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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de julio de 2008 376372 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Convocatoria a las Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de Breña a inscribirse en el Registro del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2009 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2008-DA/MDB Breña, 9 de junio del 2008EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA CONSIDERANDO:Que, con fecha 6 de junio del año 2008, se aprobó la Ordenanza Nº 284-2008/MDB-CDB, que regula el PROCESO DE PROGRAMACION, PARTICIPACION Y CONCERTACION PARA LA FORMULACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE BREÑA - EJERCICIO 2009. Que mediante Decreto de Alcaldía N° 014-2008-DA/ MDB de fecha 6 junio del 2008 se decreta: ARTICULO PRIMERO :APROBAR el Cronograma del Proceso de Programación, Participación y Concertación para la formulación del Presupuesto Participativo 2009 y Anexo 01, 02 y 03 que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Que, en el Artículo 53° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, se señala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. Que, mediante Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 aprobado mediante Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01 y publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de abril del 2008, se regula la programación de los presupuestos participativos para el Año Fiscal 2009. Que, de acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 284-2008/MDB-CDB aprobada, se autoriza al señor Alcalde, a emitir el correspondiente Decreto de Alcaldía, determinando las medidas complementarias para el mejor desarrollo de las acciones del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2009; entre ellos su convocatoria, y la conformación del equipo técnico que conducirá el proceso, entre otras. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR, a las Organizaciones de la Sociedad Civil, y a los representantes de las Entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el distrito interesadas en participar en el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2009, a registrarse en el Libro de Registros de Participantes de la Municipalidad de Breña, a partir del lunes 23 de julio del 2008 hasta el 31 de julio de 2008. La inscripción estará a cargo de la Gerencia de Servicios Sociales de esta municipalidad, la misma que publicará y difundirá el listado de los participantes hábiles, a través de carteles ubicados en lugares visibles de los locales de la Municipalidad. Artículo Segundo.- Las Organizaciones de la Sociedad Civil que cuenten con Resolución de Reconocimiento podrán acreditar 2 delegados, uno en calidad de titular y otro en calidad de alterno, para que participen en el desarrollo del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2009.Los representantes de las Entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el distrito para poder registrarse deberán presentar la designación correspondiente de su sector que lo acredita como tal. Artículo Tercero.- Designar al equipo Técnico Responsable de Conducir el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2009, el mismo que estará integrado de la siguiente manera: - GERENTE DE PLANIFICACION Y PRESIDENTE PRESUPUESTO- GERENTE DE DESARROLLO URBANO SECRETARIO TECNICO - GERENTE DE SERVICIOS SOCIALES MIEMBRO- GERENTE DE SERVICIOS A LA CIUDAD MIEMBRO- GERENTE DE SEGURIDAD CIUDADANA MIEMBRO Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General notifi car a los interesados para su conocimiento y fi nes, y a la Gerencia de Servicios Sociales el cumplimiento de la presente disposición. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 226521-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Disponen el embanderamiento de predios con motivo del aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2008-MDI Independencia, 7 de julio de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, el próximo 28 de julio se celebra el Centésimo Octogésimo Séptimo Aniversario de la Independencia del Perú; Que, en este magno acontecimiento, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y la veneración a los Símbolos de la Patria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento permanente en los predios privados, públicos y comerciales, a partir del día 15 de julio hasta el 31 de julio de 2008, con carácter obligatorio, en homenaje al Centésimo Octogésimo Séptimo Aniversario de la Independencia Nacional. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito de Independencia, la limpieza y embellecimiento de las fachadas, para mejorar el ornato del distrito. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Imagen Institucional, Unidad de Informática y Desarrollo Tecnológico y División de Participación Vecinal la difusión, a la División de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase.LOVELL YOMOND VARGAS Alcalde 227555-1Descargado desde www.elperuano.com.pe