Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2008 (08/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

368436
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de marzo de 2008

Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA es la instancia ejecutiva y administrativa de gestion en nuestro departamento. En tal condicion realiza y genera, tramites, procesos, acciones, planes y programas, los cuales generan documentacion diversa fisica y virtual y/o electronica; Que, la gestion regional 2007 - 2010, considera importante que se genere una identidad asociada a MORDAZA a partir del uso de un logotipo e isotipo que resalte y haga notar el MORDAZA de gestion a desarrollarse en estos anos; es por ello que resulta conveniente que MORDAZA tenga una imagen y lema que identifique nuestra conviccion, percepcion y accion de los que la actual gestion regional; Que, Nawpaqman MORDAZA, busca igualmente reconocer el valor del idioma de nuestros ciudadanos quechuahablantes, dandole valor desde una expresion que identifica la voluntad del pueblo por avanzar y alcanzar el desarrollo y el progreso con justicia y equidad. Sera asi, nuestra identidad grafica, nuestro distintivo y nuestro aspecto visual. Al sostener que "Apurimac se Adelanta" resaltamos nuestra voluntad y decision de emerger del atraso y de la pobreza en la que se encuentra nuestra region, "se adelanta" para superar con verdadera prioridad los indicadores deficitarios en materia de nutricion, acceso a la educacion y salud, inequidad en las inversiones en el MORDAZA, entre otros. Es decir se busca que establecer una imagen y un texto que se complementen entre si y que MORDAZA el simbolo "iconico" de la Gestion Regional 2007 - 2010; Que, este simbolo y texto se complementa con los ejes del Plan de Desarrollo Institucional y que estan igualmente expresados en quechua: Allin Winanapaq, Wichayman Purinapaq Nan, Tarpunapaq Yaku, Pachamama Kuyaq y Allin Camachiq; Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, a los Articulos 9º, 15º y 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y Leyes Modificatorias; y estando a lo expuesto, acordado y aprobado, con el MORDAZA unanime de los miembros integrantes del Consejo Regional de MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- INSTITUCIONALIZAR el uso del Logotipo e Isotipo NAWPAQMAN MORDAZA de forma obligatoria en todas las Entidades y Dependencias del Gobierno Regional de Apurimac. Articulo Segundo.- Precisar que mediante la utilizacion del Logotipo e Isotipo NAWPAQMAN MORDAZA no se reemplaza los simbolos ya reconocidos de la Institucion, debiendose incluir de manera obligatoria en los documentos de MORDAZA institucional, en la publicidad que se divulgue, en las imagenes institucionales, en la difusion mediante medios electronicos, impresos, e inclusive auditivos, cuyo tamano debera ajustarse a las dimensiones de los documentos de uso formal, manteniendo eventualmente los MORDAZA originarios, o en escalas o tonos de grises como imagen difuminada de fondo de los documentos, publicaciones y materiales de difusion de la Gestion Regional. Articulo Tercero.- Disponer, al Gerente General, Gerentes Regionales, Gerentes Subregionales, Directores Regionales, Directores Sectoriales y Jefes de Instituciones y Unidades Ejecutoras, el estricto cumplimiento bajo responsabilidad, de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En Abancay a los once dias del mes de febrero del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejo Regional de Apurimac. Presidente del

Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los doce dias del mes de febrero del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA

172560-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Institucionalizan la creacion del Consejo Regional de los Pueblos Indigenas de MORDAZA - MORDAZA Central
ORDENANZA REGIONAL Nº 070-2007-GRJ/CR
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria celebrada a los 17 dias del mes de diciembre de 2007, en el Convenio Minsa ­ Doe Run ­ Ugel de la Provincia de Yauli, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 sus modificatorias; y demas Normas Complementarias. Las Comisiones Permanentes de Desarrollo Social, Comunidades Campesinas y Nativas, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y Derechos Humanos, de la Mujer y la Familia, del Consejo Regional, elevan sus respectivos dictamenes aprobados para "Institucionalizar la Creacion del Consejo Regional de los Pueblos Indigenas de MORDAZA - MORDAZA Central CONSIDERANDO: Que, los literales a) y b) del inciso 1) del articulo 1º del Convenio OIT Nº 169 sobre Pueblos Indigenas y Tribales en Paises Independientes, senala que el presente Convenio se aplica: "A los pueblos tribales en paises independientes, cuyas condiciones sociales culturales y economicas les distingan de otros sectores de la colectividad nacional, y que esten regidos total o parcialmente por sus propias costumbres o tradiciones o por una legislacion especial"; y "Considerados indigenas por el hecho de descender de poblaciones que habitaban en el MORDAZA o en una region geografica a la que pertenece el MORDAZA en la epoca de la conquista o la colonizacion o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera que sea su situacion juridica, conserven todas sus propias instituciones sociales, economicas, culturales y politicas, o parte de ellas". Que, el inciso 1) del articulo 2º del Convenio OIT Nº 169 sobre Pueblos Indigenas y Tribales en Paises Independientes senala que: "Los gobiernos deberan asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participacion de los pueblos interesados, una accion coordinada y sistematica con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad. Que, los literales a), b) y c) del inciso 2) del articulo 2º del Convenio OIT Nº 169 sobre Pueblos Indigenas y Tribales en Paises Independientes senala que: "Esta accion debera incluir medidas: que aseguren a los miembros de dichos pueblos gozar, en pie de igualdad, de los derechos y oportunidades que la legislacion nacional otorga a los demas miembros de la poblacion"; "que promuevan la plena efectividad de los derechos sociales, economicos y culturales de esos pueblos, respetando su identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones"; y "que ayuden a los miembros de los pueblos interesados a eliminar las diferencias socioeconomicas que puedan existir entre los miembros indigenas y los demas miembros de la comunidad nacional, de una manera compatible con sus aspiraciones y formas de vida". Que, el articulo 1º de la Declaracion de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indigenas

AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.