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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de julio de 2008 376102 sanciones pecuniarias y no pecuniarias relacionadas al presente Régimen. Artículo 44º.- DE LA SECRETARIA GENERAL La Secretaría General, a través de la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, es el órgano encargado de notifi car a los administrados sobre los actos emitidos en aplicación del presente Régimen. Artículo 45º.- DE LA OFICINA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA La Ofi cina de Administración Tributaria, a través de la Unidad de Recaudación y Control, es el órgano encargado de la cobranza ordinaria de las Multas Administrativas impuestas, así como la aplicación de los descuentos y/o fraccionamientos a que diere lugar. Artículo 46º.- OBLIGACIÓN DE COMUNICAR AL MINISTERIO PÚBLICO En caso que las Gerencias detecten conductas que pudieran constituir ilícitos penales, las pondrán en conocimiento de la Procuraduría Pública Municipal para las acciones legales que correspondan. CAPÍTULO IX COBRANZA DE MULTAS Artículo 47º.- PLAZO PARA EL PAGO El plazo para el pago de la multa es de quince días (15) días, contados a partir del día siguiente a su recepción. Artículo 48º.- REGIMEN DE INCENTIVOS: Se otorgó un descuento del 50% si la multa es cancelada dentro de los quince (15) días posteriores a la notifi cación de la Resolución de Sanción Administrativa. El acogimiento al régimen de incentivos establecidos en el presente artículo, supone un desistimiento automático del procedimiento y de la pretensión. En consecuencia, se pondrá fi n al procedimiento administrativo que se hubiere iniciado a fi n de cuestionar la sanción impuesta, o se impedirá promover un procedimiento administrativo sobre el particular, si tal procedimiento no hubiere sido iniciado. Artículo 49º.- FRACCIONAMIENTO Se podrá solicitar fraccionamiento en el pago de la multa con adecuación a la normatividad pertinente. Para efectos del fraccionamiento no procede ninguno de los benefi cios mencionados en el artículo anterior. Artículo 50º.- OBLIGACION DE SUBSANAR LA INFRACCION. El pago de la sanción pecuniaria no exime al infractor de la obligación de subsanar las causas que la originaron Artículo 51º.- COBRANZA COACTIVA DE LA SANCION ADMINISTRATIVA Vencido el plazo establecido en el artículo 47º de esta ordenanza sin que el infractor haya realizado el pago de la multa administrativa o presentado recurso administrativo alguno, se iniciará el procedimiento de cobranza coactiva. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- PROCEDIMIENTOS EN TRÁMITE Los procedimientos de fi scalización, ejecución e impugnación de sanciones que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza se regirán por la normativa anterior hasta su culminación, en cuanto les sea aplicable. Segunda.- PERIODO DE ADECUACION Establézcase un período de 60 días contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza a fi n de que las áreas competentes se adecuen a la presente norma, en lo que les corresponde. Las prohibiciones, infracciones y sanciones no se encuentran comprendidas dentro de este período de adecuación. Tercera.- COMPETENCIAS DE APOYO En tanto el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) se implementa adecuadamente en las Gerencias de Desarrollo Social y Gerencia de Servicios a la Ciudad, la Ofi cina de Administración Tributaria ejercerá las funciones señaladas en el Artículo 43°, incisos b) y c), de la presente Ordenanza, en apoyo a las Gerencias referidas. Las Gerencias de Desarrollo Social y Gerencia de Servicios a la Ciudad comunicarán a la Gerencia Municipal la conclusión del proceso de implementación, lo cual se informará a la Alcaldía para que mediante Resolución se declare su adecuación al RASA y puedan ejercer las funciones indicadas en el Artículo 43°, incisos b) y c), de la presente Ordenanza. Cuarta.- REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Inclúyase las funciones de las Gerencias y Subgerencias y/o Unidades señaladas en el Capitulo VIII de la presente Ordenanza en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Ordenanza 189-07/MDL. Quinta.- APROBACION DE FORMATOS Apruébese los Formatos de Carta Preventiva, Notifi cación de Infracción Administrativa, Cargo de recepción, Acta de negativa de Recepción, Ofi cio comunicando la procedencia del descargo y Acta de Visita Municipal, que conforman los anexos 1, 2, 3, 4 y 5 de la presente Ordenanza. Sexta.- IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE MULTAS Encargar a la Ofi cina de Tecnología de Información y Proceso la implementación del sistema de multas a todas las áreas competentes para el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Sétima.- FACULTADES DEL ALCALDE Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Octava.- DEROGACIÓN Derogar la Ordenanza Nº 011-97-MDL, la Ordenanza N° 075-MDL, la Ordenanza N° 092-MDL, la Ordenanza N° 114-MDL y todas las normas que se opongan a la presente. Novena.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial” El Peruano” POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 225594-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Aprueban proyecto de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 061-2008-GDU/ML Lurín, 29 de mayo de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe