Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2008 (18/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 18 de marzo de 2008

Municipalidad Provincial del Callao Gerencia General de Desarrollo MORDAZA Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro REGLAMENTO DE UBICACION DE ACTIVIDADES URBANAS, ESTANDARES DE CALIDAD Y CUADRO DE NIVELES OPERACIONALES PARA LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO CONTENIDO

I. NORMAS GENERALES 1. OBJETO 2. FINALIDAD 3. AMBITO DE APLICACION 4. RESPONSABILIDADES 5. DEFINICIONES 6. ACTIVIDADES COMPATIBLES EN APLICACION DE LA CIIU II. UBICACION DE ACTIVIDADES URBANAS, ESTANDARES DE CALIDAD Y CUADRO DE NIVELES OPERACIONALES. 1. Actividades Urbanas en Zonas Residenciales (RDM, RDMA, RDA). 1.1 Actividades Urbanas restringidas compatibles con el uso de vivienda en zonas residenciales (RDM, RDMA, RDA), MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE) y MORDAZA Monumental (ZM). 1.2 Actividades Urbanas en Zonas Residenciales (RDM, RDMA, RDA). 2. Actividades Urbanas en zonas comerciales CL, CD, CP. 2.1 Actividades Urbanas en zonas de Comercio Local CL. 2.2 Actividades Urbanas en zonas de Comercio Distrital CD. 2.3 Actividades Urbanas en zonas de Comercio Provincial CP. 3. Actividades Urbanas en MORDAZA mixta MDM. 4. Actividades Urbanas en zonas industriales IEL, IG, IP. 5. Actividades Urbanas en MORDAZA de Reglamentacion Especial ZRE. 6. Actividades Urbanas en MORDAZA Monumental ZM. 7. Actividades Urbanas en MORDAZA de Recreacion Publica ZRP. 8. Actividades Urbanas en MORDAZA de Habilitacion Recreacional Especial ZHRE. III. ESTANDARES DE CALIDAD Y NIVELES OPERACIONALES PARA ACTIVIDADES ESPECIALES: 1. Estacion de servicio (grifos) 2. Locales de hospedaje (hoteles, hostales, moteles, pensiones y otros) 3. Centros Educativos. 4. Restaurantes (Pollerias, Cevicherias, Chifas, Pizzerias y otros) 5. Discotecas, Pubs, Karaokes y otros. 6. Centros de Culto Religioso 7. Centros Medicos 8. Panaderias 9. Antenas, Estaciones de Telefonia Base Celular IV. DISPOSICIONES FINALES
REGLAMENTO DE UBICACION DE ACTIVIDADES URBANAS, ESTANDARES DE CALIDAD Y CUADRO DE NIVELES OPERACIONALES PARA LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO

que se desarrollan en la Provincia del Callao, en funcion de su ubicacion y compatibilidad con el suelo MORDAZA establecido en la Zonificacion vigente y de acuerdo a los postulados contenidos en el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010, determinando ademas los estandares de calidad, y los niveles operacionales que se deben cumplir para preservar, recuperar o elevar la calidad MORDAZA de cada MORDAZA, dentro del MORDAZA legal existente, siendo de aplicacion complementaria a las normas generales de obligatorio cumplimiento, contenidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones y otras normas especificas de cada actividad. Articulo 2°.- FINALIDAD 2.1 Alcanzar un alto grado de proteccion de las personas y del medio ambiente en su conjunto, para garantizar una mejor calidad de MORDAZA, mediante la utilizacion de instrumentos que permitan prevenir y evitar o cuando ello no fuera posible, mitigar, minimizar, corregir y controlar los impactos y afecciones de todo MORDAZA que las actividades urbanas puedan originar sobre las distintas zonas de la ciudad. 2.2 Lograr una convivencia armonica entre las zonas comerciales e industriales y las zonas residenciales de la provincia, abordando los problemas ambientales propios de las ciudades puerto. 2.3 Promover el Desarrollo Economico de la Provincia del Callao, implantando una adecuada infraestructura comercial e industrial, con altos estandares de calidad, en concordancia con la identidad de la MORDAZA - puerto, logrando una dinamica MORDAZA que responda a las exigencias que el modelo competitivo mundial que en materia portuaria y ambiental, nos impone. Articulo 3°.- AMBITO DE APLICACION Las disposiciones de la presente MORDAZA, seran de aplicacion para toda persona natural o juridica que desee solicitar una Licencia de Obra o de Funcionamiento en el ambito de la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 4°.- RESPONSABILIDADES Para los fines del cumplimiento de la presente MORDAZA la responsabilidad alcanza a: 4.1 Los profesionales proyectistas, responsables de obra y propietarios de los inmuebles, en los tramites de Licencia de Obra, (en cualquiera de sus modalidades) y las actividades relacionadas a la ejecucion de cualquier MORDAZA de obra privada o publica. 4.2 Los titulares o promotores a cargo del desarrollo de las Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios en los tramites de Licencia de Funcionamiento (en cualquiera de sus modalidades) y las actividades conexas, MORDAZA de indole privada o publica. Articulo 5°.- DEFINICIONES Para los efectos de la presente MORDAZA se entendera por: a) Aforo.- Es la cantidad MORDAZA de personas que puede albergar un establecimiento segun sus caracteristicas de uso, area, salidas y rutas de escape, anchos de escaleras y pasadizos, distribucion y mobiliario. b) CIIU.- Es la Clasificacion Industrial Internacional Uniforme, establecida por la ONU. La CIIU Revision 3, en la que esta basado el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas de la Provincia Constitucional del Callao, es una clasificacion de las actividades economicas que permite que los paises produzcan datos e informacion estadistica de acuerdo con categorias comparables a escala internacional.

I. NORMAS GENERALES Articulo 1°.- OBJETO El presente Reglamento tiene por objeto establecer las regulaciones tecnicas de las actividades urbanas

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