para el ejercicio del año 2008 que, a continuación se detalla: