Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2008 (04/06/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

373367

Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Produccion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de la Produccion y por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 208541-8

- En el numeral 7, el organo y unidades organicas siguientes: "Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos. Direccion de Gestion de Capacidades en Salud Direccion de Gestion del Trabajo en Salud" Suprimase del numeral 6 la denominacion "Oficina de Recursos Estrategicos" Articulo 25º.Sustituyase el primer parrafo, con el siguiente texto: "La Oficina General de Administracion es el organo responsable de los Sistemas de Logistica, Contabilidad y Tesoreria, asi como de las actividades de ejecucion presupuestal y administracion de personal del Ministerio de Salud-Administracion Central; esta a cargo de las siguientes funciones generales:" Incluyase el literal n) con el siguiente texto: "n) Conducir el sistema de personal del Ministerio de Salud-Administracion Central, en el MORDAZA normativo vigente". Articulo 27º.Sustituyase los literales a), e) y f) con el siguiente texto: "a) Revisar y consolidar las necesidades de bienes, servicios y recursos estrategicos como son: medicamentos, insumos medicos y odontologicos, material de laboratorio, material de ayuda al diagnostico, asi como plaguicidas a nivel nacional, segun los requerimientos de las instancias correspondientes." "e) Brindar apoyo administrativo a los Comites Especiales de los procesos de seleccion de las adquisiciones y contrataciones de la unidad ejecutora a su cargo." "f) Almacenar adecuadamente los bienes adquiridos o recibidos por el Ministerio de Salud y ejecutar su distribucion a nivel nacional segun sea el caso, de acuerdo a las instrucciones de las areas tecnicas o usuarias de los bienes." Incluyase el literal o) con el siguiente texto: "o) Efectuar estudios de MORDAZA de bienes y servicios, determinando el valor referencial de los mismos." Suprimase el literal c). Articulo 43º.Sustituyase el literal g) con el siguiente texto: "g) Participar en la formulacion de la politica y establecimiento de las normas tecnicas para el desarrollo de la infraestructura, equipamiento y tecnologias en salud, incluyendo el equipamiento de vehiculos para el transporte asistido de pacientes". Articulo 45º.Sustituyase el literal g) con el siguiente texto: "g) Identificar y proponer a la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos, los perfiles de competencias para la implementacion del Modelo de Atencion, segun el nivel de complejidad de los establecimientos de salud, y de acuerdo con la normatividad vigente". Articulo 56º.Sustituyase el literal d) con el siguiente texto: "d)Normar, conducir, monitorear, vigilar, supervisar y evaluar a nivel nacional el Sistema de Suministro de Medicamentos e Insumos Medicos, Quirurgicos u Odontologicos Esenciales y Estrategicos, determinando las necesidades de los recursos estrategicos a nivel nacional para la programacion de la adquisicion, redistribucion y canje, en coordinacion con las Direcciones Regionales de Salud". Articulo 65º.Incluyase los literales i), j) y k), con el siguiente texto: "i) Elaborar las especificaciones tecnicas de las normas de infraestructura fisica de los establecimientos de salud publicos y privados, asi como guias para la elaboracion del expediente tecnico de obra."

SALUD
Modifican Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud
DECRETO SUPREMO N° 011-2008-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Sexta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que siendo la estructuracion de unidades organicas un recurso para lograr los objetivos funcionales de los procesos organizacionales que debe implementar el planeamiento estrategico, esta debe evolucionar permanentemente; Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho proceso; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y modificatorias se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; Que, por Decreto Supremo Nº 003-2007-SA, se aprobo la fusion por absorcion del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH con el Ministerio de Salud, correspondiendole a este, la calidad de entidad incorporante; Que, en tal sentido, resulta necesario modificar algunas funciones de Oficinas y Direcciones Generales del Ministerio de Salud, a fin de lograr su adecuada implementacion y cumplimiento, asi como evitar duplicidad de funciones; De conformidad con el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud. Modifiquese los articulos 5º, 25º, 27º, 43º, 45º, 56º, 65º, 66º y 67º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, en los terminos siguientes: Articulo 5º.Incorporese lo siguiente: - En el numeral 6, en el organo Oficina General de Administracion, la unidad organica siguiente: "Oficina de Personal". Suprimase del numeral 6 la denominacion Oficina General de Gestion de Recursos Humanos y sus Unidades Organicas que la componen.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.