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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2008 (04/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de julio de 2008 375494 Que, con fecha 26 de mayo de 2008 se suscribió una segunda Addenda al Convenio Específi co por la cual se acuerda ampliar el monto de fi nanciamiento para la culminación del Proyecto con código de SNIP No. 50223, hasta por el monto de Seiscientos Cuarenta Mil Ciento Sesenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 640 161.00); Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley No. 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Pativilca, hasta por la suma de Seiscientos Cuarenta Mil Ciento Sesenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 640 161.00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con código de SNIP No. 50223 detallado en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para continuar la ejecución del citado Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de Pativilca, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, enla Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3.- La ejecución del Proyecto con código de SNIP No. 50223, descrito en el Anexo A, se realizará bajo la modalidad de Administración Directa a cargo de la Municipalidad Distrital de Pativilca, por lo que el desembolso de los recursos a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, se efectuará luego que la citada Municipalidad presente al Programa Agua Para Todos, los documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto, y el cumplimiento de las formalidades establecidas en el Convenio Específico y Addenda de fecha 26 de mayo de 2008. Artículo 4.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específico y Addenda de fecha 26 de mayo de 2008, suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Distrital de Pativilca, y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pativilca S.A.C. - EMAPAT S.A.C. para el financiamiento del Proyecto. Artículo 5.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio y Addenda señalados en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA COD SNIPPROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 50223NUEVO SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE - PATIVILCADIRECTA 640,161.00 640,161.00 TOTAL 640 161,00 640 161,00 221446-2PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Monterrico RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 115-2008-CE-PJ Lima, 23 de abril de 2008 VISTOS:Los Ofi cios Nros. 251-2003 y 1395-2007-P-CSJUC/PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, y los Informes Nros. 108-2004 y 159-2005-SEP-GP-GG-PJ, remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Monterrico, Distrito de Yuyapichis, Provincia de Puerto Inca y Departamento de Huánuco, presentada por las autoridades de la referida circunscripción; Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 2,768 habitantes, conjuntamente con los Centros Poblados de Nuevo Dantas, Pampa Hermosa de Pompeo, La Libertad, San Jorge, Unión Santa Rosa y Las Palmas; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a 17.5 kilómetros de distancia, lo que representa que los pobladores tengan que trasladarse por medio de transporte motorizado durante 1 hora de camino; lo cual signifi ca gasto excesivamente oneroso en tiempo y dinero considerando las difi cultades económicas de dicha población; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, los Informes Nros. 108-2004 y 159-2005- SEP-GP-GG-PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Monterrico, Distrito de Yuyapichis, Provincia de Puerto Inca, Departamento de Huánuco y Distrito Judicial de Ucayali; asimismo, en el primero de los informes mencionados aparecen los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, familiar, penal, notarial y laboral; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Javier Román Santisteban, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Monterrico, con competencia además en los Centros Poblados de Nuevo Dantas, Pampa Hermosa de Pompeo, La Libertad, San Jorge, Unión Santa Rosa y Las Palmas, Distrito de Yuyapichis, Provincia de Puerto Inca, Departamento de Huánuco y Distrito Judicial de Ucayali. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Descargado desde www.elperuano.com.pe