Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2008 (25/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2008

Que, por consiguiente, al haberse configurado la causal prevista en el inciso e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar la adquisicion del terreno para el MORDAZA Hospital II Abancay de la Red Asistencial MORDAZA, de la realizacion de una Licitacion Publica; en consecuencia, la adquisicion del inmueble debera realizarse en forma directa mediante accion inmediata, debiendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico, tal como lo dispone el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, segun el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, la exoneracion debe ser aprobada por resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, concordado con el articulo 2° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneracion; Que, de otro lado, el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la contratacion del servicio objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; Que, en uso de la atribucion conferida por el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneracion de la realizacion de una Licitacion Publica, para la adquisicion del terreno para el MORDAZA Hospital II Abancay de la Red Asistencial MORDAZA, cuyo monto asciende a la suma de S/. 2'800,000.00 (Dos millones ochocientos mil con 00/100 Nuevos Soles), con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Red Asistencial MORDAZA realice la adquisicion objeto de la presente exoneracion, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3. DISPONER que la Red Asistencial MORDAZA se encargue de la publicacion de la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. 4. DISPONER que la Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 5. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA IPENZA Presidente Ejecutivo ESSALUD

Que el articulo 10° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, establece que la Administracion Tributaria podra designar como agentes de retencion a los sujetos que considere se encuentran en disposicion para efectuar la retencion de tributos; Que mediante Resolucion de Superintendencia N° 037-2002/SUNAT y normas modificatorias se establecio el Regimen de Retenciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a los proveedores y se designo a determinados sujetos como agentes de retencion; Que con el fin de lograr un adecuado funcionamiento del mencionado regimen, resulta necesario redefinir el padron de agentes de retencion; En uso de las facultades conferidas por el articulo 10° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y normas modificatorias, el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y MORDAZA modificatoria y de conformidad con lo previsto en el numeral 73.3 del Articulo 73° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DESIGNACION DE AGENTES DE RETENCION Designase como agentes de retencion del Impuesto General a las Ventas a los sujetos senalados en el Anexo 1 de la presente resolucion, los cuales operaran como tales a partir del 1 de setiembre de 2008. Articulo 2°.- EXCLUSION DE AGENTES DE RETENCION Excluyase como agentes de retencion del Impuesto General a las Ventas a los sujetos senalados en el Anexo 2 de la presente resolucion, los mismos que dejaran de operar como tales a partir del 1 de setiembre de 2008. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (a.i.) Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ANEXO Nº 1
Ord. 1 2 3 4 5 RUC Ord. RUC Ord. RUC Ord. RUC 20136201213 6 20506068216 11 20511416877 16 20514584789 20182649270 7 20507828915 12 20512365648 17 20517252558 20452614767 8 20508164433 13 20513017490 18 20517394263 20503238463 9 20509534838 14 20513225840 19 20518261593 20503790271 10 20509845167 15 20513251506 20 20519230900

ANEXO Nº 2
Ord. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 RUC Ord. RUC Ord. RUC 10070065571 18 20123855958 35 20305094715 20100096421 19 20127270113 36 20307941415 20100117283 20 20131367342 37 20321689222 20100117364 21 20131369396 38 20340944039 20100118174 22 20140913431 39 20344331431 20100126274 23 20143117261 40 20352436071 20100176531 24 20144755759 41 20356618166 20100313627 25 20198242684 42 20361022841 20100382602 26 20253604434 43 20379163581 20100653991 27 20254134318 44 20380418356 20101012710 28 20254586642 45 20381015018 20101320023 29 20254937887 46 20381444997 20106898309 30 20258286236 47 20387704117 20107628127 31 20258980108 48 20409644288 20108056941 32 20283731988 49 20419095525 33 34 20292584491 20301844591 50 51 20421383988 20425481038 Ord. 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 RUC 20430760514 20457830905 20468455529 20481061297 2048997595 20501483517 20501751201 20503388198 20504263780 20504762433 20504807984 20508261633 20508610409 20509177385 20509518981

230391-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan y excluyen Agentes de Retencion del Impuesto General a las Ventas
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 124-2008/SUNAT
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2008

16 20109284786 17 20112839691

231252-1

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