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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de julio de 2008 376095 CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ACCIONESMESES 2008 EFMA MJJASOND 1° Preparación X 2° Convocatoria X 3° Identi fi cación y Registro de Agentes Participantes X 4° Conformación del Comité de Vigilancia y Control X 5° Capacitación de Agentes Participantes X X 6° Desarrollo de talleres de trabajo X X 7° Evaluación técnica de prioridades X 8° Formalización de Acuerdos X X 9° Rendición de Cuentas X Artículo Décimo.- CRITERIOS DE DETERMINACIÓN El Equipo Técnico defi nirá los criterios a seguir teniendo en cuenta los siguientes puntos: a) Objetivos Estratégicos a ser determinados en el Proceso del Presupuesto Participativo 2009. b) Estimación del monto total del Presupuesto Participativo a destinarse. c) Proyectos que representan mayor rentabilidad social. d) Nivel de pobreza y necesidades básicas insatisfechas. e) Grupos vulnerables o en situación de riesgo.f) Cofi nanciamiento por parte de la población.g) Efecto en el empleo local. Artículo Decimoprimero.- INICIATIVA DE PROPUESTAS Todo Agente Participante está en el derecho de presentar proyectos a ser sometidos al Proceso del Presupuesto Participativo. Los proyectos podrán ser de infraestructura, servicios, generación de capacidades u otros que recojan las aspiraciones de la sociedad en términos de desarrollo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- CELEBRACIÓN DE CONVENIOS El Alcalde queda autorizado a suscribir convenios con las instituciones públicas y privadas que permitan garantizar la probidad, legalidad y transparencia del proceso de formulación del Presupuesto Participativo. Segunda.- PUBLICACIÓN Los resultados del Proceso del Presupuesto Participativo 2009, serán publicados en el Palacio Municipal de Lince; en el portal electrónico (www.munilince.gob.pe ), así como en el aplicativo informático que el Ministerio de Economía y Finanzas ha elaborado para tal fi n. Tercera.- APLICACIÓN SUPLET ORIA DE NORMAS Será de aplicación supletoria, el Instructivo N°002-2008-EF/76.01 Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009 y cualquier disposición, relacionada a dicho proceso, aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas u otro Organismo del Estado, que no esté contemplado en el presente Reglamento, o cuando se emitan normas con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, éstas se aplicarán en forma supletoria. Cuarta.- AUTORIZACIÓN ALCALDIA Autorizar al Despacho de Alcaldía, dictar las medidas complementarias para el mejor desarrollo de las acciones del proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de Lince para el Año Fiscal 2009.POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINE Alcalde 225595-1 Establecen Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) ORDENANZA N° 214-MDL Lince, 27 de junio del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 189-2008-MDL-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, y de Economía y Administración, de fecha 26 de junio del 2008, con el voto unánime de los señores regidores, y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente régimen establece normas para la aplicación de sanciones administrativas a los infractores de las normas de competencia municipal en el ámbito de la jurisdicción del distrito de Lince. Artículo 2º.- FINALIDAD El presente régimen tiene por fi nalidad servir de instrumento preventivo y disuasivo de las acciones u omisiones, realizadas por los administrados, que conduzcan a infracciones tipifi cadas, sobre las cuales recaerá la sanción administrativa. Artículo 3º.- Principios El procedimiento administrativo sancionador observa los principios de la potestad sancionadora administrativa establecidos en el artículo 230° de la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; así como los principios del procedimiento administrativo establecidos en el artículo IV del Título Preliminar de la referida Ley. CAPÍTULO II POTESTAD SANCIONADORA Artículo 4º.- DEFINICIONES 4.1.Infracción: es toda conducta que, se encuentra tipifi cada en la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas - TISA, por acción u omisión que signifi que el incumplimiento total o parcial de las normas de competencia municipal vigentes que establezcan obligaciones o prohibiciones de naturaleza administrativa. La infracción es de carácter personal. Cuando una infracción sea imputable a más una persona estas responderán de forma solidaria. 4.2. Infractor: Es toda persona, natural o jurídica, que incumple por acción u omisión las normas de competencia municipal.Descargado desde www.elperuano.com.pe