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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de julio de 2008 376092 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL N° 170 Chaclacayo, 30 de junio del 2008 VISTO: El Dictamen Nº 002-2008-CAPP/MDCH de la Comisión de Administración, Planifi cación y Presupuesto, Informe Nº 133-2008-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, Informe Nº 145-2008-GAJ/ MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica e Informe Nº 049-2008-GPP/MDCH de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades tienen autonomía, política, económica y administrativamente en los asuntos de su competencia; Que, el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nº 145 de fecha 23 de mayo del 2007, aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo; Que, la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 9º numeral 3) que, corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de su organización interior y funcionamiento del gobierno local, el régimen de administración directa de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales; Que, el artículo 26º de la Ley Nº 27972 - señala que “la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, efi ciencia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos por la Ley Nº 27444”; Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, es un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica en la entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos y, contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante Informe Nº 049-2008-GPP/MDCH remite el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones, en mérito al Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, con Informe Nº 145-2008-GAJ/MDCH la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable señalando que el proyecto se encuentra debidamente justifi cado en la modifi cación del marco sustantivo y como consecuencia de las necesidades de la administración, el cambio de legislación respecto a la optimización y simplifi cación de procesos, lo que permitirá cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones y dar una mejor atención a los ciudadanos; Estando los fundamentos antes expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el VOTO UNANIME de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación de actas, se aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar, el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES -ROF de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, el mismo que consta de (3) Títulos, setenta y cuatro (74) artículos, Dos (2) Disposiciones Finales y Una (1) Disposición Transitoria; texto que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a la presente ordenanza, siempre que no desvirtué los principios de ésta. Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones, la publicación del texto completo de la presente Ordenanza en la página web de la municipalidad (www. munichaclacayo.gob.pe). Artículo Cuarto.- Derogar el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 145-MDCH. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 225079-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban Ordenanza que norma el cercado exterior de terrenos sin construir ORDENANZA N° 068-2008-MDC Cieneguilla, 26 de junio del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla en Sesión Ordinaria de la fecha, sobre la Ordenanza que norma EL CERCADO EXTERIOR DE TERRENOS SIN CONSTRUIR, y el Informe Nº 098-2008-GDUR/MDC de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, y el Informe Nº 199-2008-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, señala que, “las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, conforme al cual los Concejos Municipales tienen facultad normativa en dichos asuntos. Que, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala que, “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Asimismo, incide en que “La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”. Que, el artículo V del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, dispone que “la estructura, organización y funciones de los gobiernos locales se cimientan en una visión de Estado democrático, unitario, descentralizado y desconcentrado, con la fi nalidad de lograr el desarrollo sostenible del país”, señalando además que, “en el marco del proceso de descentralización y conforme al criterio de subsidiariedad, el gobierno más cercano a la población es el más idóneo para ejercer la competencia o función, por consiguiente Descargado desde www.elperuano.com.pe