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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de julio de 2008 376373 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Autorizan viaje de Regidor a EE.UU. para asistir a la Conferencia Nacional sobre Vida Independiente ACUERDO DE CONCEJO N° 062-MSI San Isidro, 2 de julio de 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDROVisto en Sesión Ordinaria de la fecha, la comunicación del doctor Glen White, Director del Centro de Investigación y Capacitación en Vida Independiente de la Universidad de Kansas - USA; y, CONSIDERANDO:Que, el doctor Glen White, quien preside el Comité Internacional del Consejo Nacional de Vida Independiente de la Comunidad de Kansas-USA, es miembro del Directorio del Consejo Internacional sobre Discapacidad de los Estados Unidos (USCID), centro interesado en que los peruanos con discapacidad avancen y tengan una vida mejor; Que, habiéndose organizado una cumbre de expertos de los Estados Unidos y el Perú para discutir ampliamente la posibilidad de abrir un Centro de Vida Independiente, el doctor Glen White, Director del Centro de Investigación y Capacitación en Vida Independiente de la Universidad de Kansas - USA, ha invitado al regidor señor José Antonio Isola de Lavalle a estar presente en la Conferencia Nacional sobre Vida Independiente a realizarse en la ciudad de Washington DC, del 19 al 29 de julio en curso, asumiendo dicha universidad el importe de los pasajes de ida y vuelta, debiendo la Municipalidad de San Isidro, asumir el pago de los impuestos, gastos de hospedaje y de estadía del regidor José Antonio Isola de Lavalle; Que, siendo de utilidad para la Municipalidad de San Isidro, los conocimientos que adquiera el regidor José Antonio Isola de Lavalle, en la cumbre a realizarse, los mismos que serán de benefi cio para el vecino del distrito; y, Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Numeral 27), Artículo 9° y Artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del regidor señor José Antonio Isola de Lavalle, concediéndole licencia del 19 al 29 de julio del presente año, para asistir a la Conferencia Nacional sobre Vida Independiente a realizarse en la ciudad de Washington DC, organizada por el Centro de Investigación y Capacitación en Vida Independiente de la Universidad de Kansas, debiendo la Municipalidad asumir los impuestos de ley y viáticos correspondientes de acuerdo al Decreto Supremo N° 047-2002-PCM: VIÁTICOS: US$ 220.00 por 11 días US$ 2,420.00 IMPUESTO DE SALIDA US$ 30.25 TOTAL: US$ 2,450.25Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 227071-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Reducen monto de tasa por concepto de reproducción de información en el procedimiento “Acceso a la información por parte del público” del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2008-MDB-AL Bellavista, 14 de julio de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe Nº 074-2008-MDB-AL, emitido por el Secretario General; CONSIDERANDO:Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Bellavista, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2004-CDB establece que en el procedimiento de Acceso a la Información por parte del público, el costo de reproducción de la información asciende a los siguientes montos: a) Por hoja: 0.035 % de la UIT; b) por diskette: 0.094% de la UIT ; c) por CD 0.188% de la UIT . Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que el solicitante que requiera la información deberá abonar solamente el importe correspondiente a los costos de reproducción de la información requerida. A su vez, el artículo 13º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que: “La liquidación del costo de reproducción sólo podrá incluir aquellos gastos directa y exclusivamente vinculados con la reproducción de la información solicitada”. Que, de la revisión de la tasa vigente se ha visto por conveniente la necesidad de reducir el monto a cobrar por concepto de reproducción de la información que posee la Municipalidad Distrital de Bellavista; siendo de aplicación para este caso el numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual establece que para el caso de los Gobiernos Locales, las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse mediante Decreto de Alcaldía. Criterio plasmado también en los Lineamientos de la Comisión de Acceso al Mercado sobre Simplifi cación Administrativa, aprobado por Resolución Nº 0274-2007/CAM-INDECOPI, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 6 de febrero de 2008. Estando a lo expuesto, con el visto bueno y conformidad de la Secretaría General, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal; y, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; DECRETA:Artículo 1º.- Reducir el monto de la tasa por concepto de reproducción de la información que posee esta Comuna en el procedimiento denominado “Acceso a la información por parte del público”, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (Unidad Orgánica: Secretaría General, Procedimiento Nº 1), de acuerdo al siguiente detalle:Descargado desde www.elperuano.com.pe