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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2008 (14/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de mayo de 2008 372240 1.9.1. El Directorio de cada Empresa está facultado para autorizar donaciones o transferencias de dinero y de bienes muebles e inmuebles a entidades públicas y Empresas del Estado, en función a la categoría que le corresponda para las adquisiciones de bienes y suministros y hasta un monto acumulado anual según el siguiente detalle: Categoría A y B: hasta S/. 1 500 000 Categoría C: hasta S/. 750 000Categoría D: hasta S/. 250 000 En el caso de FONAFE, la Dirección Ejecutiva podrá autorizar dichas donaciones o transferencias hasta un importe máximo anual de 50 UIT, con cargo de dar cuenta al Directorio de FONAFE. 1.9.2. Las donaciones o transferencias no contempladas en el numeral anterior que en el mismo ejercicio no superen las 50 UIT podrán ser autorizadas por la Dirección Ejecutiva de FONAFE, con cargo de dar cuenta al Directorio de FONAFE. Las demás donaciones o transferencias requieren la autorización expresa del Directorio de FONAFE. En cualquier caso las Empresas remitirán una solicitud con un informe técnico económico adjuntando copia del Acuerdo de su Directorio. 10.2 FONAFE se regirá por las normas contenidas en la presente Directiva en lo que le sea aplicable, según su naturaleza, y en lo que disponga su Directorio. Para el caso de FONAFE, cuando en los numerales 1.3.7, 1.4.2, 1.4.5, 1.5.1, 1.6.3, 1.6.5.1, 4.3.2, 4.3.3, 7.2 y 10.9 se hace referencia al “Directorio” se deberá entender la Dirección Ejecutiva de FONAFE. 199670-1 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS Designan Director Ejecutivo de la Oficina de Proyectos de Inversión y Cooperación Externa de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del INEN RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 145-RJ-INEN/2008 Lima, 12 de mayo de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28748 se crea como Organismo Público Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-SA, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 11 de enero del 2007, se ha aprobado el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Organismo Público Descentralizado Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - OPD INEN, instrumento de gestión en el cual se han establecido la jurisdicción, las funciones generales y estructura orgánica del Instituto, así como las funciones de sus diferentes Unidades Orgánicas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 070-RJ-INEN- 2007 el INEN aprobó el Manual de Clasifi cador de Cargos en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 9º de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 017-2007- SA se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de INEN; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Artículo 77º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Inciso b) del Artículo 7º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594 ”Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos” y con las atribuciones conferidas por la Resolución Suprema Nº 003-2008-SA y el Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del INEN aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2007-SA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar como Director Ejecutivo de la Ofi cina de Proyectos de Inversión y Cooperación Externa de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, Organismo Público Descentralizado al señor Ingeniero Carlos Américo Raffo Noriega, Nivel F-3. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Jefe Institucional 199539-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Designan Comisión encargada de proponer e implementar mecanismos que permitan detectar documentación falsificada presentada a la SUNARP RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 135-2008-SUNARP/SN Lima, 13 de mayo de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 26366 se crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) como organismo descentralizado autónomo y ente rector del Sistema; Que el Sistema Nacional de los Registros Públicos se encuentra orientado, entre otros aspectos, a la especialización y simplifi cación de los procedimientos y gestión de todos los registros que lo integran; Que, resulta indiscutible el papel trascendental que cumplen los registros públicos en la organización y desarrollo económico de una sociedad. Su importancia, se evidencia por la seguridad jurídica que otorgan a las operaciones comerciales, al intercambio de bienes y a otras actividades que son susceptibles de incorporarse a ellos; Que, la seguridad jurídica que otorgan los Registros Públicos en la actualidad, se ve amenazada por personas o grupos delincuenciales que presentan documentación falsifi cada, a fi n de obtener benefi cios indebidos e ilegales; Que, ante dicha problemática, es necesario conformar una Comisión encargada de realizar un diagnóstico, presentar propuestas de mecanismos de seguridad, y coordine con los órganos desconcentrados y otras entidades públicas la implementación de dichas acciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso w) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la Comisión encargada de proponer, e implementar mecanismos que permitan detectar documentación falsifi cada presentada a la SUNARP, y evitar que sean incorporados en los registros jurídicos bajo su competencia; así como coadyuvar en la identifi cación, procesamiento y sanción de los que resulten responsables. La Comisión estará conformada, de acuerdo al siguiente detalle: Descargado desde www.elperuano.com.pe