Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2008 (10/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencia judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE, establece que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley Nº 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que en el MORDAZA de la Ley Nº 26920, mediante Resolucion Directoral Nº 008-2003-GOB.REG.-PIURA/ DIREPE-DR, de fecha 10 de enero del 2003, se otorgo permiso de pesca al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA de nombre "MARIA LUZ", de matricula Nº PT-4430-CM, de arqueo neto 7.69 y 33.37 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm) y (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax); jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que por Resolucion Directoral Nº 482-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de octubre del 2007, la embarcacion pesquera "MARIA LUZ" es incorporada en el literal "L" del listado de la Resolucion Ministerial Nº 0852007-PRODUCE, con acceso a los recursos anchoveta, jurel y caballa; Que a traves de los escritos del visto, el senor PEPE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 008-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPEDR, para operar la embarcacion pesquera "MARIA LUZ" de matricula Nº PT-4430-CM; al haber adquirido la propiedad de la referida embarcacion, sustentando con el Certificado Compendioso de Dominio del 30 de octubre del 2007 emitido por la SUNARP de MORDAZA, MORDAZA Registral Nº 1; Que actualmente, segun la informacion consignada en al pagina Web del Ministerio de la Produccion la embarcacion pesquera "MARIA LUZ" de matricula Nº PT4430-CM se encuentra consignada con permiso de pesca vigente para los recursos anchoveta, para consumo humano directo e indirecto y los recursos jurel y caballa para consumo humano directo; en relacion al permiso de pesca para el recurso sardina, este se encuentra suspendido temporalmente, en razon de que el armador no ha cumplido con presentar el certificado de adecuacion de dimensiones de la red de cerco sardinero, pero podria realizarlo en el futuro; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se determina que el administrado, acredita poseer el dominio sobre la embarcacion pesquera "MARIA LUZ" de matricula Nº PT-4430-CM, segun consta en el Certificado Compendioso de Dominio expedido por Registros Publicos, MORDAZA Registral Nº 1 -Sede MORDAZA, de fecha 30 de octubre del 2007, y cumple con todos los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-

2003-PRODUCE y demas normas modificatorias, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 168-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 15 de MORDAZA del 2008 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, la Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE y modificado por los Decretos Supremos Nºs. 001-99-PE, 003-2000-PE, 004-2002-PRODUCE, y 004-2007-PRODUCE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas en el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE:

Articulo1º.- Aprobar a favor del senor PEPE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 0082003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR de fecha 10 de enero del 2003, para operar la embarcacion pesquera "MARIA LUZ" de matricula PT-4430-CM, y 33.37 m3 de capacidad de bodega, con acceso al recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, o en su defecto bodegas aisladas termicamente y MORDAZA de hielo, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de la Resolucion Directoral Nº 008-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR, para operar la embarcacion pesquera denominada "MARIA LUZ" de matricula Nº PT-4430-CM. Articulo 4º.- Incorporar al senor PEPE MORDAZA MORDAZA MORDAZA como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "MARIA LUZ " de matricula Nº PT-4430-CM, asimismo consignar la presente Resolucion en el Anexo I, literal L) de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 223973-5

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