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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2008 (18/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de julio de 2008 376371 Aprueban Directiva “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008 Ate, 30 de junio de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO: El Informe Nº 016-2008-ORE-OGP/MDA de la Ofi cina de Racionalización y Estadística, el Proveído Nº 2030-2008-GM/MDA de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 019-2008-MDA/OGP-ORE de la Ofi cina de Racionalización y Estadística, el Proveído Nº 2173-2008- GM/MDA de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 016-2008-ORE-OGP/MDA la Ofi cina de Racionalización y Estadística remite la Directiva Nº 005-2008-MDA “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”. Que, mediante Informe Nº 019-2008-MDA/OGP-ORE la Ofi cina de Racionalización y Estadística, en atención al Proveído Nº 2030-2008-GM/MDA, ha procedido a modifi car la Directiva Nº 005-2008-MDA “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”, adicionándose el numeral 5.7 que detalla las específi cas de gasto autorizados en concordancia a la Resolución de Alcaldía Nº 031-2008/ MDA. Que, la fi nalidad de la Directiva Nº 005-2008-MDA “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”, es la de racionalizar los gastos con cargo a los recursos del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas, promoviendo su uso efi ciente y responsable por parte de las dependencias de la Corporación Municipal; la de establecer los procedimientos para el uso y la rendición del Fondo para Caja Chica y Cajas Periféricas, por parte de los responsables de su manejo; la de precisar las normas y limitaciones a que debe sujetarse la utilización de dichos fondos; y la de establecer mecanismos de control a las operaciones a cargo del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas por parte de los órganos encargados de los sistemas administrativos instaurados en el Municipio. Que, mediante Proveído Nº 2173-2008-GM/MDA el Gerente Municipal señala que se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE DECRETA:Artículo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 005-2008- MDA “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas” y sus Anexos 01, 02, 03 y 04; los mismos que forman parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Tesorería, Ofi cina de Contabilidad y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 227221-4Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009 Ate, 9 de julio de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO el Memorándum N° 620-2008-GM/MDA de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el día 28 de Julio del presente año, se conmemora el centésimo octogésimo séptimo Aniversario de la Independencia Nacional, asimismo, el 4 de Agosto del presente año, se celebra el centésimo octogésimo séptimo Aniversario de la Creación Política del Histórico Distrito de Ate. Que, siendo estas fechas de trascendencia nacional y local respectivamente, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el civismo y amor a la patria. Que, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los símbolos patrios. Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad así como nuestra conciencia cívica, a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de éstos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del distrito de Ate, lo que redundará además en el mejoramiento del ornato. Que, mediante Memorándum N° 620-2008-GM/MDA, el Gerente Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Articulo 20º y Artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA:Artículo 1º.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE ATE, tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir del 15 de Julio hasta el 15 de Agosto del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el centésimo octogésimo séptimo Aniversario de la Independencia del Perú, así como también, el centésimo octogésimo séptimo Aniversario de la Creación Política del Distrito de Ate. Artículo 2º.- ESTABLECER que todos los predios del distrito, estén debidamente presentados con la limpieza adecuada, recomendándose para este efecto el pintado de sus respectivas fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Servicios Públicos, Secretaría de Imagen Institucional, Gerencia de Seguridad y Fiscalización, Sub Gerencia de Fiscalización Municipal y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 227221-5Descargado desde www.elperuano.com.pe