Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2008 (04/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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coordinacion con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. e) Disenar y regular el sistema de evaluacion del desempeno laboral y productividad en salud en el MORDAZA normativo vigente. f) Proponer mecanismos institucionales de negociacion en las relaciones del trabajo en salud. g) Proponer un plan de MORDAZA sanitaria que incluya un sistema de incentivos articulado al desempeno laboral, en concertacion con las Instituciones y actores sociales involucrados. h) Planificar, organizar y evaluar el MORDAZA de certificacion y recertificacion de los Recursos Humanos del area asistencial de los servicios de salud, en el MORDAZA normativo vigente. i) Elaborar y evaluar los acuerdos relacionados a la Gestion del Trabajo en Salud entre el Ministerio de Salud, los Gobiernos Regionales y los demas integrantes del Sistema Nacional de Salud. j) Brindar asistencia tecnica para la implementacion de las politicas nacionales y normas de Gestion del Trabajo en Salud." Articulo 3º.- Sustituyase la denominacion "Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos" por "Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos", en el texto del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud". Articulo 4º.- Deroguese los articulos 27-A, 35º, 36º y 37º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud.

Dejan sin efecto la R.M. N° 888-2004/ MINSA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 378-2008/MINSA MORDAZA, 3 de junio de 2008 Vistos: los Expedientes N°s. 08-040775-002 y 08048566-001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 19-DGS, del 29 de enero de 1965, modificado por el articulo 1° del Decreto Ley N° 21798, se establecio que el reconocimiento oficial de las instituciones constituidas por profesionales de la medicina o de cualesquiera de sus ramas, con fines cientificos, culturales o gremiales, se efectua por Resolucion Ministerial; Que, por Resolucion Ministerial N° 888-2004/MINSA, el Ministerio de Salud otorgo el reconocimiento oficial a la Asociacion Medica Peruana y la inscribio en el Registro de Asociaciones de Profesionales de la Medicina; Que, el articulo 3° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que es competencia de rectoria sectorial del Ministerio de Salud en el Sistema Nacional de Salud, la articulacion de recursos y actores publicos y privados, intra e intersectoriales, que puedan contribuir al logro de los objetivos de las politicas publicas de salud; Que, el otorgar reconocimiento oficial a una institucion especializada implica necesariamente que su actuacion debe estar acorde con los fines institucionales del Ministerio de Salud; toda vez que esta se constituye en un organismo que coadyuva al desarrollo de las actividades inherentes a las competencias del Sector Salud; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 183-2008MINSA, se oficializo la MORDAZA de Vacunacion para el Control Acelerado de la Hepatitis B, a nivel nacional, del 1 de MORDAZA al 30 de noviembre del ano 2008, en el MORDAZA de los compromisos asumidos en la XIII Reunion sobre Enfermedades Prevenibles por Vacunacion de la Region MORDAZA y en la XVII Reunion sobre Enfermedades Prevenibles por Vacunacion de la Region del MORDAZA Sur; Que, la Hepatitis B es una enfermedad prevalente en nuestro MORDAZA, es por ello que se dispuso realizar el Plan Acelerado de Control de la Hepatitis B, disponiendo la vacunacion a nivel nacional con tres (3) dosis de la vacuna contra Hepatitis B, a la poblacion comprendida entre los dos anos a diecinueve anos, once meses y veintinueve dias, en estricto cumplimiento de los Lineamientos de la Politica de Salud; Que, con Memorando N° 2015-2008-DGSP/MINSA, la Direccion General de Salud de las Personas ha informado que el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su condicion de Presidente de la Asociacion Medica Peruana viene cuestionando la MORDAZA de vacunacion MORDAZA citada, mediante presentaciones televisivas en la MORDAZA de MORDAZA, asi como, exposiciones ante padres de familia y autoridades educativas en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y Tacna; asimismo, es necesario precisar que el citado profesional medico se desempena en la MORDAZA V MORDAZA MORDAZA, como Supervisor de la citada MORDAZA, segun consta en el Expediente N° 08048566-001; Que, las acciones MORDAZA senaladas atentan contra el logro de los objetivos trazados por el Ministerio de Salud, en la medida que se distorsionan los alcances de la MORDAZA de Vacunacion para el Control Acelerado de la Hepatitis B, causando ademas un grave perjuicio al Estado; Que, estando a lo expuesto se advierte que no existe coherencia entre las acciones realizadas por el Presidente de la Asociacion Medica Peruana y la condicion de esta, como institucion oficialmente reconocida por el Ministerio de Salud; por lo que resulta necesario dejar sin efecto tal reconocimiento; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Vice Ministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657;

Articulo 5º.- Excluyase el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos-IDREH del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud Excluyase del Reglamento de la Ley Nº 27657-Ley del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA y modificatorias, el Articulo 35º de la mision y objetivos funcionales del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos. Articulo 6º.- Modificacion del MORDAZA de Desarrollo de Recursos Humanos Modifiquese en el Articulo 20º del Reglamento de la Ley Nº 27657-Ley del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA y modificatorias, la denominacion de Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos por el de Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos y suprimase la mencion a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos Articulo 7°.- Modificacion del plazo para la MORDAZA del Cuadro para Asignacion de Personal El Ministerio de Salud debera adecuar y presentar el Cuadro para Asignacion de Personal para su aprobacion, en un plazo de treinta (30) dias posteriores a la aprobacion del presente dispositivo. Posteriormente a la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal, mediante Resolucion Ministerial se aprobaran el Presupuesto Analitico de Personal y el Manual de Organizacion y Funciones. Articulo 8°.- Disposicion Complementaria Unica.- Mediante Resolucion Ministerial se dictara las medidas complementarias para la implementacion de la Oficina de Personal en la Oficina General de Administracion y de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos. Articulo 9º.- Normas Derogadas Deroguense todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 10º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil ocho MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA M. Ministro de Salud 208541-5

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