Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2008 (18/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
INFRACCION

376369
E ECUCIONES ACCESORIAS internamiento del vehiculo internamiento del vehiculo

COD. B-18 B-19 B-20 B-21 B-22 B-23 B-24 B-25 B-26 B-27 B-28 B-29 B-30 B-31

MULTA (UIT) Conducir vehiculo menor, sin sticker vehicular o distintivo de autorizacion municipal. 5.00% Conducir vehiculo menor con toldera sin razon social, numero de flota y numero de placas 2.00% laterales. Por no haber obtenido la credencial del conductor. 5.00% Posesionarse con su vehiculo menor a la espera de pasajeros en zonas de estacionamientos 1.50% que no le corresponden. Recoger pasajeros a menos de 50 metros lineales de las zonas de estacionamiento 1.00% autorizados. Hacer caso omiso o fugarse ante el requerimiento del inspector. 5.00% Usurpacion del logotipo y/o continuar con el logotipo o razon social de un vehiculo habiendo 3.00% sido retirado del transportador autorizado Prestar servicio en vehiculo no autorizado o en vehiculos de personas juridicas distinta a la 2.00% que obtuvo la credencial del conductor Prestar el servicio reiterativo (piratear) en vias colindantes a los paraderos o proximos a estos 3.00% no correspondiendoles la MORDAZA Agredir de hecho al inspector municipal 5.00% Prestar servicio sin el vestuario aparente (polo, chaleco, buzo, chaqueta) correspondiente al 2.00% uniforme de la persona juridica que es afiliado o prestar servicio semidesnudo (sin pantalon, camisa o similares) Prestar servicio en vehiculo autorizado sin sticker vehicular o distintivo de autorizacion 1.50% municipal Por trasladar pasajeros en numero superior a la capacidad establecida en la tarjeta de 2.00% propiedad Por estacionar el vehiculo el paradero excediendo la capacidad MORDAZA permitida por la 2.50% Resolucion de Permiso de Operacion C. INFRACCION DE LOS VEHICULOS NO AUTORIZADOS

internamiento del vehiculo internamiento del vehiculo internamiento del vehiculo

internamiento del vehiculo

internamiento del vehiculo internamiento del vehiculo suspension

COD. C-1 C-2

INFRACCION Prestar servicio sin pertenecer a una persona juridica debidamente autorizada (por primera vez) Por reincidencia a la infraccion C-01 y/o C-02

MULTA (UIT) 5.00% 15.00%

E ECUCIONES ACCESORIAS Internamiento del vehiculo hasta la regulacion de sus documentos pertinentes de operacion. Internamiento del vehiculo por (15) dias

227221-1

Aprueban Dictamen sobre Reajuste del Plano de Zonificacion del distrito de Ate
ACUERDO DE CONCEJO Nº 026 Ate, 9 de junio de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 09 de Junio de 2008, el Dictamen Nº 016-2008-CDU/MDA de la Comision de Desarrollo MORDAZA, que recomienda aprobar el Reajuste del Plano de Zonificacion del Distrito de Ate, el mismo que fue aprobado mediante Ordenanza Nº 1099MML. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme al Art. 194º de la Constitucion Politica, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, mediante Memorandum Nº 198-2008-GDU/ MDA la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, solicita a la Sub

Gerencia de Planificacion MORDAZA, rectificar el Plano de Zonificacion del Distrito de Ate, el mismo que fue aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML, dado que se detecto algunas diferencias graficas que ameritan corregirse, asimismo, se consideren incorporar a la trama MORDAZA a las organizaciones asentadas en las areas de expansion MORDAZA y algunas iniciativas privadas importantes para el desarrollo de Ate, las mismas que se consideren de interes local y estan contempladas en la Ordenanza MORDAZA mencionada. Que, mediante Ordenanza Nº 1099-MML, publicada el 12 de diciembre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los usos del suelo de los Distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho-Chosica; que forman parte de las areas de tratamiento Normativo I-II y IV de MORDAZA Metropolitana. Que, en la primera Disposicion Final de la Ordenanza MORDAZA mencionada se senala que se suspenden los Cambios Especificos de Zonificacion, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversion que califiquen de interes local por el Concejo Municipal Distrital respectivo o de interes metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, mediante Informe Nº 005-2008-JCCR, el Asistente Tecnico de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, senala que revisado el plano de Zonificacion aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML, se ha visto conveniente realizar un reajuste del mismo, separandolo en dos rubros, por rectificaciones y de interes local, dentro de lo que es de interes local se considera a los predios que cuentan con Convenios y Visaciones de Planos segun Ordenanza Nº 032/MDA. Que, mediante Informe Nº 442-2008-OGAJ/MDA la Oficina de Asesoria Juridica, senala que para el caso de los convenios de inversion suscritos se debera considerar ademas si existe oposicion o no por parte de los vecinos ubicados a ambos frentes de la via, y opcionalmente en

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