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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de julio de 2008 376106 h) Implementar el Programa de Voluntariado de las personas adultas mayores. i) La participación en eventos sociales e informáticos sobre análisis de la problemática local y alternativa de solución. j) Establecer alianzas estratégicas con los diversos niveles de Gobierno e instituciones públicas y privadas, para el cumplimento de sus objetivos y funciones. Artículo Quinto.- La Comunidad Corresponde a la Gerencia de Salud y Promoción Social, de manera directa o a través del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), la sensibilización y fomento permanente a la ciudadanía de la condición de persona adulta mayor y la necesidad de brindarle un trato diligente, respetuoso y solidario, fomentando su participación como miembro activo de la comunidad. Artículo Sexto.- Celebración de Convenios El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), a través de la Gerencia de Salud y Promoción Social, en concordancia con la Ley Nº 28803 y su Reglamento, podrán proponer la suscripción de convenios con organizaciones e instituciones, públicas o privadas, que puedan proporcionar en forma desinteresada y voluntaria atención profesional o humana a los beneficiarios del programa, previa aprobación del Concejo Municipal. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación, la ejecución del procedimiento para la incorporación de las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) como ente inherente y permanente a la Gerencia de Salud y Promoción Social, en la Ordenanza Nº 277-MM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Mirafl ores. Segunda.- El reglamento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) será elaborado por la Gerencia de Salud y Promoción Social, el mismo que será aprobado mediante decreto de alcaldía, conforme a Ley. Tercera.- La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 225613-1 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Disponen el embanderamiento general con motivo del aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2008-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio del 2008 se celebra 187º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; Que, es deber del Gobierno Local realizar los acontecimientos cívicos incentivando la participación del vecindario y afi rmando el respeto a los símbolos patrios; Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 42º y 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General del Distrito del Rímac del 15 de julio al 01 de agosto del año 2008, con motivo de celebrarse el 187º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, incluyéndose en esta disposición todos los predios, sean privados o públicos de vivienda o comercio. Artículo Segundo.- DISPONER que los predios del distrito deberán estar debidamente presentados, con la limpieza adecuada y en la medida de lo posible se recomienda su pintado, de conformidad con el artículo 93º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local, Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Imagen Institucional. Dado en el local de la Municipalidad del Rímac a los cuatro días del mes de julio del dos mil ocho. Regístrese, comuníquese y cúmplase VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 225210-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0334- 2008-MDR Rímac, 9 de julio de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO; La Resolución de Alcaldía Nº 0332-2008-MDR de fecha 09.07.08; el Informe Nº 001-2008-CCPM-MDR de fecha 10.06.08, del Comité encargado de llevar a cabo el Concurso Público de Méritos para cubrir el cargo de la Plaza vacante de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rímac; y; CONSIDERANDO:Que, con Resolución de Alcaldía Nº 00401-2007- MDR de fecha 13.12.07, se designó al Comité encargado de llevar a cabo el Concurso Público de Méritos para cubrir el cargo de la Plaza vacante de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rímac, en tanto que con Acuerdo de Concejo Nº 008-2008-MDR de fecha 30.04.08 se aprobaron las Bases Administrativas del citado Concurso y su convocatoria, tal como se precisa en su contenido; Que, mediante Informe Nº 001-2008-CCPM-MDR de fecha 10.06.08, el Comité encargado de llevar a cabo el Concurso Público de Méritos, informa al despacho de Alcaldía que conforme al cronograma aprobado en las Bases del Concurso Público de Méritos, para ocupar la plaza vacante de Auxiliar Coactivo en la Ofi cina de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital del Rímac, se tiene que el resultado fi nal da como ganador de este Concurso Público de Méritos al señor Esteban Renato Grimaldo Castillo; Que, el Alcalde es el personero legal de la Municipalidad y le corresponde en su condición de titular designar a los funcionarios, conforme a las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades, siendo necesario en el presente caso accionar administrativamente a efectos de proceder a la designación del funcionario que asuma las funciones específicas de Auxiliar Coactivo; Descargado desde www.elperuano.com.pe