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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2008 (14/05/2008)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de mayo de 2008 372241  Manuel Aguilar Bermúdez, Gerente General de la SUNARP, quien la presidirá.  Gastón Castillo Delgado, Gerente Registral de la SUNARP, quien realizará funciones de Secretario Técnico.  Luis Pozo Vega, Gerente Legal de la SUNARP.  Armando Subauste Bracesco, Jefe de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima.  Alfonso Orrego Moreno, Procurador Público Ad Hoc de la SUNARP. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Públicos 199653-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Admiten a trámite la solicitud de EMAPA HUANCAVELICA S.A.C. para la determinación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión para los próximos cinco años RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 004-2008-SUNASS-GRT Lima, 12 de mayo de 2008 VISTO:El ofi cio Nº 069-2008-EMAPA-HVCA/GG, recibido el 24 de abril de 2008, mediante el cual la empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Huancavelica S.A.C – EMAPA HUANCAVELICA S.A.C., remitió a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado para dar inicio al trámite de aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión para el período comprendido entre los años 2008-2013. CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Consejo Directivo N° 009- 2007-SUNASS-CD, se aprobó el “Reglamento General de Tarifas”; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado y la documentación adjunta entregada por la Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Huancavelica S.A.C. – EMAPA HUANCAVELICA S.A.C.; Que, conforme con el “Reglamento General de Tarifas” aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD, corresponde a la Gerencia de Regulación Tarifaria una vez recibido el Plan Maestro Optimizado del solicitante, y verifi cado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refi eren los artículos 18° y 19° del citado Reglamento, admitir a trámite el referido documento; En uso de las facultades conferidas por la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Admitir a trámite la solicitud de la Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Huancavelica S.A.C. – EMAPA HUANCAVELICA S.A.C. para la determinación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión para los próximos cinco años, con lo cual se da inicio al procedimiento establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. Artículo 2º.- Requerir a la Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Huancavelica S.A.C. – EMAPA HUANCAVELICA S.A.C, a fi n de que dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución, ejerza su derecho a solicitar la celebración de una audiencia preliminar, con la fi nalidad de exponer al público en general su propuesta de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión contenidas en su Plan Maestro Optimizado. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVAN LUCICH LARRAURI Gerente de Regulación Tarifaria (e) 199339-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Disponen el inicio del Proceso de Presupuesto Participativo del departamento de Huancavelica, para el año fiscal 2009 ORDENANZA REGIONAL Nº 108-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 21 de abril de 2008 POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DISPONE EL INICIO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA, PARA EL AÑO FISCAL 2009 Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la Organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el Artículo 15º Inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen, reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de acuerdo a la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de su presupuesto; Que, el Presidente Regional, de común acuerdo con su Consejo de Coordinación Regional, proponen la Ordenanza del Presupuesto Participativo al Consejo Regional para su aprobación, en dicha Ordenanza se Reglamenta el Proceso Participativo así como la conformación del equipo técnico, los mecanismos de identifi cación y registro de agentes participantes y cronograma de trabajo para el desarrollo de las acciones del proceso participativo; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, sus modifi catorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional;Descargado desde www.elperuano.com.pe