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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de mayo de 2008 372234 Segundo: Que, el citado certamen tiene como objetivo analizar diversos aspectos relacionados con el desarrollo de una agenda de reformas a la justicia civil en Latinoamérica y discutir iniciativas, ya en marcha en Europa o en esta misma región, con el fi n de solucionar de forma innovadora los problemas que en esta materia enfrenta nuestra región, como ocurre con el caso de la denominada justicia de pequeñas causas, su vinculación con la justicia ordinaria, políticas de desjudicialización y de coordinación entre la justicia formal y los métodos alternos de resolución de confl ictos, análisis de experiencias exitosas al respecto. Debiendo destacarse que tratándose de reformas cuya mayoría se encuentran en etapa de diseño o tramitación parlamentaria, el seminario combinará discusiones teóricas sobre sus orientaciones, con la presentación de experiencias concretas de iniciativas ya en ejecución; todo lo cual resulta convergente con los esfuerzos que el Poder Judicial peruano viene desarrollando dentro de los proyectos de mejoramiento de los servicios de justicia; Tercero: Que, dada la trascendencia de los temas a tratar en el Seminario Internacional “Innovación en la Justicia Civil”, resulta conveniente la participación del doctor César Gilberto Castañeda Serrano, Vocal provisional de la Corte Suprema de Justicia; correspondiendo al Poder Judicial y a la Unidad de Coordinación de Proyectos, respectivamente, asumir los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, considerando el itinerario de viaje; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 241º, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al señor César Gilberto Castañeda Serrano, Vocal provisional de la Corte Suprema de Justicia, para que participe en el Seminario Internacional “Innovación en la Justicia Civil”, que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, del 13 al 16 de mayo del año en curso; concediéndosele la licencia con goce de haber respectiva. Artículo Segundo.- Los gastos de pasajes aéreos y viáticos, no cubiertos por la entidad organizadora del referido evento, serán de cargo de la Unidad de Coordinación de Proyectos. Asimismo, la Gerencia General del Poder Judicial cubrirá los siguientes gastos: Gastos de inscripción US$ 100.00 Impuesto Aéreo US$ 30.25 Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- El nombrado Magistrado deberá remitir a este Órgano de Gobierno informe documentado sobre el cumplimiento de la presente resolución dentro del plazo de 15 días posteriores a la conclusión del citado evento. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Secretaria Ejecutiva y Coordinadora de Eventos del Centro de Estudios de Justicia de las Américas - CEJA, al Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al magistrado designado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZ 199922-2Destituyen a Jefe de la Mesa de Partes de los Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima INVESTIGACIÓN N° 117-2005-LIMA (Cuaderno de propuesta de destitución de servidores judiciales) Lima, veintiuno de enero de dos mil ocho.VISTA: La investigación número ciento diecisiete guión dos mil cinco guión Lima, que contiene la propuesta de destitución de los servidores judiciales Roberto Alegría Llacsa y Rita Elizabeth Tapia Blas a mérito de la resolución expedida por Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial su fecha veintiocho de diciembre de dos mil seis, obrante en copia certifi cada de fojas cuatro mil seiscientos cuarenta y cinco a cuatro mil setecientos seis; oído el informe oral; y CONSIDERANDO: Primero: Respecto a la propuesta de destitución de Roberto Alegría LLacsa : Al mencionado servidor se le imputa los siguientes cargos: a) Haber permitido que terceras personas que no tenían vínculo laboral alguno con el Poder Judicial, los señores Manuel Flores Bustos y Karina Herrera Vílchez, se desempeñen como colaboradores de la Mesa de Partes de los Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel, bajo su Jefatura; b) Haber entregado su clave de usuario personal a las personas antes citadas, lo que les permitía tener acceso al sistema informático de ingreso y distribución de expedientes de la referida Mesa de Partes; c) Haber alterado el mecanismo aleatorio del sistema informático de ingreso de expedientes, con la fi nalidad de permitir el direccionamiento hacia el Trigésimo Segundo Juzgado Penal de Lima –que despachaba el también investigado juez Mariano Freddy de la Cruz Huamán- del Expediente N° 12548-2005 sobre Hábeas Corpus presentado a favor del inculpado Miguel Ángel Morales Morales, persona que se encontraba procesada por delito de Tráfi co Ilícito de Drogas, bajo la forma de organización internacional y presunto miembro del llamado Cartel de Tijuana; d) Reiterada infracción de obligaciones al permitir la continuación de las labores de apoyo de doña Karina Herrera Vílchez; e) Haber encargado la Jefatura de la dependencia a su cargo a la servidora Rosario Zegarra Garrido mediante ofi cio suscrito por el investigado con fecha 31 de agosto del 2005, cuando ya se encontraba sujeto a medida cautelar de abstención; Segundo: 2.1.- De la diligencia de auditoria practicada por la magistrada contralora a la Mesa de Partes de los Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel, el día nueve de agosto de dos mil cinco, cuyos resultados corren en el acta de fojas mil ciento ochenta mil ciento ochenta y tres, se detectó la presencia de dos personas que no mantenían ningún vínculo laboral con la Institución, Manuel Flores Bustos y Karina Nilde Herrera Vílchez, quienes apoyaban al investigado en las tareas asignadas a su persona; llegándose a determinar que el señor Manuel Flores Bustos desde noviembre de dos mil cuatro atendía en la ventanilla de atención al público utilizando la computadora KCVC39G, con la clave de usuario asignada al servidor investigado y que la señorita Karina Nilde Herrera Vílchez desde el mes de julio de dos mil cinco, prestaba apoyo registrando en el sistema los escritos ingresados a la Mesa de Partes desde la computadora KCVC40C, para lo cual también utilizaba la clave de usuario RALEGRIA asignada al investigado. Asimismo se acreditó que quien autorizó la presencia de ambas personas fue el propio servidor investigado, el mismo que en su defensa manifestó que ello se debió al défi cit de personal en la Mesa de Partes y a la alta carga de trabajo; 2.2.- Por lo tanto, de lo expuesto precedentemente, se evidencia que don Roberto Alegria Llacsa ha incurrido en falta de carácter disciplinario, al permitir que terceras personas desarrollen funciones en la Mesa de Partes de los Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel, inobservado la disposición prevista en la Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 003-95-TP-PJ, de fecha veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, que prohibió el apoyo de meritorios y practicantes en todas las dependencias de este Poder del Estado; acto disfuncional que es reiterativo debido a que en la diligencia de verifi cación realizada el diecinueve de agosto de dos mil cinco, cuya constancia Descargado desde www.elperuano.com.pe