Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2008 (05/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2008

Acuicolas (RISPAC) aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demas normas complementarias y/o ampliatorias. Articulo 3º.- Las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesqueria del Ministerio de la Produccion, asi como las Direcciones o Gerencias Regionales del litoral con competencia pesquera, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y la Autoridad Portuaria Nacional, dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

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Aprueban modelo de Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 591-2008-PRODUCE
MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2008 VISTOS: El Oficio Nº 2535-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Tecnico Nº 0212008-PRODUCE/DIGSECOVI, de la Direccion General de Seguimiento. Control y Vigilancia; CONSIDERANDO: Que, con el objeto de combatir la pesca ilegal de recursos hidrobiologicos y reforzar las medidas de vigilancia y control de la actividad pesquera, se creo mediante Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo", cuyos costos vienen siendo sufragados integramente por el sector pesquero privado, al MORDAZA de lo dispuesto por el numeral 3.2 del articulo 3º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2005-PRODUCE; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 382-2007PRODUCE, se constituyo la Comision encargada de elaborar las Bases y conducir el MORDAZA de seleccion de las empresas que se encargaran de ejecutar el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", para el periodo comprendido del 1 de MORDAZA de 2008 al 17 de enero de 2011: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 338-2008PRODUCE, se aprobaron las Bases y los Terminos de Referencia del MORDAZA de seleccion de las empresas que se encargaran de ejecutar el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo", para el periodo comprendido del 1 de MORDAZA de 2008 al 17 de enero de 2011; Que, como resultado del MORDAZA de seleccion, la Comision constituida por Resolucion Ministerial Nº 3822007-PRODUCE declaro ganadora de la MORDAZA "A" del Programa, a la empresa Certificaciones del Peru S.A. CERPER, con RUC Nº 20100011884, conforme consta en el Acta 7 del 31 de marzo de 2008, y ganadora de la MORDAZA "B" del Programa, a la empresa SGS del Peru S.A.C., con RUC Nº 20100114349, segun consta en el Acta 10 del 10 de MORDAZA de 2008; Que, conforme a las facultades delegadas, mediante Resolucion Ministerial Nº 433-2008-PRODUCE, el Viceministro de Pesqueria, en representacion del Ministerio de la Produccion suscribio, el 9 de MORDAZA de 2008, el Convenio de Ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", correspondiente a la MORDAZA "A", para el periodo comprendido del 1 de MORDAZA de 2008 al 17 de enero de 2011,

con la empresa Certificaciones del Peru S.A.- CERPER; y, el 22 de MORDAZA de 2008, suscribio el Convenio de Ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo", correspondiente a la MORDAZA "B", para el periodo comprendido del 1 de MORDAZA de 2008 al 17 de enero de 2011, con la empresa SGS del Peru S.A.C.; Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que cuenten con licencia de operacion para harina y aceite de pescado en general, para poder operar su unidad productiva, estan obligados a suscribir un Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones contenidas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", con la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia -DIGSECOVI del Ministerio de la Produccion: Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el modelo de Convenio a que se refiere el considerando anterior, en cuya Clausula MORDAZA, acapite 5.2, se senala que los establecimientos industriales pesqueros deben cumplir con las obligaciones establecidas en el Contrato de Prestacion de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, que suscriba con la empresa seleccionada para la ejecucion del Programa, por lo que corresponde aprobar, asimismo, el modelo del referido Contrato; Que, mediante Oficio Nº 2535-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, ha remitido a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia - DIGSECOVI, la relacion de establecimientos industriales pesqueros que cuentan con licencia de operacion vigente para el procesamiento de harina y aceite de pescado; Que, con Informe Tecnico Nº 021-2008-PRODUCE/ DIGSECOVI, la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, senala que resulta necesario aprobar el modelo de Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones contenidas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", entre la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia - DIGSECOVI del Ministerio de la Produccion y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros; y el modelo de Contrato de Prestacion de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo, entre la empresa ganadora correspondiente y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros; De conformidad, con el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y en uso de las atribuciones conferidas en el literal j) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el modelo de Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo", establecido por Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, entre la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia DIGSECOVI del Ministerio de la Produccion y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros, que en Anexo 1 forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Aprobar el modelo de Contrato de Prestacion de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, entre la empresa SGS del Peru S.A.C o Certificaciones del Peru S.A. - CERPER, segun el caso, y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros, que en Anexo 2 forma parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- Publicar la relacion de establecimientos industriales pesqueros que estan obligados a suscribir el modelo de convenio aprobado en el precedente articulo 1º, el mismo que en Anexo 3 forma parte integrante de la presente resolucion ministerial, cuyos titulares o sus representantes legales deberan acercarse a las oficinas de la Direccion General de Seguimiento. Control y Vigilancia - DIGSECOVI, debidamente acreditados para la suscripcion correspondiente, en un plazo no mayor de diez (10) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º.- Los establecimientos industriales pesqueros que no cumplan con suscribir el Convenio de

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