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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de mayo de 2008 372237 Titular, por el día catorce de mayo del año en curso, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidente de la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos Libres. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 200032-1 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Revocan diversas facultades conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Jesús María RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 267-2008-JNAC/RENIEC Lima, 9 de mayo de 2008 VISTOS: el Ofi cio Nº 001956-2008/GOR/RENIEC de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Ofi cio N° 000041-2008/CTRC/RENIEC de la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles, y el Informe Nº 000125-2008/GRC/RENIEC de la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de abril de 1996, se delegó a las Ofi cinas de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado, Agencias Municipales autorizadas a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, autorizando a las referidas dependencias a disponer de los derechos que recauden por los servicios que prestan las Ofi cinas del Registro del Estado Civil. Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 establece que, la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Ofi cinas del Registro del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de Inscripciones del RENIEC. Que, en tal virtud, mediante Resolución Jefatural Nº 1161-2006-JEF/RENIEC publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de noviembre del 2006, se revocó a partir del 27 de noviembre del 2006, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas, entre otras, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Jesús María, siendo técnicamente factible, según los documentos del visto, la revocatoria de las demás facultades conferidas a tal dependencia; Que, el volumen del acervo documentario a ser incorporado por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil requiere la adopción de consideraciones adicionales que posibiliten al más breve plazo, la atención al público usuario, en el servicio de expedición de copias certifi cadas y extractos, motivo por el que, se hace necesario, establecer una modalidad de incorporación diferente a la utilizada hasta la fecha; Que, a fi n de consolidar el proceso de incorporación de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil al RENIEC y con el objeto de optimizar los servicios registrales que el RENIEC viene brindando, resulta necesario acoger la propuesta de la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles, Gerencia de Operaciones Registrales y Gerencia de Registros Civiles, dictando las medidas correspondientes; Conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26497 – Orgánica del RENIEC, y el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Revocar las facultades registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distritral de Jesús María, disponiendo su incorporación al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil. Proceso que comprende el traslado del acervo documentario de aquella dependencia, conforme al siguiente detalle: - Primera etapa: Transferencia de Libros de Actas Registrales de Nacimiento el día 22 de mayo del 2008. - Segunda etapa: Transferencia de Libros de Actas Registrales de Matrimonio y Defunción el día 30 de mayo del 2008. Artículo Segundo.- La Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Jesús María estará impedida de expedir copias certifi cadas de Nacimiento y Matrimonio y Defunción, a partir de las fechas indicadas en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Encargar a la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles, designada por Resolución Jefatural Nº 924-2005-JEF/RENIEC, modifi cada por Resolución Jefatural Nº 369-2006-JEF/RENIEC, a realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Distrital de Jesús María, para el traslado del acervo documentario al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y el artículo precedente. Artículo Cuarto.- Disponer que las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Imagen Institucional proporcionen a la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles el apoyo que requiera en el marco del proceso de incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Jesús María al RENIEC, conforme al Artículo Primero de la presente Resolución, para el cumplimiento de lo previsto por la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 199682-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a MIBANCO la apertura de agencia ubicada en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SBS N° 1254-2008 Lima, 25 de abril de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe