Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (08/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de junio de 2008 373681 de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Luis Santiago Espinosa Oyola, Director de Africa, de la Dirección General de Africa y Medio Oriente, de la Subsecretaría de Asia, Cuenta del Pacífi co, Africa y Medio Oriente, a la ciudad de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, de 10 al 11 de junio de 2008, a fi n de que participen en la Reunión de Altos Funcionarios del Foro de Países de América del Sur - Africa (ASA). Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior (Política Bilateral), debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Luis Santiago Espinosa Oyola 1,547.68 200.00 2+1 600.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 209845-2 SALUD Amplían número de miembros de la Comisión Técnica encargada de revisar, evaluar y proponer la norma de carrera de los profesionales de la salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 383-2008/MINSA Lima, 5 de junio del 2008 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 213-2008/MINSA, de fecha 19 de marzo de 2008, se conformó la Comisión Técnica encargada de revisar, evaluar y proponer la norma de carrera de los profesionales de la salud; Que, la trascendencia de la labor encomendada determina que resulte necesario ampliar el número de miembros de la precitada Comisión, de modo tal que se incorpore a un representante de la Dirección General de Promoción de la Salud, Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Agréguese el literal f) al Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 213-2008/MINSA, en los siguientes términos:“f. Un representante de la Dirección General de Promoción de la Salud. Artículo 2º.- Quedan subsistentes los artículos 2º y 3º de la Resolución Ministerial Nº 213-2008/MINSA Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 210136-1 Aprueban Directiva Administrativa para la Implementación y Mantenimiento del Registro Nacional de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 384-2008/MINSA Lima, 5 de junio del 2008 Visto el Expediente Nº 07-074581-001 que contiene el Memorándum Nº 0096-2008-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO;Que, el desarrollo e integración de procesos y sistemas de información sectoriales, constituye uno de los objetivos funcionales del Ministerio de Salud, tal como se encuentra dispuesto en el numeral 3 del Artículo 5º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; Que, la Quinta Disposición Complementaria y Final del Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2006-SA, dispone la creación del Registro Nacional de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo en el Ministerio de Salud, el mismo que será conducido por la Dirección General de Salud de las Personas o quien haga sus veces; Que, de otro lado la Sexta Disposición Complementaria del citado Reglamento dispone que las Direcciones Regionales de Salud o Direcciones de Salud, en su jurisdicción, conducen el Registro de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, en el que se inscriben los establecimientos y servicios que presenten la comunicación a que se refi ere el primer párrafo del artículo 7º y la Tercera Disposición Complementaria de dicho Reglamento; Que, en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 024- 2005-SA, aprueba, entre otros, la Identifi cación Estándar de Dato en Salud Nº 004: “Establecimiento de Salud y de Servicio Médico de Apoyo en el Sector Salud” y establece en el numeral 6.1 y 6.2 de las Disposiciones Finales de dicha Identifi cación, la elaboración del catálogo sectorial de Establecimientos de Salud y de Servicios Médicos de Apoyo, correspondiendo al Ministerio de Salud conducir dicho proceso, así mismo, que dicho Catálogo Sectorial será aprobado con Resolución Ministerial, incorporando el plan de implantación correspondiente, respectivamente; Que, el Artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que la Dirección de Salud de las Personas es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados a los servicios de salud; Que, asimismo el Artículo 28º del precitado Reglamento establece que la Ofi cina General de Estadística e Informática es órgano responsable de la administración de recursos informáticos del Ministerio; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Ofi cina General de Estadística e Informática, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal I) de artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº131 -MINSA/DGSP/OGEI - V.01 “Directiva Administrativa para Descargado desde www.elperuano.com.pe