Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2008 (18/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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en la urbanidad de la MORDAZA, lo que se realizara teniendo en cuenta el desarrollo de la MORDAZA y mejoras en el MORDAZA y/o en concordancia a la Ordenanza Nº 341-2001MML, Ordenanza que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano Lima. TITULO XI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, MODIFICATORIAS, FINALES Y TRANSITORIAS CAPITULO XII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y MODIFICATORIAS

Gerencia de Fiscalizacion Municipal, los procedimientos de la Imposicion y la Aplicacion de la Sanciones. CAPITULO XIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los paraderos y las zonas de trabajo en las que las personas juridicas vienen prestando el servicio con vehiculos menores se adecuaran a la presente Ordenanza y al Plan Regulador. Segundo.- El requisito de Revision Tecnica de los vehiculos menores es de caracter obligatorio, para todas las unidades autorizadas por la Municipalidad Distrital, quedando en suspenso, hasta que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, habilite la implementacion de estos locales; significando que dichos vehiculos deberan efectuar la constatacion de caracteristicas dispuestas por la Municipalidad Distrital de Ate, aun cuando hayan pasado tal revision, debido a que estas tienen que encontrarse aptos para prestar el servicio. Tercero.- Las Personas Juridicas o Transportadores con vigencia de autorizaciones de operacion hasta el 31 de diciembre del 2007, se adecuaran a la presente ordenanza para obtener el Permiso de Operacion correspondiente; tal como lo senala el articulo 20° de la presente Ordenanza. CAPITULO XIV DISPOSICIONES FINALES Primera.-Incluyase en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), los procedimientos y sus respectivos requisitos en la presente ordenanza. Segunda.- Deroguese la Ordenanza Municipal Nº 009-00-MDA y sus modificatorias, y toda disposicion legal que contravenga a la presente Ordenanza. Tercera.- La autorizacion y/o renovacion a traves de la Resolucion de Permiso de Circulacion para la prestacion del servicio de transporte de pasajeros y carga en vehiculos menores, se efectuara teniendo en cuenta los criterios de evaluacion establecidos en los Decretos Supremos N° 004-2000-MTC y N° 009-2000-MTC, teniendo como prioridad que la mayoria de los miembros (Asociados, Trabajadores, Concesionarios) de la persona juridica, MORDAZA en su mayoria residentes en el Distrito de Ate. Cuarta.- Facultese al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte normas complementarias necesarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente Ordenanza. POR LO TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA Anexo 1 CONDICIONES TECNICAS Y DE SEGURIDAD PARA AUTORIZAR LA CIRCULACION DE VEHICULOS MENORES PARA EL SERVICIO PUBLICO DE PASAJEROS Y CARGA 1.- PESO SECO VEHICULAR El peso seco vehicular sera mayor a los doscientos (200) kilogramos. 2.- PESO MORDAZA VEHICULAR El peso MORDAZA vehicular a plena carga, debera ser no mayor de setecientos cincuenta (750) kilogramos. 3.- LUCES Los vehiculos deberan contar en la parte delantera con las luces altas y bajas, con un alcance de luz luminico no menor de veinticinco (25) metros y veinticinco (25) watts de potencia; en la parte posterior debera contar con las

Primera.- La presente Ordenanza es de aplicacion y cumplimiento, en lo que sea pertinente, a los vehiculos menores que se dediquen al transporte de carga. Segunda.- Los procedimientos administrativos contemplados en la presente Ordenanza necesariamente deberan estar incluidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ate. Tercera.- Las Tasas abonadas de acuerdo al Texto Unico de Procedimientos Administrativos, no seran devueltos, el cual no es razon valida para que la autoridad administrativa de respuesta positiva a la sola MORDAZA de las solicitudes. Cuarta.- La Municipalidad Distrital de Ate debera constituir, para su jurisdiccion, la Comision Tecnica Mixta Distrital, que tendra como finalidad promover el desarrollo y fiscalizacion del cumplimiento de la presente Ordenanza; asi como participar en la formulacion de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el orden del MORDAZA y el transporte publico en su jurisdiccion, para ponerlas a consideracion de la autoridad competente. La Comision Tecnica Mixta Distrital, debera estar conformada por Regidores de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate, por los representantes acreditados de las Delegaciones Policiales del distrito y por las Organizaciones de Transportistas en vehiculos menores. La acreditacion de las personas juridicas, debera de ser con los siguientes documentos: - MORDAZA de Ficha Literal de Registros Publicos (SUNARP) vigentes. - MORDAZA del acta de eleccion de los representantes de las federaciones para la conformacion de la Comision Tecnica Mixta.

Quinta.- Las personas naturales y juridicas que prestan el servicio de transporte publico de pasajeros en vehiculos menores tendran un plazo de 180 dias desde la publicacion de la presente ordenanza para que se adecuen a MORDAZA, tiempo en el cual se preparara el MORDAZA Plan Regulador del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados o No Motorizados. Sexta.- Los valores referenciales de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) senalados en la presente Ordenanza, seran los que correspondan a su valor vigente al 31 de enero de cada ano calendario, salvo indicacion expresa. Septima.- La Municipalidad Distrital de Ate, para un mejor control del cumplimiento de las disposiciones legales por parte de los vehiculos menores que prestan el servicio de transporte de pasajeros y carga en el distrito, debera establecer hasta cuatro (4) Depositos Oficiales de Vehiculos Menores, distribuidos tecnica y equitativamente con la finalidad que MORDAZA atendidas la mayoria de zonas del Distrito de Ate. Octava.- La Municipalidad Distrital de Ate creara el Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte, encargados de verificar el cumplimiento de la presente Ordenanza y demas disposiciones legales vigentes, ademas de disponer el internamiento del vehiculo menor en el Deposito Oficial Municipal de acuerdo a la sancion que corresponda. Novena.- Que en tanto se implemente el Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte en la Sub Gerencia de Vialidad y Transporte, esta coordinara con la Sub

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