Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2008 (11/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y de la Oficina de Administracion y Finanzas; SE RESUELVE:

prepublicacion a que se refiere el articulo 25º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. Con la opinion favorable de la Gerencia General y la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquense los articulos 22º, 25º y 26º del Reglamento de los Organos Resolutivos del OSINERGMIN, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS-CD, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 22º.- Del Funcionamiento del TASTEM Las MORDAZA del TASTEM son organos colegiados conformados por cinco (5) Vocales Titulares designados por el Consejo Directivo de OSINERGMIN, a propuesta del Presidente de dicho Consejo. De los cinco (5) Vocales, de preferencia dos (2) deberan ser abogados con experiencia en derecho administrativo y otros dos (2) ingenieros con experiencia en temas de electricidad, hidrocarburos y/o mineria segun corresponda la Sala en la que se les designe. Asimismo, se contara con tres (3) Vocales Suplentes por Sala, de los cuales, preferiblemente, uno debera ser abogado y otro ingeniero, quienes deberan cumplir con las mismas especificaciones previstas para los titulares. Para ser Vocal del TASTEM se requiere ser profesional titulado en una MORDAZA universitaria o contar con titulo de maestria o doctorado vinculado a materias de indole legal, regulatoria, economica, de administracion o tecnica, relacionadas a las actividades y funciones que corresponden a este Organismo Regulador y, contar con no menos de siete (7) anos de experiencia practica o ejercicio de su profesion; ademas, debera contar con reconocida solvencia e idoneidad profesional. Los Vocales del TASTEM seran designados por el Consejo Directivo por un periodo de dos (2) anos renovables. Previo a tal designacion, el Consejo Directivo podra solicitar opinion al Secretario Tecnico de los Organos Resolutivos sobre los candidatos propuestos. Los Vocales Suplentes seran convocados para completar el quorum en caso de ausencia o impedimento de algun Vocal Titular o cuando la respectiva Sala del TASTEM lo requiera para definir votaciones. Al Vocal Suplente le corresponden, en el ejercicio de sus funciones, las mismas prerrogativas, impedimentos y prohibiciones que a un Vocal Titular. Cada Sala del TASTEM tendra un Presidente, que sera designado por el Consejo Directivo por un periodo de dos (2) anos, pudiendo ser reelegido como Vocal y Presidente de acuerdo a la evaluacion que efectue el Consejo Directivo de OSINERGMIN. El cargo de Vocal del TASTEM vaca por cualquiera de las causales establecidas en el articulo 70º del Reglamento General de OSINERGMIN." "Articulo 25º.- Sesiones del TASTEM Las MORDAZA del TASTEM sesionara cuando menos una vez por semana de acuerdo al cronograma que cada Sala aprobara mensualmente. Para sesionar, se requerira como minimo la presencia de tres (3) Vocales. Asimismo, para adoptar sus decisiones, la Sala necesitara el MORDAZA conforme de al menos tres (3) de los Vocales asistentes. Se admitira excepcionalmente la celebracion de sesiones no presenciales, siempre que asi lo acuerden por unanimidad los Vocales convocados para la respectiva reunion." "Articulo 26º.- De la Sala Plena del TASTEM Es funcion de la Sala Plena del TASTEM aprobar los precedentes administrativos de observancia obligatoria sobre la base de los criterios ya aprobados por las MORDAZA del TASTEM en las resoluciones que MORDAZA emitido; asi como establecer los lineamientos para el mejor desempeno de sus funciones. La Sala Plena del TASTEM estara integrada por el total de los Vocales del TASTEM, incluyendo a los suplentes. Para su funcionamiento, sera necesaria la concurrencia de por lo menos el 70% del total de ellos.

Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion, para la contratacion de la "Adquisicion de Software para la determinacion de la Capacidad de Conexion, Capacidad Disponible en los Nodos del MORDAZA y Sobrecargas en los Sistemas de Transmision" con la empresa Megawatt S.A.C., por ser un servicio que no admite sustituto y existe proveedor unico. Articulo 2º.- El monto total de la adquisicion sera de S/. 290,000.00 (Doscientos Noventa Mil con 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley. Articulo 3º.- La fuente de financiamiento se realizara con cargo a los recursos ordinarios del OSINERGMIN y la contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas del OSINERGMIN. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes Tecnicos y Legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como proceder a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley y a traves del SEACE. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 224634-1

Modifican articulos del Reglamento de los Organos Resolutivos del OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 477-2008-OS/CD MORDAZA, 26 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 067-2007-PCM se dispuso la creacion de un Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria - TASTEM, como organo de MORDAZA y MORDAZA instancia para conocer las apelaciones interpuestas por los administrados en el MORDAZA de procedimientos administrativos sancionadores seguidos en el ambito de OSINERGMIN; Que, asimismo, en el referido decreto supremo se dispuso la creacion de la Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos - STOR, encargada de brindar apoyo tecnico y administrativo a la Junta de Apelaciones y Reclamos de Usuarios-JARU y al TASTEM; Que, en este sentido, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS/CD, se aprobo el Reglamento de los Organos Resolutivos de OSINERGMIN, a fin de regular la adecuada organizacion del Tribunal de Apelaciones en Temas de Energia y Mineria-TASTEM y de la Secretaria Tecnica de los Organos ResolutivosSTOR, asi como modificar el Reglamento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios JARU, aprobado por Resolucion 312-2004-OS/CD y modificado por Resolucion Nº 259-2005-OS/CD; Que, luego de su publicacion, la Entidad ha recibido comentarios al citado Reglamento, algunos de los cuales ha considerado conveniente acoger a fin de optimizar y lograr el adecuado funcionamiento del Tribunal de Apelaciones en Temas de Energia y Mineria-TASTEM; Que, en ese sentido, resulta indispensable modificar los articulos 22º, 25º y 26º del Reglamento de los Organos Resolutivos del OSINERGMIN, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS-CD; Que, las razones senaladas en los considerandos precedentes justifican la urgencia de que se emita la presente resolucion, exceptuandola del requisito de

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