Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2008 (04/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2008

que garanticen la calidad de su desempeno y mejoren su calidad de vida; Que, en el MORDAZA de los lineamientos de politica y objetivo estrategico senalados, resulta necesario modificar el articulo 52º del precitado Reglamento, el cual establece los requisitos para la titulacion de los egresados de las Instituciones Superiores de Formacion Docente, a efectos de garantizar el establecimiento de condiciones que permitan elevar los criterios de exigencia para optar el Titulo Profesional de Profesor, en concordancia con los fines de la educacion peruana en general y de la educacion superior en particular; De conformidad con el numeral 3) del articulo 11º de la Ley Nº 29158 y el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion Modifiquese el articulo 52º del Reglamento General de los Institutos Superiores Pedagogicos y Escuelas Superiores de Formacion Docente Publicos y Privados, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2001-ED, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 52º.- El Ministerio de Educacion aprueba mediante Resolucion Ministerial, las normas correspondientes y vigencia de las mismas, para la titulacion de los egresados de las Instituciones Superiores de Formacion Docente: Institutos Superiores Pedagogicos, Escuelas Superiores de Formacion Artistica e Institutos Superiores que forman en carreras docentes, publicos y privados, en el MORDAZA de las politicas y objetivos estrategicos del Sector, que seran propuestas por la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional, dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica"; Articulo 2º.- Derogatoria Dejese sin efecto en lo que corresponda, las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 208541-3

y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica - IPEBA es el organo operador encargado de definir los criterios, indicadores y estandares de medicion para garantizar en las instituciones educativas de la Educacion Basica y TecnicoProductiva publicas y privadas los niveles aceptables de calidad educativa asi como alentar la aplicacion de las medidas requeridas para su mejoramiento; Que, el IPEBA cuenta con un organo de direccion constituido por un directorio conformado por seis (6) expertos de reconocido prestigio en el MORDAZA de la evaluacion, acreditacion y certificacion, propuestos, uno por el Ministerio de Educacion, uno por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, uno por las entidades educativas privadas, uno por los gremios empresariales, uno por el Centro de Planeamiento Estrategico Nacional - CEPLAN, y uno por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial, SENATI; Que, las instituciones MORDAZA mencionadas han cumplido con designar representantes, dentro del MORDAZA establecido en el articulo 29° del Reglamento de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2007-ED, con excepcion del Centro de Planeamiento Estrategico Nacional - CEPLAN, el mismo que no se encuentra en funcionamiento a la fecha; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° de la Ley N° 28740 y en el Decreto Supremo N° 018-2007ED; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designacion del Directorio del IPEBA Designar a los miembros del Directorio del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica -IPEBA, el cual quedara integrado por las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el Ministerio de Educacion. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Casildo, por las entidades educativas privadas. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los gremios empresariales; y, - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI. Articulo 2.- Del representante del CEPLAN El representante del Centro de Planeamiento Estrategico Nacional -CEPLAN, sera designado una vez que dicha institucion asuma sus funciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28522. Articulo 3.- MORDAZA Derogatoria Dejar sin efecto la Resolucion Suprema N° 019-2006ED. Articulo 4°.- Del Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 208541-6

Designan miembros del Directorio del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica IPEBA
RESOLUCION SUPREMA Nº 024-2008-ED MORDAZA, 3 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa, se MORDAZA los procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad educativa, se define la participacion del Estado en ellos y regula el ambito, la organizacion y el funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE), a que se refieren los articulos 14° y 16° de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion; Que, de conformidad con el articulo 21° de la Ley MORDAZA mencionada, el Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion

Aprueban el Plan Operativo Institucional 2008 del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0261-2008-ED MORDAZA, 2 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 71° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional

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