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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de julio de 2008 375493 Artículo 2.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Huaura presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución, podrá ser materia de modifi cación en función a los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co y Adenda de fecha 26 de mayo de 2008 suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huaura, para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio señalado en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíqueseENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA COD SNIPPROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 48752MEJORAMIENTO DE LAS REDES DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DEL CENTRO POBLADO UNIFICADO JOSE CARLOS MARIATEGUI, DISTRITO DE HUAURA -HUAURA - LIMAINDIRECTA 236,267.70 236,267.70 TOTAL 236 267,70 236 267,70 ANEXO B PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA COD SNIPPROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADOTRANS. FINANC. HASTA POR S/.MES 01 MES 02 48752MEJORAMIENTO DE LAS REDES DEL SISTEMA DEALCANTARILLADO DEL CENTRO POBLADOUNIFICADOJOSE CARLOS MARIATEGUI, DISTRITO DE HUAURA - HUAURA - LIMAINDIRECTA 118,134.00 118,133.70 236,267.70 TOTAL 118 134,00 118 133,70 236 267,70 221446-1RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 251-2008-VIVIENDA Lima, 2 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial No. 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley No. 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo No. 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo No. 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley No. 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; además, precisa que cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, según su capacidad operativa, se realice por Administración Directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, con fecha 17 de julio de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Distrital de Pativilca, provincia de Barranca, Departamento de Lima y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pativilca S.A.C. - EMAPAT S.A.C. (en adelante el Convenio Específi co), con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto “Nuevo Sistema de Abastecimiento de Agua Potable - Pativilca” con código de SNIP No. 50223 (en adelante el Proyecto); Que, mediante Resolución Ministerial No. 223-2007- VIVIENDA de fecha 16 de julio de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de Un Millón Trescientos Cuarenta Mil Doscientos Treinta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 340 230.00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital de Pativilca, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con código de SNIP No. 50223 comprendido en el Convenio Específi co; Que, mediante Resolución Ministerial No. 480-2007- VIVIENDA de fecha 20 de setiembre de 2007, se dispuso modifi car los anexos A y B de la Resolución Ministerial No. 223-2007-VIVIENDA en lo correspondiente al Tipo de Ejecución Presupuestaria del Proyecto con código de SNIP No. 50223, de la modalidad Indirecta a la modalidad Directa; Que, mediante Informe Técnico No. 222-2008/ VIVIENDA/VMCS/ PAPT-DE de fecha 26 de mayo de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para efectuar una transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Pativilca, para fi nanciar la culminación del Proyecto con código SNIP No. 50223 comprendido en el Convenio Específi co, hasta por la suma de Seiscientos Cuarenta Mil Ciento Sesenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 640 161.00);Descargado desde www.elperuano.com.pe