TEXTO PAGINA: 16
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de junio de 2008 374562 CONSIDERANDO: Que, del 23 al 24 de junio del 2008, se celebrará en la ciudad de Santiago, República de Chile, la Primera Reunión del Grupo de Trabajo sobre el Consejo de Defensa Sudamericano de UNASUR; Que, la citada Reunión del Grupo de Trabajo se realizará de acuerdo a las decisiones adoptadas en la Reunión Extraordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), celebrada el 23 de mayo de 2008, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, el Perú ha participado en todas las reuniones del foro UNASUR; Que, es conveniente a los intereses del Perú desarrollar una política de acercamiento a los países sudamericanos en los ámbitos de defensa y seguridad; Teniendo en cuenta los Memoranda (DGS) N° DGS0359/ 2008, de la Dirección General para Asuntos de Seguridad y Defensa, de 10 de junio de 2008, y (SAA) Nº 0375/2008, de la Subsecretaría para Asuntos de América, de 19 de junio de 2008, respectivamente; y lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 3324, del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 18 de junio de 2008; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso f) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Luis Salinas Montes, Director General de Sudamérica, de la Subsecretaría para Asuntos de América, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 23 al 24 de junio de 2008, para que participe en la Primera Reunión del Grupo de Trabajo sobre el Consejo de Defensa Sudamericano de UNASUR. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01281 – Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ José Luis Salinas Montes 825.80 200.00 2+1 600.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 216571-1TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban transferencia financiera del Programa “Construyendo Perú” a favor del AAHH Marko Emilio Jara Schenone RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2008-TR Lima, 20 de junio de 2008 VISTOS: Los memorandum Nºs 211 y 225-2008- DVMPEMPE/CP-OAF del 22 de mayo y 3 junio de 2008, respectivamente, del Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el informe Nº 175-2008-DVMPEMPE/CP-OPP del 29 de mayo de 2008, del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú; el informe legal Nº 204-2008-DVMPEMPE/CP-OAL del 11 de junio de 2008, de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Legal del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el ofi cio Nº 646-2008- MTPE/3/14.120 del 13 de junio de 2008, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 29035, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y Dicta otras medidas, establece en su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Disposición Final, que el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, creado mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001 como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal, siendo su objetivo la generación de ingresos temporales y el desarrollo de capacidades para la población desempleada de las áreas urbanas y rurales favoreciendo prioritariamente a aquellas con menores niveles de ingreso económico, en situación de pobreza y extrema pobreza; y en adelante, de conformidad con su ámbito y alcance, se denominará Programa de Emergencia Social productivo “Construyendo Perú” (En adelante el PROGRAMA); Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del PROGRAMA se lograrán a través del fi nanciamiento de proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra, el cual será aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo conforme a los criterios de focalización y selección que el sector establezca; Que según lo mencionado precedentemente, el PROGRAMA efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 105- 2008-TR del 9 de abril de 2008, que aprueba “Disposiciones para la tramitación de las transferencias fi nancieras que realiza el PROGRAMA a favor de entidades privadas”, establece que serán aprobadas por resolución ministerial aquellas transferencias fi nancieras correspondientes a proyectos de obras o servicios cuyo fi nanciamiento individual respecto al rubro “otros” o de la bonifi cación económica por formulación de proyectos sea igual o superior a las diez (10) unidades impositivas tributarias; Que mediante Resolucion Directoral Nº 151-2007- DVMPEMPE/CP del 9 de noviembre de 2007, se autorizó, entre otros, la transferencia fi nanciera por la suma de S/. 42 291,03 (Cuarenta y dos mil doscientos noventa y uno y 03/100 nuevos soles) a favor del AAHH Marko Emilio Jara Schenone, organismo ejecutor del sector privado por concepto del rubro “otros” del convenio Nº 29-0018-10 suscrito en el marco del Concurso de Proyectos Regulares de la XII Convocatoria Nacional del PROGRAMA; Que mediante memorando Nº 225-2008-DVMPEMPE/ CP-OAF del 3 de junio de 2008, el Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas del PROGRAMA indica que la transferencia a que se refi ere el considerando precedente no se pudo realizar en mérito a la naturaleza y el tiempo de duración de la ejecución del referido convenio; Descargado desde www.elperuano.com.pe