Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2008 (10/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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e) Por el no pago de la Retribucion Economica a la que se refiere el articulo 19º, conforme a lo que establezca el Reglamento." DEBE DECIR:

se otorguen al MORDAZA del presente Decreto Legislativo, siempre que cumplan sus Planes de Manejo (...)" DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES DICE: "PRIMERA.- La presente Ley sera reglamentada dentro del plazo MORDAZA de noventa (90) dias contados a partir de su entrada en vigencia, mediante decreto supremo refrendado (...)." DEBE DECIR: "PRIMERA.- La presente Ley sera reglamentada dentro del plazo MORDAZA de noventa (90) dias, mediante decreto supremo refrendado (...)." 224494-1 RECTIFICACION FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1081 Mediante Oficio Nº 431-2008-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique la Rectificacion del texto de la Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 1081, publicada en nuestra edicion del MORDAZA 6 de MORDAZA de 2008, debiendo ser el texto de la misma el siguiente: En el Acapite k) Inciso 6.2 Articulo 6: DICE: Los Usuarios de Aguas DEBE DECIR:

"Articulo 17º.- Causales de caducidad de los Derechos de Aprovechamiento Los derechos de aprovechamiento de los recursos forestales y de la fauna MORDAZA caducan en los siguientes casos: (...) e) Por el no pago de la Retribucion Economica a la que se refiere el articulo 18º, conforme a lo que establezca el Reglamento." DICE:

"Articulo 29º.- Programas de arborizacion, forestacion y reforestacion

29.1 La Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA coordinara con los gobiernos regionales, gobiernos locales, instituciones y otros sectores, la ejecucion de programas de arborizacion MORDAZA y forestacion en cinturones ecologicos, con especies forestales adecuadas y el manejo de los mismos." DEBE DECIR: "Articulo 29º.- Programas de arborizacion, forestacion y reforestacion 29.1 La Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA coordinara con los gobiernos regionales, gobiernos locales, instituciones y otros sectores, la ejecucion de programas de forestacion y/o reforestacion en cinturones ecologicos, con especies forestales adecuadas y el manejo de los mismos." DICE: "Articulo 41º.- Adquisicion de productos o especimenes de MORDAZA o fauna MORDAZA de origen ilicito (...) Todo producto o especimen de especie de MORDAZA o fauna MORDAZA de origen ilicito, estara sujeto a incautacion, comiso y otras sanciones previstas en el articulo 39º de la presente Ley, (...)". DEBE DECIR: "Articulo 41º.- Adquisicion de productos o especimenes de MORDAZA o fauna MORDAZA de origen ilicito (...) Todo producto o especimen de especie de MORDAZA o fauna MORDAZA de origen ilicito, estara sujeto a incautacion, comiso y otras sanciones previstas en el articulo 38º de la presente Ley, (...)". DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS DICE: "SEGUNDA.- Precisese que se encuentran exceptuados de la aplicacion de Lo establecido en la Setima Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 27308 los derechos de aprovechamiento que se otorguen al MORDAZA de esta Ley, siempre que cumplan sus Planes de Manejo (...)". DEBE DECIR: "SEGUNDA.- Precisese que se encuentran exceptuados de la aplicacion de lo establecido en la Setima Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 27308 los derechos de aprovechamiento que hayan sido otorgados al MORDAZA de la mencionada Ley y los que

Las organizaciones de usuarios de agua. En las Disposiciones Complementarias Finales DICE: SETIMA.- Instancias Administrativas en Materia de Aguas Las Autoridades Administrativas del Agua resuelven en Primera Instancia Administrativa los asuntos de competencia de la Autoridad Nacional del Agua. El Tribunal de Resolucion de Controversias Hidricas, resuelve en MORDAZA instancia administrativa los recursos administrativos que se interpongan contra las resoluciones que expida las Autoridades Administrativas de Agua. Las Administraciones Tecnicas de los Distritos de Riego forman parte de la estructura organica de la Autoridad Nacional de Agua. Toda referencia a dichas administraciones se entiende como Administraciones Locales de Agua. DEBE DECIR: SEPTIMA.- Instancias Administrativas en Materia de Aguas (...) Para los procedimientos que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA y en tanto se implementen las Autoridades Administrativas del Agua y el Tribunal de Resolucion de Controversias Hidricas, las funciones de primera instancia seran asumidas por las Administraciones Locales de Agua y las de la MORDAZA Instancia por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua. Los procedimientos iniciados MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA se regiran por la normativa anterior hasta su conclusion, salvo las funciones de MORDAZA instancia ejercidas por las Autoridades Autonomas de MORDAZA Hidrografica, las cuales seran asumidas por el Ministerio de Agricultura.

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