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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de junio de 2008 373692 los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 210161-7 Autorizan ampliación de periodo de auditoría financiera y examen especial a la información presupuestaria respecto del PEAR/ Convenio de Préstamo BIRF Nº 7176-PE RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 230-2008-CG Lima, 5 de junio de 2008 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 31-2008-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre la autorización de la ampliación del período de la auditoría para realizar la auditoría fi nanciera y examen especial a la información presupuestaria respecto del Proyecto de Educación en Áreas Rurales (PEAR) / Convenio de Préstamo BIRF Nº 7176-PE / Ministerio de Educación, por el período 1.Ene.2008 al 30.Abr.2008; CONSIDERANDO: Que, el 5.Dic.2003, la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF (Banco Mundial) celebraron el Convenio de Préstamo Nº 7176/PE, para la asistencia en el fi nanciamiento de la Primera Fase del Programa de Educación Rural, siendo objetivos del Proyecto mejorar el acceso a la educación básica y su calidad en las áreas rurales, mejorar la calidad y la motivación del maestro y, fortalecer la gestión de la educación; Que, con Resolución de Contraloría Nº 440-2006-CG de 29.Dic.2006 -como resultado del Concurso Público de Méritos Nº 05-2006-CG- se designa entre otras, a la sociedad de auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil para realizar la auditoría a los estados fi nancieros y examen especial a la información presupuestaria respecto del Proyecto de Educación en Áreas Rurales (PEAR) / Convenio de Préstamo BIRF Nº 7176-PE / Ministerio de Educación, por el período 2006 y 2007; Que, el literal (b) de la Cláusula 4.1 del artículo IV “De los Convenios Financieros” del Convenio de Préstamo Nº 7176-PE establece que: “El Prestatario a través del MED, deberá: (i) someter a auditoría los registros y cuentas a los que se hace referencia en el inciso (a) de la presente Cláusula, incluidos aquellos de las Cuentas Especiales para cada año fi scal, siguiendo los principios de auditoría apropiados aplicados en forma consistente. Esta auditoría deberá estar a cargo de auditores independientes que sean aceptables para el Banco; (ii) proporcionar al Banco, tan pronto se tenga disponibilidad, pero en cualquier caso a más tardar 6 meses después de la fi nalización de dicho año, el informe de la referida auditoría efectuada por los auditores que se menciona, con el alcance y los detalles que el Banco haya solicitado razonablemente, incluida, como parte de la información que se ha de proporcionar en cada uno de tales informes, una carta de administración referida a los controles internos;(…)”; Que, asimismo, el literal (a) de la mencionada Cláusula 4.01 señala que el Prestatario a través del Ministerio de Educación, deberá mantener o disponer que se mantenga, de conformidad con las buenas prácticas de contabilidad, registros y cuentas adecuadas que refl ejen las operaciones, recursos y gastos relativos al Proyecto, de los departamentos o dependencias del Prestatario que sean responsables de llevar a cabo el Proyecto o cualquier parte del mismo; Que, conforme a la Cláusula 2.03 del Artículo II del citado Convenio de Préstamo, la fecha de cierre será el 31.Dic.2007 o bien aquella fecha posterior que el Banco establezca; asimismo, la Entidad ha comunicado que el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF (Banco Mundial) ha autorizado el período de gracia para el Proyecto de Educación en Áreas Rurales del 1.Ene al 30.Abr.2008 en el cual se culminarán las actividades del Proyecto; Que, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF (Banco Mundial) ha otorgado la No Objeción a la ampliación del período de la auditoría para realizar la auditoría respecto del Proyecto de Educación en Áreas Rurales (PEAR) / Convenio de Préstamo BIRF Nº 7176-PE / Ministerio de Educación con la sociedad Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil, por el período 1.Ene.2008 al 30.Abr.2008; Que, asimismo mediante el documento del Visto se ha determinado que la solicitud presentada por el Ministerio de Educación se encuentra dentro del alcance de lo dispuesto en los artículos 6º literal d), 24º literales b), c) d) y e) y 63º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22° y 32° literal l) de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y el artículo 63º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Ministerio de Educación la ampliación del período de la auditoría a fi n que la sociedad de auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil realice la auditoría fi nanciera y examen especial a la información presupuestaria respecto del Proyecto de Educación en Áreas Rurales (PEAR) / Convenio de Préstamo BIRF Nº 7176-PE / Ministerio de Educación, por el período 1.Ene.2008 al 30.Abr.2008. Artículo Segundo.- El Ministerio de Educación deberá suscribir un nuevo contrato de servicios profesionales de auditoría externa con la sociedad de auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil para la auditoría y examen señalado en el artículo precedente; sujetándose a lo establecido en el Convenio de Préstamo Nº 7176/PE, a los lineamientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF (Banco Mundial) y demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado con R.C. Nº 063-2007-CG, en lo que resulte aplicable, disposiciones del Sistema Nacional de Control y demás normas que sean pertinentes. Artículo Tercero.- La sociedad de auditoría deberá encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades Califi cadas para la Designación y Contratación de Auditorías en las Entidades sujetas a Control de la Contraloría General. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría y al Departamento de Auditorías Financieras, órgano dependiente de la Gerencia del Sector Económico, la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 210161-8 Autorizan viaje de funcionario para participar en la VI Reunión de la Comisión Técnica Especial de Medio Ambiente - COMTEMA que se realizará en Brasil RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 231-2008-CG Lima, 6 de junio de 2008 VISTOS, el Aviso Nº 310-GP/TCU del Tribunal de Cuentas de la Unión del Brasil y la Hoja de Recomendación N° 021-2008-CG/CT de la Gerencia de Cooperación Técnica; CONSIDERANDO:Que, conforme a los documentos de vistos, el Presidente del Tribunal de Cuentas de la Unión del Brasil y Presidente Descargado desde www.elperuano.com.pe