Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2008 (04/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2008

"j) Ejecutar la supervision tecnica, seguimiento y control de la ejecucion de obras a cargo de la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central-MINSA, asi como de los organos del Pliego 011-Ministerio de Salud en los casos que lo soliciten." "k)Elaborar expedientes tecnicos de obras de la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central-MINSA, asi como de los organos del Pliego 011-Ministerio de Salud, en los casos que lo soliciten." Articulo 66º.Sustituyase el literal a) con el siguiente texto: "a)Formular y difundir la politica y normas tecnicas del equipamiento en salud incluyendo vehiculos para el transporte asistido de pacientes, en coordinacion con la Direccion General de Salud de las Personas". Incorporese el literal i) "i) Elaborar las especificaciones tecnicas del equipamiento en salud para la adquisicion, uso y reposicion en los establecimientos publicos del sector salud". Articulo 67º.Incluyase los literales i) y j), con el siguiente texto: "i)Elaborar las especificaciones tecnicas para el mantenimiento, rehabilitacion y/o reemplazo de equipamiento e instalaciones de los establecimientos de salud del Ministerio de Salud. "j) Efectuar la supervision tecnica y participar en la recepcion, seguimiento y control de los servicios contratados y/o bienes para el mantenimiento de equipos e instalaciones de los establecimientos de salud a cargo de las Direcciones de Salud de MORDAZA y Callao y en los casos que sea requerido por las Direcciones Regionales de Salud". Articulo 2º.- Incluyase en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud los siguientes articulos: "ARTICULO 26º-A. OFICINA DE PERSONAL La Oficina de Personal, esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Formular el Presupuesto Analitico y Nominativo de Personal de la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central-MINSA y consolidar a nivel del Pliego 011Ministerio de Salud. b) Efectuar el control de asistencia y permanencia del personal, estableciendo los registros necesarios. c) Elaborar las planillas de remuneraciones y pensiones del Ministerio de Salud-Administracion Central. d) Promover la integracion del personal y un adecuado clima laboral del Ministerio de Salud-Administracion Central. e) Elaborar, ejecutar y evaluar el Plan de Capacitacion del personal del Ministerio de Salud-Administracion Central. f) Proponer y controlar la evaluacion del desempeno del personal del Ministerio de Salud-Administracion Central. g) Formular y ejecutar programas de salud ocupacional, asistencia social y servicios de bienestar al trabajador del Ministerio de Salud-Administracion Central. h) Mantener actualizado el legajo de personal, asi como la base de datos de los servidores del Ministerio de Salud-Administracion Central. i) Elaborar estadisticas del Personal del Ministerio de Salud-Administracion Central. j) Implementar el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud-Administracion Central. k) Ejecutar los procesos tecnicos de personal, segun la normatividad vigente. l) Efectuar la asignacion de funciones y las acciones de desplazamiento de personal a nivel interno e interinstitucional, segun la normatividad vigente m) Establecer y mantener relaciones de coordinacion con los organismos gremiales y colegios profesionales". "ARTICULO 67º-A. DIRECCION GENERAL DE GESTION DEL DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS La Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos, es el organo responsable de la

Gestion de Capacidades y del Trabajo en el Sistema Nacional de Salud y esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Elaborar, proponer y evaluar politicas nacionales, normas y estrategias para la Gestion de Capacidades y el Trabajo en Salud y brindar asistencia tecnica para su implementacion. b) Conducir la planificacion estrategica de la formacion, especializacion, capacitacion y dotacion de los recursos humanos para el Sistema Nacional de Salud. c) Disenar y articular procesos de produccion y difusion de informacion estrategica y del conocimiento, para la toma de decisiones en el MORDAZA del trabajo y capacidades en salud, en coordinacion con instituciones y actores sociales a nivel nacional. d) Proponer y evaluar acuerdos relacionados al trabajo y capacidades en salud que suscriba el Ministerio de Salud. e) Proponer mecanismos de coordinacion para la regulacion y concertacion de los procesos de formacion y trabajo en salud, en el MORDAZA de la normatividad vigente. f) Ejercer por delegacion la representacion del Ministerio de Salud en las instancias de regulacion y concertacion para la gestion del trabajo y la calidad educativa en salud. "ARTICULO 67º-B. DIRECCION DE GESTION DE CAPACIDADES EN SALUD La Direccion de Gestion de Capacidades en Salud esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer y evaluar politicas nacionales de Gestion de Capacidades en Salud, asi como sus mecanismos de implementacion. b) Proponer normas para la Gestion de Capacidades en Salud, incluyendo la Capacitacion, la Educacion Permanente en Salud, el Perfeccionamiento y la Especializacion, para la mejora del desempeno del Sistema Nacional de Salud. c) Promover la articulacion de los niveles de gobierno para la gestion descentralizada de Capacidades en Salud. d) Promover y consolidar mecanismos de regulacion y concertacion con las instituciones formadoras y prestadoras de servicios de salud, para la oferta educativa planificada. e) Regular los programas de pregrado, internado y MORDAZA especializacion en concordancia con las necesidades de salud del MORDAZA y en el MORDAZA de la articulacion docencia-servicio-investigacion. f) Promover y consolidar la Educacion Permanente en Salud a nivel nacional, como base del desarrollo de los Recursos Humanos en Salud. g) Conducir y regular los procesos de acreditacion de sedes docentes, MORDAZA clinicos de formacion en el pregrado, capacitacion y especializacion en salud. h) Elaborar y evaluar los acuerdos relacionados a la Gestion de Capacidades en Salud entre el Ministerio de Salud, los Gobiernos Regionales y los demas integrantes del Sistema Nacional de Salud. i) Brindar asistencia tecnica para la implementacion de las politicas nacionales y normas de Gestion de Capacidades en Salud. "ARTICULO 67º-C. DIRECCION DE GESTION DEL TRABAJO EN SALUD La Direccion de Gestion del Trabajo en Salud, esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer y evaluar politicas nacionales de gestion del trabajo en salud, asi como sus mecanismos de implementacion. b) Regular y planificar estrategicamente la dotacion de recursos humanos de salud en funcion de las necesidades del MORDAZA, incluyendo el Internado, el Servicio Rural MORDAZA Marginal en Salud-SERUMS y la MORDAZA Especializacion en Salud, en forma concertada con las instituciones y actores sociales a nivel nacional y regional. c) Proponer normas para la gestion del trabajo en salud, orientados a la mejora del desempeno laboral, la productividad y el bienestar de los Recursos Humanos en Salud. d) Disenar y mejorar continuamente los perfiles de competencias de los Recursos Humanos de salud, en

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