Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2008 (10/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 224496-4

el Tratado vinculante, y las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 224496-5

Acceden a pedido de traslado pasivo de condenada a establecimiento penitenciario de Canada
RESOLUCION SUPREMA Nº 115-2008-JUS MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2008 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 056-2008/COE-TC del 18 de junio de 2008, sobre la solicitud de traslado pasivo de condenado de la ciudadana de nacionalidad canadiense MORDAZA MORDAZA MORDAZA JALBERT; CONSIDERANDO:

Deniegan pedido de traslado activo de condenado recluido en establecimiento carcelario de California, Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 116-2008-JUS MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2008 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 050-2008/COE-TC del 28 de MORDAZA de 2008, sobre la solicitud de Traslado de Condenado Activo del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA LOPEZ; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 10 de diciembre de 2007, la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA declaro procedente la solicitud de traslado del condenado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra cumpliendo condena en los Estados Unidos de MORDAZA en el establecimiento carcelario de Mule Creek State Prision - Departamento Correccional de California por la comision de cinco delitos graves (trafico ilicito de drogas, violacion por fuerza, penetracion digital por fuerza, asalto sexual y violencia domestica) (Exp. Nº 783-2007); Que, mediante el Informe Nº 050-2008/COETC del 28 de MORDAZA de 2008, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de Traslado de Condenado Activo del referido condenado; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del Articulo 540º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Consejo de Ministros la decision sobre la viabilidad del traslado activo o pasivo de un condenado; asimismo, el numeral 5 del articulo 543º en concordancia el numeral 4 del articulo 544º del citado cuerpo normativo establece que, ante una resolucion consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 540º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y lo dispuesto en el literal "c" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar el pedido de Traslado Activo de Condenado del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, recluido en el establecimiento carcelario de Mule Creek State Prision - Departamento Correccional de California.

Que, por Resolucion Consultiva de fecha 27 de MORDAZA de 2008, la Cuarta Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro procedente la solicitud de traslado de la condenada MORDAZA MORDAZA MORDAZA JALBERT quien se encuentra cumpliendo condena en nuestro MORDAZA por haber cometido el delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas en agravio del Estado, desde el Establecimiento Penitenciario MORDAZA MORDAZA - Chorrillos a un establecimiento penitenciario en Canada; Que, mediante el Informe Nº 056-2008/COE-TC del 18 de junio de 2008, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de traslado pasivo de condenado de la referida ciudadana canadiense; Estando a lo dispuesto por el numeral 2) del articulo 540º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 01793-JUS, el Tratado entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de Canada sobre Ejecucion de Sentencias Penales, suscrita en la MORDAZA de MORDAZA el dia 22 de MORDAZA de 1980, aprobado mediante Decreto Ley Nº 23125, de fecha 9 de MORDAZA ratificado el 16 de MORDAZA de 1980 y cuya vigencia se dio a partir del canje de instrumentos de ratificacion efectuado en la MORDAZA de Ottawa - Canada el 23 de MORDAZA, de 1980, y lo dispuesto en el literal "d" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de traslado pasivo de condenado de la ciudadana de nacionalidad canadiense MORDAZA MORDAZA MORDAZA JALBERT, recluida en el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA MORDAZA - Chorrillos, declarado procedente por la Cuarta Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de Lima; y disponer se realicen las diligencias necesarias en coordinacion con el Poder Judicial, para su entrega a las autoridades penitenciarias del Estado solicitante, todo ello de conformidad con

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