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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (08/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de junio de 2008 373680 25977- Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Artículo 8º.- La Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, del Ministerio de la Producción, efectuará las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumplimiento del derecho administrativo otorgado a través de la presente Resolución Directoral, debiendo informar a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, para las acciones a que haya lugar. Artículo 9º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, impedirá que la embarcación a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución Directoral abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al fi nalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca, registrara alguna obligación pendiente frente al Ministerio de la Producción, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente Resolución Directoral. Artículo 10º.- La autorización que se otorga por la presente resolución no exime al recurrente de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demás dependencias de la Administración Pública. Artículo 11º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce. gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 210319-3 RELACIONES EXTERIORES Designan integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de organizar la Sexta Versión de la Conferencia sobre Comercio Seguro en la Región del Asia Pacífico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0689-2008-RE Lima, 4 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 128-2008- PCM, de 18 de abril de 2008, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de preparar y organizar la Sexta Versión de la Conferencia sobre Comercio Seguro en la Región del Asia Pacífi co (STAR VI), dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el artículo 2º de la referida Resolución Ministerial señala que el Grupo de Trabajo Multisectorial estará conformado entre otros, por dos representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el Artículo 5º de la mencionada Resolución Ministerial indica que la designación de los integrantes se hará mediante Resolución del titular del sector correspondiente en el plazo de (10) días hábiles desde la fecha de publicación de la referida Resolución Ministerial, debiendo designarse un representante alterno en caso de ausencia del titular; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAP) Nº 0378/2008, de 12 de mayo de 2008, de la Subsecretaría para Asuntos de Asia, Cuenca del Pacífi co, África y Medio Oriente, y estando a lo opinado por la Dirección General de Asuntos Legales, en su Memorándum (DGL) Nº 875, de 6 de mayo de 2008; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 35° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el artículo 4° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos como miembros de Comisiones Multisectoriales; y el artículo 5° de la Resolución Ministerial N° 128-2008-PCM; SE RESUELVE:Artículo único.- Designar como representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, para integrar el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de preparar y organizar la Sexta Versión de la Conferencia sobre Comercio Seguro en la Región del Asia Pacífi co (STAR VI); a los funcionarios que a continuación se indican:  Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Raúl Alfredo Salazar Cosío, como miembro Titular;  Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Cristóbal Melgar Pazos, como miembro Titular;  Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República, Alicia María Espinoza Paredes, como miembro Alterna; y,  Economista Silvana Huanqui Valcárcel, como miembro Alterna. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 209845-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Brasil para participar en la Reunión de Altos Funcionarios del Foro de Países de América del Sur - África RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0692-2008-RE Lima, 4 de junio de 2008 CONSIDERANDO:Que, los días, 10 y 11 de junio del 2008, se celebrará en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, la Primera Reunión de Altos Funcionarios del foro de países de América del Sur - África (ASA), preparatoria de la II Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de dicho foro, que se llevará a cabo en Caracas, Venezuela los días 28 y 29 de noviembre del 2008; Que, la citada Reunión de Altos Funcionarios se realizará de acuerdo a las decisiones adoptadas en la Declaración de Abuja, capital de Nigeria, en donde se celebró la Primera Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del foro ASA, en noviembre del 2006; Que, el Perú ha participado en todas las reuniones del foro ASA; Que, en el marco del foro ASA es conveniente a los intereses del Perú desarrollar una política de acercamiento a los países del continente africano; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAP) N° 0416/2008, de la Subsecretaría para Asuntos de Asia, Cuenta del Pacífico, Africa y Medio Oriente, de 29 de mayo de 2008; y, lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2868, del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 29 de mayo de 2008; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso f) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior Descargado desde www.elperuano.com.pe