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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de febrero de 2008 367567 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Crean la Gerencia de la Juventud y modifican el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL N° 002 Callao, 14 de febrero de 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao en Sesión de catorce de Febrero de 2008, CONSIDERANDO:Que, el inciso a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que una de las atribuciones del Consejo Regional es, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de conformidad con la política de la actual administración del Gobierno Regional del Callao, es prioridad el desarrollo de la Juventud Chalaca, por lo que es necesario modifi car el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao en vigencia, incorporando en su estructura una unidad orgánica encargada especialmente del desarrollo de las juventudes, a efectos de guardar concordancia con lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Artículo 60 establece las funciones de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, dentro de las que se encuentra el literal h) : Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; Que, la Ley 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, en su artículo II.- Derecho a la Protección del Estado, establece que todo joven tiene derecho a la protección efectiva del Estado para el ejercicio o defensa de sus derechos; Que, el Plan Nacional de la Juventud 2006 – 2011, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-PCM, consigna en su ítem 4.2 de su Diagnóstico Situacional: LA JUVENTUD EN LA CONSTRUCCIÓN DE LA DEMOCRACIA - 4.2.1. Participación y ciudadanía, que existe un aislamiento de la vida pública por parte de las y los jóvenes urbanos, lo cual constituye una oportunidad perdida que es necesario analizar y solucionar, así como que la participación de la población joven en las instancias de poder formal (cargos políticos) es muy limitada, tanto a nivel local como regional. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ha aprobado la siguiente ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA GERENCIA DE LA JUVENTUD Artículo 1 º.-Créase en el Gobierno Regional del Callao la Gerencia de la Juventud. Artículo 2 º.-Modifícase el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2006-Región Callao-CR, incorporando los artículos 116-A, 116-B y 116-C, de acuerdo al siguiente texto: “De la Gerencia de la JuventudArtículo 116-A.- Es el órgano encargado de formular y proponer políticas Regionales en materia de Juventud, que contribuya al desarrollo integral de los jóvenes de la Región Callao en temas de empleabilidad, mejoramiento de la calidad de vida, inclusión social, participación y acceso a espacios en todos los ámbitos del desarrollo humano, así como promover y supervisar programas y proyectos en benefi cio de los jóvenes. Artículo 116-B.- La Gerencia de la Juventud está a cargo de un Gerente designado por el Presidente Regional, de quien depende funcionalmente. Artículo 116-C.- Las funciones de la Gerencia de la Juventud, son las siguientes: 1. Formular planes, programas y proyectos que atiendan las demandas y aspiraciones de la juventud en los asuntos que conciernan al Gobierno Regional del Callao. 2. Fortalecer y fomentar la participación juvenil en los distintos espacios políticos y sociales, para la promoción de planes, proyectos y programas en materia de juventud. 3. Promover planes, programas y proyectos de capacitación para el trabajo, liderazgo, actitudes solidarias y emprendedoras, que contribuyan a la empleabilidad de la juventud. 4. Fomentar el acceso universal a la educación con estándares adecuados de calidad, que promuevan capacidades críticas, la formación profesional y técnica descentralizada, vinculada a las potencialidades económicas regionales y locales, así como al acceso y promoción del uso de nuevas tecnologías y comunicación. 5. Desarrollar planes, programas y proyectos de salud orientados específi camente a la población juvenil, garantizando un clima de confi anza, respeto y confi dencialidad en su atención, eliminando las barreras culturales, sociales, legales y económicas que impidan el acceso de los jóvenes a los servicios de salud. 6. Desarrollar planes, programas y proyectos que garanticen la prevención y rehabilitación de jóvenes que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, atendiendo su heterogeneidad, en el marco de una cultura de paz, tolerancia y seguridad ciudadana. 7. Fortalecer las capacidades de los jóvenes de áreas rurales en sus espacios sociales y políticos locales así como su proyección hacia los ámbitos regional y nacional, reconociendo y promoviendo su cultura e identidad. 8. Gestionar la asistencia técnica y económica ante las instituciones públicas y privadas nacionales e internacionales, para la ejecución de planes, programas y proyectos dirigidos al desarrollo integral de la juventud. 9. Presentar anualmente un Informe de Gestión que resuma las principales actividades desarrolladas orientadas a demostrar los logros y avances frente al Plan Operativo Institucional, ante la Presidencia Regional. 10. Implementar las recomendaciones derivadas de los informes de Acciones de Control, emitidos por los Órganos que conforman el Sistema Nacional de Control y Sociedades de Auditoría. 11. Realizar otras funciones de su competencia que le asigne la Presidencia Regional.” Artículo 3 º.- Encargar a la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial y la de Administración la inmediata implementación de la Gerencia de la Juventud. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 169795-1 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban el Plan de Acción Regional de Violencia contra la Mujer 2007-2012 ORDENANZA REGIONAL Nº 025-2008-CR-GRH Huánuco, 22 de febrero de 2008