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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2008 (20/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de marzo de 2008 369199 años constantes cambios con incidencia en el desarrollo comercial, edifi catorias y vial, en el cual se ha observado un crecimiento cada vez mayor en comparación con su entorno urbano que presenta un carácter más residencial; Que, asimismo, la citada Subgerencia señala que conforme lo establece la Ordenanza Nº 1017-MML, le corresponde a la Av. Sucre una zonifi cación de Comercio Zonal, vale decir, que desde el punto de vista urbano se tiene previsto afi anzar en esta Avenida los usos comerciales por consolidación de la zona. Cabe señalar que conforme al artículo 27º de la Ordenanza Nº 620-MML, se debe entender por zonifi cación al conjunto de normas urbanísticas que regulan el uso del suelo en función de las demandas físicas, económicas y sociales de la población, permitiendo la localización compatible, equilibrada y armónica de sus actividades con fi nes de vivienda, producción, comercio, industria, equipamiento, servicios, recreación, turismo, cultura, protección ambiental y de defensa civil, garantizando el uso más apropiado, conveniente y oportuno del suelo urbano de la metrópoli, incluyendo sus áreas territoriales circundantes; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica de esta Corporación Edil señala en su Informe Nº 048-2008-MPL-OAJ del 12.02.08, que teniendo en cuenta que la Av. Sucre cuenta con una zonifi cación de Comercio Zonal de acuerdo a lo regulado por la Ordenanza Nº 1017-MML y que a la fecha la misma se ha consolidado urbanamente como un área comercial dentro del distrito, no existe inconveniente legal en que se levante la suspensión a que se refi ere la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 261-MPL; y, En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación por Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE EXCEPTÚA A LA AV. SUCRE DE LOS ALCANCES DE LA TERCERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DE LA ORDENANZA Nº 261-MPL Artículo Primero.- Exceptuar de los alcances de la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 261-MPL, a los predios ubicados en la Av. Sucre del distrito de Pueblo Libre incursos dentro del ámbito de aplicación de la citada norma, de conformidad con los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- Disponer que para efectos de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo primero de la presente Ordenanza, se deberán tomar las precauciones del caso a efectos de no generar impactos negativos a la Zona Monumental del distrito de Pueblo Libre. Artículo Tercero.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones de la Gerencia de Servicios al Vecino, su difusión a la Ofi cina de Imagen Institucional y su publicación a la Secretaría General. Artículo Cuarto.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas reglamentarias y complementarias que fueran necesarias para cumplir con los fi nes de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 178156-2 Designan funcionaria responsable de entregar información que demanden los ciudadanos RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 098-2008-MPL Pueblo Libre, 10 de marzo de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806, modifi cada por la Ley Nº 27927, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º de la citada ley establece que las entidades públicas designarán un funcionario responsable de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; asimismo, de acuerdo al artículo 8º, las entidades obligadas a brindar información, identifi carán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar la información solicitada; Que, la designación que se efectúa no exime a las áreas que produzcan o posean la información que se solicite, de su responsabilidad de proporcionarla en la forma y condiciones que hagan posible el cumplimiento de los plazos establecidos por Ley; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a la señora JULIA PATRICIA DE LA VEGA CARMONA - Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre como funcionario responsable de entregar la información que demanden los ciudadanos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 27806 modifi cada por Ley Nº 27927. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe). Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 178156-3 Designan funcionario responsable de elaborar y actualizar el portal de transparencia RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 099-2008-MPL Pueblo Libre, 10 de marzo de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806, modifi cada por la Ley Nº 27927, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5º de la citada ley establece que las entidades públicas deberán identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, la designación que se efectúa no exime a las áreas que produzcan o posean la información materia de publicación en el Portal Institucional, de su responsabilidad de proporcionarla en la forma y condiciones que hagan posible el cumplimiento de la Ley; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor JACINTO OSCAR GÓMEZ MARÍN - Director de la Ofi cina de Informática de la Municipalidad de Pueblo Libre como funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 27806 modifi cada por Ley Nº 27927. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así