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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2008 (25/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de julio de 2008 376874 Autorizan viaje de Consejeros Regionales a Ecuador, en comisión de servicios ACUERDO REGIONAL Nº 080-2008-GR.LAMB./CR Chiclayo, 13 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Alcaldía del Municipio de Loja – Cantón Loja, República de Ecuador efectúa invitación a la Consejera Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque, Lic. Adm. Sheyla Fernández Bautista, para que visite la ciudad de Loja – Ecuador, del 25 al 29 de julio de 2008, dentro del Convenio Marco de Apoyo Interinstitucional entre la Municipalidad de Loja y la Cámara Nacional de Asociaciones Regionales de Hoteles, Restaurantes y Afi nes del Perú – AHORA Nacional, integrando la delegación lambayecana que visitará dicha ciudad con la fi nalidad de estrechar los lazos de hermanamiento entre el departamento de Lambayeque y el Cantón Loja, a través del intercambio de experiencias en gestión municipal y, en particular, en el Manejo de Residuos Sólidos, entre otros. Que, de conformidad con el Artículo 13º, inciso f) del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, se entiende por Comisión de Servicio, cuando un servidor es destinado a realizar acciones de servicio fuera de su centro de trabajo, ya sea en el país o en extranjero; lo que es concordante con los dispuesto por el Artículo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, conforme al cual la Comisión de Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos institucionales; Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional Nº 025-2007-GR.LAMB/CR, modifi cado por Ordenanza Regional Nº 07-2008-GR.LAMB/CR, prevé en su Artículo 9º, inciso 2., que es atribución del Consejo Regional de Lambayeque autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente(a) Regional, Consejero Delegado del Consejo Regional y Consejeros(as) Regionales a salir del país en comisión de servicios. Que, conforme lo establece el Artículo 16º, inciso g del Reglamento Interno del Consejo Regional, es derecho de los Consejeros(as) Regionales, recibir viáticos por concepto de movilidad, alojamiento y alimentación, por comisión de servicios inherentes al cargo. Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, en su Artículo 15º, inciso k), in fi ne , los viajes al exterior de los funcionarios y servidores serán aprobados mediante Acuerdo del Consejo Regional, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, de conformidad con el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37°, inciso a) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 12.JUN.2008; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el viaje en comisión de servicio de la Consejera Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque, Lic. Adm. Sheyla Fernández Bautista, a la ciudad de Loja – República del Ecuador, por los días 25 al 29 de julio del presente año. Artículo Segundo.- AUTORIZAR el pago de los viáticos correspondientes a la comisión de servicios a que se refi ere el Artículo Primero de la presente disposición regional, conforme a la escala de asignaciones de viáticos contenida en la Directiva Nº 004-2007-GR.LAMB/PR, “Normas Sobre Otorgamiento y Rendición de Viáticos”, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 381-2007-GR.LAMB/PR, modifi cada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 585-2007-GR.LAMB/PR. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO CISNEROS CALDERÓN Consejero DelegadoConsejo Regional 230589-1 ACUERDO REGIONAL Nº 081-2008-GR.LAMB./CR Chiclayo, 13 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Alcaldía del Municipio de Loja – Cantón Loja, República de Ecuador efectúa invitación al Consejero Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque, Sr. Julio César Paz Gaviño, para que visite la ciudad de Loja – Ecuador, del 25 al 29 de julio de 2008, dentro del Convenio Marco de Apoyo Interinstitucional entre la Municipalidad de Loja y la Cámara Nacional de Asociaciones Regionales de Hoteles, Restaurantes y Afi nes del Perú – AHORA Nacional, integrando la delegación lambayecana que visitará dicha ciudad con la fi nalidad de estrechar los lazos de hermanamiento entre el departamento de Lambayeque y el Cantón Loja, a través del intercambio de experiencias en gestión municipal y, en particular, en el Manejo de Residuos Sólidos, entre otros. Que, de conformidad con el Artículo 13º, inciso f) del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, se entiende por Comisión de Servicio, cuando un servidor es destinado a realizar acciones de servicio fuera de su centro de trabajo, ya sea en el país o en extranjero; lo que es concordante con los dispuesto por el Artículo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, conforme al cual la Comisión de Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos institucionales; Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional Nº 025-2007-GR.LAMB/CR, modifi cado por Ordenanza Regional Nº 07-2008-GR.LAMB/CR, prevé en su Artículo 9º, inciso 2., que es atribución del Consejo Regional de Lambayeque autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente(a) Regional, Consejero Delegado del Consejo Regional y Consejeros(as) Regionales a salir del país en comisión de servicios. Que, conforme lo establece el Artículo 16º, inciso g del Reglamento Interno del Consejo Regional, es derecho de los Consejeros(as) Regionales, recibir viáticos por concepto de movilidad, alojamiento y alimentación, por comisión de servicios inherentes al cargo. Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, en su Artículo 15º, inciso k), in fi ne , los viajes al exterior de los funcionarios y servidores serán aprobados mediante Acuerdo del Consejo Regional, la misma que Descargado desde www.elperuano.com.pe