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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de julio de 2008 376369 Aprueban Dictamen sobre Reajuste del Plano de Zonificación del distrito de Ate ACUERDO DE CONCEJO Nº 026 Ate, 9 de junio de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, VISTO en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de Junio de 2008, el Dictamen Nº 016-2008-CDU/MDA de la Comisión de Desarrollo Urbano, que recomienda aprobar el Reajuste del Plano de Zonifi cación del Distrito de Ate, el mismo que fue aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML. CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme al Art. 194º de la Constitución Política, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Memorándum Nº 198-2008-GDU/ MDA la Gerencia de Desarrollo Urbano, solicita a la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana, rectifi car el Plano de Zonifi cación del Distrito de Ate, el mismo que fue aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML, dado que se detectó algunas diferencias gráfi cas que ameritan corregirse, asimismo, se consideren incorporar a la trama urbana a las organizaciones asentadas en las áreas de expansión urbana y algunas iniciativas privadas importantes para el desarrollo de Ate, las mismas que se consideren de interés local y están contempladas en la Ordenanza antes mencionada. Que, mediante Ordenanza Nº 1099-MML, publicada el 12 de diciembre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los usos del suelo de los Distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho-Chosica; que forman parte de las áreas de tratamiento Normativo I-II y IV de Lima Metropolitana. Que, en la primera Disposición Final de la Ordenanza antes mencionada se señala que se suspenden los Cambios Específi cos de Zonifi cación, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversión que califi quen de interés local por el Concejo Municipal Distrital respectivo o de interés metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, mediante Informe Nº 005-2008-JCCR, el Asistente Técnico de la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, señala que revisado el plano de Zonifi cación aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML, se ha visto conveniente realizar un reajuste del mismo, separándolo en dos rubros, por rectifi caciones y de interés local, dentro de lo que es de interés local se considera a los predios que cuentan con Convenios y Visaciones de Planos según Ordenanza Nº 032/MDA. Que, mediante Informe Nº 442-2008-OGAJ/MDA la Ofi cina de Asesoría Jurídica, señala que para el caso de los convenios de inversión suscritos se deberá considerar además si existe oposición o no por parte de los vecinos ubicados a ambos frentes de la vía, y opcionalmente en COD. INFRACCIÓNMULTA (UIT)E ECUCIONES ACCESORIAS B-18 Conducir vehículo menor, sin sticker vehicular o distintivo de autorización municipal. 5.00%B-19 Conducir vehículo menor con toldera sin razón social, número de fl ota y número de placas laterales.2.00%internamiento del vehículo B-20 Por no haber obtenido la credencial del conductor. 5.00% B-21 Posesionarse con su vehículo menor a la espera de pasajeros en zonas de estacionamientos que no le corresponden.1.50%internamiento del vehículo B-22 Recoger pasajeros a menos de 50 metros lineales de las zonas de estacionamiento autorizados.1.00% B-23 Hacer caso omiso o fugarse ante el requerimiento del inspector. 5.00% internamiento del vehículo B-24 Usurpación del logotipo y/o continuar con el logotipo o razón social de un vehículo habiendo sido retirado del transportador autorizado3.00%internamiento del vehículo B-25 Prestar servicio en vehículo no autorizado o en vehículos de personas jurídicas distinta a la que obtuvo la credencial del conductor2.00%internamiento del vehículo B-26 Prestar el servicio reiterativo (piratear) en vías colindantes a los paraderos o próximos a estos no correspondiéndoles la zona3.00% B-27 Agredir de hecho al inspector municipal 5.00% internamiento del vehículo B-28 Prestar servicio sin el vestuario aparente (polo, chaleco, buzo, chaqueta) correspondiente al uniforme de la persona jurídica que es a fi liado o prestar servicio semidesnudo (sin pantalón, camisa o similares)2.00% B-29 Prestar servicio en vehículo autorizado sin sticker vehicular o distintivo de autorización municipal1.50%internamiento del vehículo B-30 Por trasladar pasajeros en número superior a la capacidad establecida en la tarjeta de propiedad2.00%internamiento del vehículo B-31 Por estacionar el vehículo el paradero excediendo la capacidad máxima permitida por la Resolución de Permiso de Operación2.50%suspensión C. INFRACCIÓN DE LOS VEHÍCULOS NO AUTORIZADOS COD. INFRACCIÓNMULTA (UIT)E ECUCIONES ACCESORIAS C-1Prestar servicio sin pertenecer a una persona jurídica debidamente autorizada (por primera vez) 5.00%Internamiento del vehículo hasta la regulación de sus documentos pertinentes de operación. C-2 Por reincidencia a la infracción C-01 y/o C-02 15.00%Internamiento del vehículo por (15) días 227221-1 Descargado desde www.elperuano.com.pe