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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de julio de 2008 375965 BASE LEGAL Constitución Política del Perú Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo Decreto Supremo Nº 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo. Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, disposiciones complementarias y modifi catorias. Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009, Resolución Directoral Nº 021-2008- EF/76.01 TÍTULO II CONCEPTOS Y DEFINICIONES BÁSICAS Artículo 4°.- DEFINICIONES BÁSICAS Para la aplicación de la presente ordenanza se considerará: 4.1. Presupuesto Participativo: El presupuesto participativo es un proceso que fortalece las relaciones municipalidad-sociedad, mediante la cual se defi nen las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel del gobierno local, con la participación de la sociedad civil organizada. 4.2. Objetivos del Presupuesto Participativo: El presupuesto participativo tiene los siguientes objetivos: 4.2.1. Mejorar la efi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos de acuerdo a las prioridades consideradas en el Plan de Desarrollo Concertado. 4.2.2. Reforzar la relación entre la municipalidad y la sociedad, estableciendo mecanismos democráticos de manera representativa. 4.2.3. Comprometer a la sociedad civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado. 4.2.4. Fijar prioridades en la inversión pública, para la ejecución de los proyectos declarados viables, bajo las normas técnicas de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública- Ley N° 27293. 4.2.5. Reforzar el seguimiento, control y vigilancia de la ejecución del presupuesto; y fi scalización de la gestión. 4.3. Agentes Participantes: Son quienes participan con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en el proceso del presupuesto participativo. Está integrado por miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, los representantes de la sociedad civil debidamente identifi cados y acreditados, y los representantes del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito del distrito de Jesús María designados para estos fi nes; además de los integrantes del Equipo Técnico; quienes participan con voz pero sin voto. 4.4. Equipo Técnico: Tiene la misión de brindar soporte técnico en el proceso del presupuesto participativo y desarrollar el trabajo de evaluación técnica; asimismo, armoniza la realización de capacitación a los Agentes Participantes. 4.5. Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática así como a organismos e instituciones privadas dentro del ámbito local. Son organizaciones sociales de base territorial o temática, cuyos miembros residen dentro de la jurisdicción distrital, tales como juntas vecinales y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités del vaso de leche, comunidades campesinas, sindicatos, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, la mesa de concertación de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupación social representativa. Los organismos e instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, asociaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias, de productores o comerciantes, iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción. 4.6. Talleres de Trabajo: Es la reunión de los Agentes Participantes convocados por el Alcalde con el fi n de identifi car los problemas y las potencialidades del distrito, así como también proponer las acciones que permitan resolverlos. En los talleres se defi ne también los criterios de priorización para las acciones propuestas con el fi n de atenderlos en orden de prioridades de acuerdo a los recursos presupuestales. 4.7. Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) Es el órgano de coordinación y concertación del Distrito de Jesús Maria, encargado de promover el desarrollo local sostenible, a través de la planifi cación participativa, El Alcalde quien lo preside pudiendo delegar su función en el primer regidor, los Regidores y los representantes de las organizaciones de la sociedad civil. Artículo 5º. - Principios Rectores Los principios rectores del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2009, son los que a continuación se detallan: 5.1. Participación.- La Municipalidad de Jesús María promueve la participación de la sociedad civil en el ámbito de su jurisdicción. 5.2. Transparencia.- Toda la comunidad tiene acceso a la información sobre los asuntos públicos y colectivos que se deciden y ejecutan. 5.3. Igualdad de Oportunidades.- La sociedad organizada participa sin ningún tipo de discriminación. 5.4. d) Tolerancia.- Absoluto respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas; elemento esencial para la construcción de consensos. 5.5. e) Efi cacia y Efi ciencia.- La Municipalidad de Jesús María, optimiza los recursos presupuestarios orientados al logro de metas y objetivos de su respectivo Plan de Desarrollo Concertado. 5.6. Equidad.- Igual acceso a las oportunidades e inclusión a grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. 5.7. Competitividad.- La Municipalidad de Jesús María promueve la inversión privada y orienta las acciones públicas hacia la promoción del desarrollo. 5.8. Corresponsabilidad.- Entre la Municipalidad y la Sociedad Civil; en la identifi cación de oportunidades y solución de los problemas. 5.9. Solidaridad.- Todo agente participante asume los problemas de otros como propios, sin intereses particulares. 5.10. Respeto a los Acuerdos.- Compromiso de todos los actores de llevar adelante las decisiones concertadas. Artículo 6º.- Cumplimiento Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de cumplimiento obligatorio de todos los Agentes Participantes en el presente proceso. TITULO III DEL PROCESO DEL PRESUPUEST O PARTICIPATIVO Artículo 7°.- El desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo de Jesús María para el año fi scal 2009, consta de las siguientes fases: 1. Preparación. 2. Convocatoria.3. Identifi cación y Registro de los Agentes Participantes. 4. Capacitación a los agentes Participantes.5. Desarrollo de Talleres de Trabajo.6. Evaluación Técnica de Prioridades.7. Formalización de Acuerdos y Compromisos. PREPARACIÓN Artículo 8º.- Esta fase comprende la implementación de diversas acciones como la Conformación del Equipo Técnico, Elaboración del Plan de Trabajo, elaboración de documentos informativos, entre otros necesarios para el desarrollo del proceso.Descargado desde www.elperuano.com.pe